Ordenanza N° 465-2023/MDL. Ordenanza que establece el Procedimiento para el Reconocimiento, Registro y Acreditación Municipal de las Organizaciones Sociales en el Registro Único de Organizaciones Sociales (R.U.O.S.) del distrito de Lurín

Fecha de publicación10 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lurín, 24 de febrero de 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LURÍN;

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen de la Comisión Permanente de Participación Vecinal Nº 002-2023-CPPV-REG/ML, el Dictamen de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos Nº006-2023-CPAJ-REG/ML sobre el Proyecto de “ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO, REGISTRO Y ACREDITACIÓN MUNICIPAL DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES EN EL REGISTRO ÚNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES (R.U.O.S.) DEL DISTRITO DE LURÍN”; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dicha potestad radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; lo cual es concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 31º de la Carta Magna, modificado por Ley Nº 28480, establece que es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción. Asimismo, en el artículo 197º establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local;

Que, el numeral 5) del artículo 73º de la citada Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es competencia municipal, en materia de participación vecinal, entre otras, promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local, así como Organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de su jurisdicción;

Que, asimismo, en el artículo 112º de la antes mencionada Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión. Para tal fin, deberá garantizarse el acceso de todos los vecinos a la información. Asimismo, en el numeral 6) del artículo 113º del mismo cuerpo normativo, señala que el vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito a través de juntas vecinales, comités de vecinos, asociaciones vecinales, organizaciones comunales, sociales u otras similares de naturaleza vecinal;

Que, mediante Ordenanza Nº 1762-MML, y sus modificatorias, la Municipalidad Metropolitana de Lima establece los procedimientos para el reconocimiento y registro municipal de organizaciones sociales para la participación vecinal en Lima Metropolitana, siendo que esta es de alcance y aplicación en las municipalidades distritales de la provincia de Lima que tengan a su cargo el reconocimiento y registro de las organizaciones sociales de su jurisdicción;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 378-2019/ML de fecha 9 de agosto de 2019, se aprobó la Ordenanza que establece el procedimiento y requisitos para el Reconocimiento Municipal de Organizaciones Sociales y su inscripción, así como sus actos posteriores en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) del Distrito de Lurín;

Que, mediante Informe Nº 024-2023-MDL-GPC de fecha 10 de enero de 2023, la Gerencia de Participación Ciudadana manifiesta que, de la revisión de las resoluciones gerenciales emitidas por su gerencia, en los meses de agosto, setiembre y diciembre del año 2022, se verifica que estás se han sujetado a lo dispuesto por la Ordenanza Municipal Nº 1762-2013-MML y su modificatoria. Además, manifiesta que, de la revisión del acervo documentario, se constata que mediante Ordenanza Municipal Nº 378-2019/ML, la municipalidad distrital de Lurín aprobó la Ordenanza que establece el procedimiento para el reconocimiento y registro municipal de organizaciones sociales en el RUOS del distrito de Lurín. Sobre ello, advierte que a la fecha se están presentando reconocimientos y actualizaciones con formatos sustentados en la Ordenanza Municipal Nº 1762-2013-MML, y otros formatos con el sustento de la Ordenanza Municipal Nº 378-2019/ML, debido a la inadecuada orientación realizada por el personal y funcionarios de la gestión anterior.

Que, en el antes citado informe, manifiesta que mediante Ordenanza Municipal Nº 427-2021/MDL, se aprobó la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Lurín, la cual cambió la denominación de varios órganos y unidades orgánicas, siendo que la Gerencia de Participación Vecinal pasó a llamarse Gerencia de Participación Ciudadana; motivo por el cual, resulta necesario adecuar la Ordenanza a la denominación actual de la Gerencia, proponiendo y presentando para aprobación la Ordenanza Municipal denominada “ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO, REGISTRO Y ACREDITACIÓN MUNICIPAL DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES EN EL REGISTRO ÚNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES (R.U.O.S.) DEL DISTRITO DE LURÍN”;

Que, mediante Memorándum Nº 019-2023-GAJ/ML de fecha 11 de enero de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, solicita que previamente a la emisión de opinión legal, se remita la opinión técnica de la Gerencia de Planificación y Presupuesto sobre la propuesta de Ordenanza Municipal formulada por la Gerencia de Participación Ciudadana;

