Ordenanza Nº 493-AREQUIPA. Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Arequipa

Fecha de publicación29 Diciembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA

Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

Que, entonces por estas consideraciones, al amparo de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902,28013,28926,28961,28968,29053; Exonerado el trámite de comisión y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA.

SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA:

Artículo 1°.- APROBAR la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA del Gobierno Regional de Arequipa aprobado con Ordenanza Regional N°411-AREQUIPA; incorporando cincuenta y dos (52) procedimientos administrativos estandarizados del sector Energía y Minas aprobados mediante Decreto Supremo N° 112-2021-PCM, a ser desarrollados por la Gerencia Regional de Energía y Minas con sus respectivos anexos.

Artículo 2.- APROBAR la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA del Gobierno Regional de Arequipa aprobado con Ordenanza Regional N°411-AREQUIPA; incorporando la modalidad electrónica en diez (10) procedimientos administrativos estandarizados del sector Transportes aprobados mediante Ordenanza Regional Nº453-Arequipa, a ser desarrollados por la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones con sus respectivos anexos.

Artículo 3.- ELIMINAR todos procedimientos administrativos de la Gerencia Regional de Energía y Minas aprobados mediante la Ordenanza Regional N°411-Arequipa, siendo un total de 36 procedimientos, los cuales fueron reemplazados por los procedimientos administrativos estandarizados aprobados mediante Decreto Supremo N°112-2021-PCM.

Artículo 4.- ESTABLECER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial “El Peruano” como en el diario de avisos judiciales, una vez publicada en el diario Oficial, inmediatamente, esta se publique en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo N°01-2009-JUS.

Comuníquese a la señora Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.

En Arequipa, a los quince días del mes de diciembre del 2022.

JOSÉ LUIS HANCCO MAMANI

Presidente del Consejo...

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