Ordenanza Nº 482-2023-MDL. Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de Lince - 2023

Fecha de publicación03 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lince, 27 de febrero de 2023

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE;

POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, y;

VISTO: El Oficio N° D001556-2022-MML-GSGC, de fecha 23 de setiembre de 2022, de la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima; el Informe N° D000612-2022-MML-GSGC-STCSC, de fecha 23 de setiembre de 2022, del Coordinador General de la Secretaria de los Comités de Seguridad Ciudadana; el Informe Técnico N° 004-2022-MML-GSGC-STCSC-OCM, de fecha 21 de setiembre de 2022, del Jefe de la Oficina de Coordinación Multisectorial, Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima; el Informe Nº 027-2022-MDL-GSC/CODISEC-ST, de fecha 13 de octubre de 2022, del Secretario Técnico del CODISEC – Lince; el Informe N° 024-2022-MDL/OGPP/OPIM, de fecha 25 de octubre de 2022, de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización; el Informe N° 136-2022-MDL-OGAJ, de fecha 27 de octubre de 2022, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 0003-2023-MDL/SG, de fecha 04 de enero de 2023, de la Secretaria General; el Informe N° 001-2023-MDL-GSC/CODISEC-ST, de fecha 02 de enero de 2023, del Secretario Técnico del CODISEC-Lince; el Informe N° 00001-2023-MDL-GSC, de fecha 05 de enero de 2023, de la Gerencia de Seguridad Ciudadana; el Proveído N° 00009-2023-MDL/GM, de fecha 06 de enero de 2023, de la Gerencia Municipal; el Dictamen N° 006-2023-MDL-CAL, de fecha 16 de febrero de 2023, de la Comisión de Asesoría Legal; el Dictamen N° 002-2023-MDL-CSC, de fecha 16 de febrero de 2023, de la Comisión de Seguridad Ciudadana, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo señalado en los artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa (...)”. Asimismo, el artículo 9º inciso 8) de la misma norma, señala...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR