Ordenanza Nº 473-2022-MDCH. Ordenanza que otorga beneficios para la regularización de habilitaciones urbanas y de edificaciones ejecutadas en el distrito de Chaclacayo

Fecha de publicación17 Agosto 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Chaclacayo, 26 de julio del 2022

VISTO: Informe Nº 085-2022-SGPUCHE-GDU/MDCH de la sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro, Habilitaciones y Edificaciones de fecha 06 de mayo del 2022; Memorando Nº 092-2022-GDU-MDCH de la Gerencia de Desarrollo Urbano de fecha 12 de mayo de 2022; Informe Nº 079-2022-GAJ-MDCH, de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 16 de mayo de 2022; Memorando Nº 365-2022-GM-MDCH, de la Gerencia Municipal de fecha 08 de julio de 2022;

CONSIDERANO:

Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, Leyes de la Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración interna, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, mediante la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y el Decreto Supremo Nº 029-2019-VIVIENDA, Artículo 38º del Decreto Supremo Nº 029-2019-VIVIENDA, las habilitaciones urbanas ejecutadas hasta el 17 de septiembre de 2018, sin la correspondiente licencia, son regularizadas por las municipalidades, siempre que cumplan con la normatividad vigente a la fecha de su ejecución o, en caso que sea más favorable, con la normativa vigente.

Asimismo, según el Decreto Supremo Nº 029-2019-VIVIENDA en lo correspondiente a requisitos, en su Artículo 39, numeral “d”, establece, Copia del comprobante de pago de la multa por construir sin licencia. El valor de la multa es el equivalente hasta el 10% del valor de la obra a regularizar tomando el promedio de los valores unitarios oficiales de edificación a la fecha de su ejecución y de la fecha de solicitud de la regularización.

Que, mediante el artículo 82º del Decreto Supremo Nº 029-2019-VIVIENDA, las edificaciones ejecutadas desde el 01 de enero de 2017 hasta el 17 de septiembre de 2018, sin la correspondiente licencia, son regularizadas por las Municipalidades, siempre que cumplan con la normatividad vigente a la fecha de su construcción o en caso que sea más favorable, con la normativa vigente.

Asimismo, según el Decreto Supremo Nº 029-2019-VIVIENDA en lo correspondiente a requisitos, en su Artículo 83, numeral “g”, establece, Copia del comprobante de pago de la multa por construir sin licencia. El valor de la multa es el equivalente hasta el 10% del valor de la obra a regularizar tomando el promedio de los valores unitarios oficiales de edificación a la fecha de su ejecución y de la fecha de solicitud de la regularización.

Que, mediante Informe Nº 085-2022-SGPUCHE-GDU/MDCH de la sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro, Habilitaciones y Edificaciones de fecha 06 de mayo del 2022, precisa que la presente Ordenanza permitirá a los pobladores del Distrito de Chaclacayo, poder regularizar sus edificaciones sin licencia, en cumpliendo con las normas vigentes y reactivando la economía del distrito;

Que, mediante Memorando Nº 092-2022-GDU-MDCH de la Gerencia de...

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