Ordenanza Nº 490-2023-MDL. Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de Lince
Fecha de publicación | 07 Septiembre 2023 |
Sección | Sección Única |
89
NORMAS LEGALES
Jueves 7 de setiembre de 2023
El Peruano
/
MUNICIPALIDAD
DE LINCE
Aprueban modificación del Reglamento
de Organización y Funciones (ROF) y la
estructura orgánica de la Municipalidad
Distrital de Lince
ORDENANZA Nº 490-2023-MDL
Lince, 28 de agosto de 2023
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LINCE;
POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, y;
VISTO: El Informe N° 0216-2023-MDL-OGPP-
OPIM, de fecha 18 de agosto de 2023, de la Ocina
de Planeamiento, Inversiones y Modernización; el
Memorando N° 02475-2023-MDL-OGPP, de fecha 18
de agosto de 2023, de la Ocina de Planeamiento y
Presupuesto; el Informe N°00495-2023-MDL-OGAJ, de
fecha 21 de agosto de 2023, de la Ocina General de
Asesoría Jurídica; el Memorando N° 00736-2023-MDL/
GM, de fecha 21 de agosto de 2023, de la Gerencia
Municipal; el Dictamen N° 012-2023-MDL-CAF, de fecha
24 de agosto de 2023, de la Comisión de Administración
y Finanzas; el Dictamen N° 030-2023-MDL-CAL, de fecha
24 de agosto de 2023, de la Comisión de Asesoría Legal,
y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194°
de la Constitución Política del Perú, y el artículo II del
Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, las municipalidades gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) de la Municipalidad Distrital de Lince es el
documento técnico normativo de gestión institucional que
formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al
esfuerzo institucional y al logro de su Visión y Objetivos
Institucionales, asimismo, contiene las funciones
generales de la entidad y las funciones especícas;
Que, mediante Ley N° 31433 se modica la Ley N°
27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley N° 27867,
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, incorporándose
las funciones de scalización a los Concejos Municipales
y Consejos Regionales; así también, se incorporan
funciones en la Alcaldía, la Gerencia Municipal y
Procuraduría Pública Municipal;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones de
la Municipalidad de Lince, aprobado mediante Ordenanza
N° 471-2022-MDL, establece que la Ocina de Logística y
Control Patrimonial se encarga de la provisión de bienes
y servicios, y del almacenamiento, custodia y distribución
de los bienes del control patrimonial (…);
Que, en el inciso h) del artículo 58° se señala que es
función de la Ocina de Logística y Control Patrimonial:
“Administrar las actividades de control y supervisión de los
bienes muebles e inmuebles de propiedad municipal…”;
Que, del mismo modo, el inciso p) del mencionado
artículo 58° se señala que es función de la Ocina de
Logística y Control Patrimonial: “Administrar y supervisar
los servicios generales de todos los locales municipales,
en coordinación del área usuaria”;
Que, la normativa vigente que regula la gestión de los
gobiernos locales, como también las normas relativas a
la gestión de abastecimiento, señalan de forma clara y
precisa que la Ocina de Logística y Control Patrimonial
o quien haga sus veces es la responsable de garantizar
la operatividad y gestionar entre otros el normal
funcionamiento de las actividades que en ellas se realizan
(seguridad interna);
Que, corresponde a la Ocina de Logística y Control
Patrimonial, ser la responsable de garantizar la seguridad
en los ambientes que componen la infraestructura edil,
por ser de su competencia;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2019-
IN, de fecha 08 de mayo de 2019, que modica el
Reglamento de la Ley N° 27933 - Ley del Sistema de
Seguridad Ciudadana Nacional estableciendo el concepto
de seguridad ciudadana como: “la acción integrada y
articulada que desarrolla el Estado, en sus tres niveles
de gobierno, con la participación del sector privado, la
sociedad civil organizada y la ciudadanía, destinada
a asegurar la convivencia pacíca, la erradicación de
la violencia en cualquiera de sus manifestaciones y la
utilización pacíca de las vías y espacios públicos. Del
mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de
delitos y faltas”; no mencionando la función de custodia
interna de local institucional;
Que, la Resolución de Secretaría de Integridad Pública
N° 002-2021/PCM-SIP que aprueba la Directiva N° 002-
2021- PCM/SIP “Lineamientos para fortalecer una cultura
de integridad en las entidades del sector público”, en el
numeral 5.2.1.1, se señala que, “La máxima autoridad
administrativa asegura las condiciones necesarias para
el fortalecimiento de una cultura de integridad, a través
del órgano que ejerce la función de integridad. Dicho
fortalecimiento se efectúa con la creación de una Ocina
de Integridad Institucional o con el aseguramiento de
recursos necesarios para que la máxima autoridad
administrativa ejerza la función de integridad, la cual
puede ser delegada a la Ocina de Recursos Humanos,
conforme a las disposiciones contenidas en la Directiva
N° 001-2019-PCM/SIP, aprobada por Resolución de
Secretaría de Integridad Pública N° 001-2019-PCM/SIP;
Que, dicha función de Integridad Institucional requiere
un avocamiento para que tanto el personal como el
funcionario a cargo se especialice en la implementación
de todos los componentes del Modelo de Integridad. Esto
se logra con la dedicación a tiempo completo de todo el
equipo a cargo;
Que, se consideró necesario crear una Ocina
de Integridad Institucional y que además cuente con
personal con dedicación a tiempo completo que impulse
el cumplimiento de este objetivo y acción estratégica
institucional;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 471-2022-
MDL, de fecha 07 de julio de 2022, se aprueba la
modicación del Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) de la Municipalidad Distrital de Lince;
Que, mediante el Informe Nº 0216-2023-MDL/OGPP/
OPIM, de fecha 18 de agosto de 2023, la Ocina de
Planeamiento, Inversiones y Modernización remite los
actuados a la Ocina General de Asesoría Jurídica y
sustenta la propuesta de Reglamento de Organización y
Funciones – ROF. Emitiendo opinión favorable al proyecto
de modicación del Reglamento de Organización y
Funciones en lo referente a la modicación de funciones
entre unidades de organización - Ocina de Logística
y Control Patrimonial y la Gerencia de Seguridad
Ciudadana; así como la opinión favorable al proyecto de
creación de la Ocina de Integridad Institucional en la
Municipalidad Distrital de Lince;
Que, al crearse una nueva unidad de organización la
estructura organizacional de la Municipalidad Distrital de
Lince sufrirá cambios. Asimismo, indica que se incluirán
funciones en el Reglamento de Organización y Funciones
(ROF), las cuales son importantes para el desempeño y
desarrollo de las actividades propias de la nueva unidad
de organización;
Que, se debe mencionar que dichas modicaciones
entrarán en vigencia una vez aprobados el Cuadro de
Asignación de Personal (CAP) y el Clasicador de Cargo
de la Municipalidad Distrital de Lince;
Que, mediante Informe Nº 00495-2023-MDL/OGAJ,
de fecha 21 de agosto de 2023, la Ocina General de
Asesoría Jurídica en uso de sus facultades considera
se encuentra dentro del marco legal vigente, emitiendo
OPINION FAVORABLE y declara PROCEDENTE
a la propuesta de modicación del Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad
Distrital de Lince;
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 07/09/2023 01:16
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