Ordenanza N° 454-MDPH. Ordenanza que prorroga el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 434-MDPH, que regula el procedimiento administrativo de visación de planos de lotización y trazado de vías para la obtención de servicios básicos en el distrito de Punta Hermosa

Fecha de publicación02 Septiembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Punta Hermosa, 15 de agosto de 2022

EL ALCALDE DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA

POR CUANTO:

EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA:

VISTO:

En Sesión de Concejo de fecha 15 de agosto de 2022, el Informe Nº 296-2022-SGOPyPCyOP-GDUCT-MDPH de fecha 12 de agosto de 2022, emitido por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Proyectos, Catastro y Obras Privadas y el Informe Nº 76-2022-OAJ/MDPH de fecha 12 de agosto de 2022, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional, Nº 30305, concordado con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración;

Que, mediante Ordenanza Nº 434-MDPH de fecha 16 de julio de 2021, se aprobó la Ordenanza que regula el procedimiento administrativo de visación de planos de lotización y trazado de vías para la obtención de servicios básicos en el distrito de Punta Hermosa, la misma que contiene: un (1) Título, dos (2) Capítulos, doce (12) artículos y dos (2) Disposiciones Complementarias Finales, que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Que, mediante el artículo segundo de la antes mencionada Ordenanza, se estableció en tres (3) meses el plazo de la vigencia de la Ordenanza Nº 434-MDPH, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, la misma que fuera publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 20 de agosto de 2021;

Que, el caso es que hay, varias Asociaciones que no han podido cumplir con presentar todos los requisitos establecidos en el artículo 7º de la antes precitada Ordenanza, a saber:

ARTÍCULO 7º - REQUISITOS

1. Solicitud dirigida al Alcalde.

2. Plano de Ubicación y Localización con coordenadas UTM a escala 1/1000 o 1/5000 o escala gráfica oficial que permita la visualización y verificación de los datos técnicos (01 juego) en Datum Oficial WGS84 – firmado por Arquitecto o Ingeniero Civil Colegiado y habilitado, y firma del representante legal de la Organización Vecinal.

3. Plano Perimétrico con coordenadas UTM, a escala 1/1000 o 1/5000 o escala gráfica oficial que permita la visualización y verificación de los datos técnicos (01 juego) en Datum Oficial WGS84 – firmado por Arquitecto o Ingeniero Civil...

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