San Miguel, 14 de septiembre de 2023
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de San Miguel, en sesión de concejo celebrada el 12 de septiembre de 2023;
VISTOS, en sesión de Concejo Municipal celebrada a la fecha, el Memorando Nº 1213-2023-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 305-2023-OAJ/MDSM emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 939-2023-OATF/MDSM emitido por la Oficina Administración Tributaria y Fiscalización, el Informe Nº 1039-2023-URTCD-OATF/MDSM emitido por la Unidad de Registro Tributario y Control de la Deuda; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 40º de la Ley precitada, en concordancia con la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modificatorias, dispone que mediante...