Ordenanza Nº 493-2023-MDCH. Ordenanza que establece “Incentivos y Flexibilidades para la Regularización y Pago de las Obligaciones Tributarias y No Tributarias en la Municipalidad Distrital de Chaclacayo”

Fecha de publicación21 Julio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Chaclacayo, 14 de julio de 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

CHACLACAYO

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Chaclacayo, en Sesión Ordinaria de Consejo de la fecha,

VISTOS: El Informe Conjunto Nº 016-2023-SGREC-SGFT-GAT-MDCH de fecha 05 de julio de 2023, de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva y, el Subgerente de Fiscalización Tributaria; el Informe Nº 034-2023-GAT-MDCH de fecha 05 de julio de 2023 de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Legal Nº 118-2023-GAJ-MDCH de fecha 07 de julio de 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 124-2023-GM-MDCH de fecha 07 de julio de 2023, de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, “Ley de Reforma de los artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los Alcaldes” establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendo al Concejo Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas; las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del artículo 200º de la referida norma constitucional;

Que, conforme a lo establecido en el numeral 4) del artículo 195º y 74º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modificatorias, los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley;

Que, de acuerdo con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza Municipal, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones y tasas o exonerar el pago de ellos, dentro del territorio de su competencia y con los límites que señala la ley;

Que, mediante Ordenanza N° 454-2020-MDCH, se aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo;

Que, mediante Decreto Supremo N° 029-2023-PCM, que declara el Estado de Emergencia en diferentes distritos algunas provincias de los departamentos de Áncash, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Lima, Piura y Tumbes, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, publicado con fecha 03 de marzo de 2023 en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que...

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