Ordenanza Nº 457-MDCH. Ordenanza que establece el régimen especial de beneficios tributarios en el distrito de Chorrillos

Fecha de publicación16 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Chorrillos, 10 de marzo del 2023

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE CHORRILLOS;

En Sesión Extraordinaria de fecha 10 de marzo del 2023, convocada y presidida por el Alcalde, Sr. FERNANDO EMILIO VELASCO HUAMÁN;

VISTOS: El Informe N° 0344-2023-MDCH-GAT-SR, de fecha 23 de febrero de 2023, emitido por la Subgerencia de Rentas; El Informe N°076-2023-MDCH-GAT, de fecha 23 de febrero de 2023, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; El Informe Nº 080-2023-MDCH-GPP-SGPI, de fecha 01 de marzo de 2023, emitido por la Subgerencia de Planeamiento Institucional; El Informe N°66-2023-MDCH-GAJ de fecha 03 de marzo de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Dictamen Nº002-2023-CR/MDCH, de fecha 07 de marzo de 2023, emitido por la Comisión de Rentas, respecto al proyecto de Ordenanza que establece el Régimen Especial de Beneficios Tributarios en el distrito de Chorrillos;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, y tienen autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que se encuentra en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, el cual señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú otorga a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de acuerdo a los numerales 8 y 9 del artículo 9º de la referida Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; y, crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley, respectivamente; asimismo, el artículo 40° precisa que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; y, que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los...

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