Que, mediante Proveído Nº 039-2023-GPP/MDL de fecha 13 de enero de 2023, la Gerencia de Planificación y Presupuesto remite los actuados a la Sub Gerencia de Planeamiento y Modernización, a efectos de que emita opinión técnica en atención a sus competencias;

Que, mediante Informe Nº 015-2023-SGPM-GPP/MDL de fecha 13 de enero de 2023, la Sub Gerencia de Planeamiento y Modernización, emite opinión técnica favorable respecto al proyecto de “ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO, REGISTRO Y ACREDITACIÓN MUNICIPAL DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES EN EL REGISTRO ÚNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES (R.U.O.S.) DEL DISTRITO DE LURÍN”, por cuanto la entidad debe contar con una ordenanza vigente que regule los procedimientos de reconocimientos de organizaciones sociales;

Que, mediante Memorándum Nº 053-2023-GPP/MDL de fecha 19 de enero de 2023, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica los actuados, manifestando que luego de haber revisado la documentación, indica que es viable seguir con el procedimiento, a fin de contar con una ordenanza vigente que regule los procedimientos de reconocimientos en el distrito de Lurín;

Que, mediante Informe Nº 049-2023-GAJ/MDL de fecha 25 de enero de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal concluyendo como viable la propuesta de “ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO, REGISTRO Y ACREDITACIÓN MUNICIPAL DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES EN EL REGISTRO ÚNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES (R.U.O.S.) DEL DISTRITO DE LURÍN”, por cuanto de la revisión de la misma, se verifica que se ha establecido dentro del marco legal vigente;

Que, mediante el Memorándum Nº 080-2023-GM/MDL de fecha 27 de enero del 2023, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General para que, conforme a sus facultades, agende en Sesión de Concejo la propuesta de “ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO, REGISTRO Y ACREDITACIÓN MUNICIPAL DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES EN EL REGISTRO ÚNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES (R.U.O.S.) DEL DISTRITO DE LURÍN”;

Que, contando con los informes técnicos y legal correspondientes, además del dictamen favorable de la Comisión Permanente de Participación Vecinal y la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, y en uso de las facultades conferidas por los artículos y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente y, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta aprobó por VOTO UNÁNIME, la siguiente:

Artículo 1º.- Objetivo.

La presente Ordenanza establece los procedimientos y requisitos para el Reconocimiento, Registro y Acreditación Municipal de las Organizaciones Sociales, así como sus actos posteriores, en el Registro Único de Organizaciones Sociales (R.U.O.S.) del Distrito de Lurín.

Artículo 2º.- Alcance.

La presente Ordenanza será aplicada por la Gerencia de Participación Ciudadana, que tiene a su cargo el Registro Único de Organizaciones Sociales (R.U.O.S.) y es de cumplimiento obligatorio para todas las organizaciones sociales que tienen su domicilio legal en el distrito de Lurín.

Artículo 3º.- Marco Legal.

La presente Ordenanza se sustenta en las siguientes normas legales:

a) Constitución Política del Perú de 1993.

b) Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

c) Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

d) Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General-Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.

e) Reglamento de la Ley Nº 25307, Ley que declara de prioritario interés nacional la labor que realizan los Clubes de Madres, Comités de Vaso de Leche, Comedores Populares Autogestionarios, Cocinas Familiares, Centros Familiares, Centro Materno –Infantiles y temas de Organizaciones sociales de base en los referidos al servicio de apoyo alimentario que brindan a las familias de Menores Recursos, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002 –PCM, y modificatoria con Decreto Supremo Nº 041-2010-PCM.

f) Ordenanza Nº1762-2013-MML, que establece procedimientos para el Reconocimiento y Registro Municipal Organizaciones Sociales para la Participación Vecinal en Lima Metropolitana y su modificatoria mediante Ordenanza Nº 2363-2021-MML

Artículo 4º.- Principios.

Las disposiciones y procedimientos contemplados en la presente Ordenanza, consideran los siguientes principios:

4.1. Principio de Presunción de Veracidad. - Se presume que los documentos y declaraciones presentados de acuerdo a los procedimientos regulados por la presente Ordenanza, responden a la verdad de los hechos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR