Ordenanza Nº 469-MDCH y Acuerdo N° 622. Ordenanza que establece la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en zonas de playas del distrito de Chorrillos periodos 2023 -2024

Fecha de publicación07 Enero 2024
SecciónSección Única
SEPARATA ESPECIAL
NORMAS LEGALES
“AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA CONMEMORACIÓN DE LAS HEROICAS BATALLAS DE JUNÍN Y AYACUCHO
FUNDADO EL 22 DE OCTU BRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SI MÓN BOLÍVAR
MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
ORDENANZA N° 469-MDCH
ORDENANZA QUE ESTABLECE
LA TASA POR ESTACIONAMIENTO
VEHICULAR TEMPORAL EN ZONAS DE
PLAYAS DEL DISTRITO DE CHORRILLOS
PERIODOS 2023 - 2024
ACUERDO DE CONCEJO N° 622
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Domingo 7 de
enero de 2024
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 07/01/2024 00:18
2NORMAS LEGALES Domingo 7 de enero de 2024
El Peruano
/
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO N° 622
Lima, 21 de diciembre de 2023
EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha, acordó lo siguiente;
VISTO: El Of‌i cio N° D000526-2023-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT del
12 de diciembre de 2023, que remite el expediente de ratif‌i cación digital de la Ordenanza N° 469-MDCH, que establece
la tasa por estacionamiento vehicular temporal en zonas de playa correspondiente a la temporada de 2023 - 2024, en el
distrito de Chorrillos; y,
CONSIDERANDO:
Que, en los artículos 74 y 195 de la Constitución Política del Perú y en la Norma IV del Código Tributario, se establece
que los gobiernos locales mediante ordenanza pueden crear, modif‌i car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar
éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la Ley; asimismo el artículo 40 de la Ley Orgánica de
Municipalidades, dispone que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben
ser ratif‌i cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad;
Que, en aplicación de la Ordenanza N° 2386-2021 que aprueba el procedimiento de ratif‌i cación de ordenanzas tributarias
en el ámbito de la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital de Chorrillos aprobó la ordenanza objeto de la ratif‌i cación,
remitiéndola conjuntamente con el expediente de ratif‌i cación digitalizado al SAT, con carácter de declaración jurada;
Que, a través del Informe Nº D000179-2023-SAT-ART del 11 de diciembre de 2023, el Área Funcional de Ratif‌i caciones
de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del SAT opinó favorablemente respecto a la ratif‌i cación solicitada, por cumplir con
los requisitos exigidos y las normas aplicables;
Que, la tasa por estacionamiento vehicular que asciende a S/ 0.50 por 30 minutos; y de la evaluación técnica efectuada,
se ha determinado que los ingresos f‌i nanciarán los costos por la prestación del servicio;
Que, la Subgerencia de Gestión Ambiental de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, mediante Informes Técnicos N° D000666-2023-MML-GSCGA-SGA-DAVE, N° D000667-2023-
MML-GSCGA-SGA-DAVE, N° D000668-2023-MML-GSCGA-SGA-DAVE, N° D000669-2023-MML-GSCGA-SGA-DAVE,
y N° D000670-2023-MML-GSCGA-SGA-DAVE, ha emitido opinión favorable acerca de la salubridad de las playas
habilitadas, materia de ratif‌i cación;
Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y
41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por el SAT y por la Comisión
Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, a través de su Dictamen Nº 147-2023-MML/CMAEO; el Concejo
Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta;
ACORDÓ:
Artículo 1.- RATIFICAR la Ordenanza N° 469-MDCH que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en
zonas de playas en el distrito de Chorrillos correspondiente a la temporada de verano 2023 - 2024, durante el periodo
comprendido del 1 de diciembre de 2023 al 31 de marzo de 2024, en las playas “Las Sombrillas” (40 espacios) y “Agua
Dulce 2” (95 espacios), desde las 08:00 a 18:00 horas; del 1 de diciembre de 2023 al 31 de marzo de 2024, en las
playas “La Herradura” (60 espacios) y “Agua Dulce 1” (100 espacios), desde las 08:00 a 24:00 horas; del 1 de abril al
1 de diciembre de 2024, en las playas “La Herradura” (45 espacios) y “Agua Dulce 1” (50 espacios), desde las 08:00 a
24:00 horas; del 1 de diciembre de 2023 al 31 de marzo de 2024, en las playas “La Encantada” (El Faro) (70 espacios)
y “Villa (Costanera)” (90 espacios), desde las 08:00 a 18:00 horas, con periodicidad de lunes a domingo; con un total
de 550 espacios, con una tasa exigible de S/ 0.50 por cada 30 minutos de prestación del servicio.
Artículo 2.- El presente acuerdo ratif‌i catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación,
así como del texto íntegro de la ordenanza ratif‌i cada. La aplicación de la ordenanza, materia de la presente ratif‌i cación, sin
la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha municipalidad distrital.
Artículo 3.- ENCARGAR al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) que, posterior al cumplimiento del citado
requisito de publicación, efectúe la publicación del presente acuerdo a través de su página web: www.sat.gob.pe, así
como del Informe del SAT.
Artículo 4.- ENCARGAR a la Of‌i cina de Gobierno Digital la publicación del presente acuerdo en el portal institucional:
www.munlima.gob.pe.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
RENZO ANDRES REGGIARDO BARRETO
Teniente Alcalde

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