San Miguel, 30 de octubre de 2023.
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL
POR CUANTO:
El Concejo Municipal, en sesión ordinaria celebrada el 25 de octubre de 2023;
VISTOS, el Memorando Nº 1370-2023-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 369-2023-OAJ/MDSM emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 1176-2023-OATF/MDSM, emitido por la Oficina Administración Tributaria y Fiscalización, el Informe Nº 1262-2023-URTC-OATF/MDSM emitido por la Unidad de Registro Tributario y Control de la Deuda, Memorando Nº 2117-2023-OEC/MDSM emitido por la Oficina de Ejecución Coactiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú y el artículo II de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, constituye política de esta entidad municipal, brindar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de obligaciones de naturaleza tributaria;
Que, estando a lo expuesto por la Oficina de Administración Tributaria y Fiscalización y con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica mediante los documentos de vistos de la presente ordenanza y en uso de las facultades conferidas por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, así como el numeral 8) del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de...