San Miguel, 29 de diciembre de 2023
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de San Miguel, en sesión ordinaria de la fecha;
VISTOS, el Memorando N°1550-2023-GM/MDSM, emitido por la Gerencia Municipal, el Informe N°457-2023-OAJ/MDSM emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorando N°614-2023-GDECI/MDSM emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico y Cooperación Interinstitucional, Memorando N°920-2023-OPP/MDSM emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N°2053-2023-OAF/MDSM emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe N°1549-2023-ULCP-OAF/MDSM emitido por la Unidad de Logística y Control Patrimonial y;
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 194º y 195º numeral 7, de la Constitución Política del Perú establecen que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para fomentar las inversiones y el financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura local;
Que, el artículo 73°, numerales 4, de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y modificatorias, prescribe que las municipalidades asumen las competencias y ejercen las funciones específicas con carácter exclusivo o compartido, en materia de desarrollo y economía local, mediante el fomento de las inversiones privadas en proyectos de interés local;
Que, a través del Decreto Legislativo N°1362, se regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, siendo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2° de la citada norma, que la misma es de aplicación a las entidades públicas pertenecientes al Sector No Financiero; asimismo, mediante los artículos 3° y 6° de dicha norma, se declaró de interés nacional la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, para contribuir al crecimiento de la economía nacional, al cierre de brechas en infraestructura o en servicios públicos, a la generación de empleo productivo y a la competitividad del país, y que, entre otras entidades, el Gobierno Local asume la titularidad del proyecto a desarrollarse mediante las modalidades reguladas en...