Ordenanza N° 479-2023/MDL. Aprueban el Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital de Lurín

Fecha de publicación06 Octubre 2023
SecciónSección Única
Aprueban el Reglamento de Organización, Funciones y el Proceso de Elecciones de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Barranco

Lurín, 28 de setiembre de 2023


EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN


POR CUANTO:


EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LURÍN:


VISTO:


En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos Nº 044-2023-CPAJ-REG/ML, el Dictamen de la Comisión Permanente de Participación Vecinal Nº 005-2023-CPPV, el Memorándum Nº 795-2023-SG/MDL emitido por la Secretaría General, el Informe Nº 221-2023-SGPM-GPP/MDL emitido por la Subgerencia de Planeamiento y Modernización, el Memorándum Nº 427-2023-GPP/MDL emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 382-2023-GAJ/MDL emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 400-2023-GM/MDL emitido por la Gerencia Municipal sobre aprobación del “REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DE LURÍN”; y,


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305, establece que las Municipalidades son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que según lo anotado por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;


Que, el numeral 8) del artículo de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que corresponde al Concejo Municipal el aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;


Que, el artículo 40º de la citada Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: “(…) Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. (…)”;


Que, el primer párrafo del artículo 102º de la antes mencionada Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “El Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD), es un órgano de coordinación y concertación de las municipalidades distritales, integrada por el Alcalde, quien lo preside, los Regidores y por los representantes de la Sociedad Civil, tales como organizaciones sociales de base, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquiera otra forma de organización de nivel distrital, con las funciones y atribuciones que le señale la presente Ley. (…)”;


Que, por su parte, el artículo 105º del mismo cuerpo legal, establece que: “(…) El Consejo de Coordinación Local Distrital se rige por Reglamento aprobado por Ordenanza Distrital, durante el primer trimestre de su funcionamiento, a propuesta del Consejo de Coordinación Local Distrital. (…)”;


Que, mediante Memorándum Nº 795-2023-SG/MDL, de fecha 11 de setiembre de 2023, la Secretaría General otorga viabilidad al Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital de Lurín, el cual fue previamente aprobado de manera unánime por el Consejo de Coordinación Local Distrital de Lurín, según el Acta Nº 001-2023, de fecha 28 de agosto de 2023; y, en consecuencia, solicita a la Gerencia de Planificación y Presupuesto emitir opinión técnica sobre el mismo, de acuerdo a sus competencias funcionales, el cual a través del Proveído Nº 1737-2023-GPP/ML, de fecha 12 de setiembre de 2023, remite los actuados a la Subgerencia de Planeamiento y Modernización, para su atención;


Que, por Informe Nº 221-2023-SGPM-GPP/MDL, de fecha 15 de setiembre de 2023, emitido por la Subgerencia de Planeamiento y Modernización, emite opinión técnica favorable a la aprobación del “REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DE LURÍN”, por cuanto cumple con los lineamientos normativos que rigen y regulan el buen gobierno de la municipalidad, y se encuentra conforme a la normatividad vigente aplicable en la materia;


Que, con Memorándum Nº 427-2023-GPP/MDL, de fecha 18 de setiembre de 2023, la Gerencia de Planificación y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 221-2023-SGPM-GPP/MDL, emitido por la Subgerencia de Planeamiento y Modernización, emitiendo opinión favorable respecto a la aprobación del “REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DE...

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