Ordenanza N° 442-MDSJL. Ordenanza que aprueba el Reglamento para el Funcionamiento y Administración de los Depósitos Municipales en el distrito de San Juan de Lurigancho

Fecha de publicación24 Septiembre 2023
SecciónSección Única
86 NORMAS LEGALES Domingo 24 de setiembre de 2023
El Peruano
/
(SBS) tiene a su cargo la regulación y supervisión de los
sistemas nanciero, de seguros, privado de pensiones y
cooperativo y contribuye con la prevención y detección del
lavado de activos y el nanciamiento del terrorismo; y que
los temas que se desarrollarán en el referido evento son
de interés y redundarán en benecio del sistema nanciero
nacional, así como en el ejercicio de las funciones de
supervisión y regulación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702
“Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de
Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y
Seguros”, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047-
2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así
como en la Directiva SBS N° SBS-DIR-SBS-085-26 sobre
Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto
para el Ejercicio 2023;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Jimmy Julio
Izu Kanashiro, Jefe del Departamento de Regulación
de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica,
del 03 al 07 de octubre de 2023, y de la señorita
Wendy Maribel Okada Nishikawa, Intendente de
Metodologías de Supervisión y Estrategia Financiera de
la Superintendencia Adjunta de Banca y Micronanzas,
del 05 al 06 de octubre de 2023, a la ciudad de París,
República Francesa, para participar en el evento
señalado en la parte considerativa de la presente
Resolución, quienes dentro de los 10 (diez) días hábiles
siguientes a su reincorporación, deberán presentar un
informe detallado describiendo las acciones realizadas y
los resultados obtenidos.
Artículo 2°.- Autorizar los gastos que irrogue
la presente participación con cargo al Presupuesto
correspondiente al ejercicio 2023, de acuerdo a lo
siguiente:
Pasaje aéreo US$ 2 296,95
Viáticos US$ 3 240,00
Artículo 3°.- La presente Resolución no otorga
derecho a exoneración o liberación de impuestos de
Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los
funcionarios cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta de Banca, Seguros y AFP
2217209-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE LURIGANCHO
Ordenanza que aprueba el Reglamento
para el Funcionamiento y Administración
de los Depósitos Municipales en el distrito
de San Juan de Lurigancho
ORDENANZA N° 442-MDSJL
San Juan de Lurigancho, 24 de agosto de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SAN JUAN DE LURIGANCHO
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE
LURIGANCHO
VISTOS; en Sesión Ordinaria de Concejo de la
fecha, el Informe 204-2023-SGTTV-GDE/MDSJL,
de la Subgerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad,
de fecha 30 de junio de 2023; el Memorando N° 663-
2023-GDE/MDSJL, de la Subgerencia de Desarrollo
Económico, de fecha 24 de julio de 2023; el Informe N°
256-2023-SGTTV-GDE/MDSJL, de la Subgerencia de
Tránsito, Transporte y Vialidad , de fecha 26 de julio de
2023; el Informe Legal N° 242-2023-GAJ/MDSJL, de la
Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 01 de agosto
de 2023; el Proveído N° 2994-2023-MDSJL-GM, de la
Gerencia Municipal, de fecha 04 de agosto de 2023; el
Dictamen N° 004-2023-CDU-CM/MDSJL, de la Comisión
Ordinaria de Desarrollo Urbano, de fecha 15 de agosto
de 2023, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del
Perú señala que las municipalidades provinciales y
distritales son órganos de gobierno local con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia; autonomía que conforme al artículo II del
Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de
Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos
de gobierno, administrativos y de administración, con
sujeción al ordenamiento jurídico; correspondiéndole al
Concejo Municipal, conforme al numeral 8 del artículo 9
de la precitada norma, el aprobar, modicar o derogar las
ordenanzas municipales;
Que, el artículo 39 de la Ley N° 27972 establece
que los Concejos Municipales ejercen sus funciones
de gobierno, mediante la aprobación de ordenanzas y
acuerdos, dicho precepto legal es concordante con el
artículo 40 del mismo cuerpo normativo, que dispone
que las ordenanzas son las normas de carácter general
de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal,
mediante las cuales se aprueban la organización interna,
la regulación, la administración y la supervisión de los
servicios públicos; así como las materias en las que la
municipalidad tiene competencia normativa;
Qué, el artículo 46 de la norma en mención señala
que las sanciones aplicadas por la autoridad municipal
podrán ser las de multa, suspensión de autorizaciones
o licencias, clausura, decomiso, retención de productos
y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios,
paralización de obras, demolición, internamiento de
vehículos, inmovilización de productos y otras;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 768, de fecha
04 de marzo de 1992, el promulgó el Código Procesal
Civil y con Resolución Ministerial N° 010-93-JUS, se
autorizó la publicación del Texto Único Ordenado del
Código Procesal Civil;
Que, la Ordenanza N° 369-MDSJL y modicatorias,
aprobada por el concejo de la Municipalidad Distrital
de San Juan de Lurigancho aprueba el Reglamento de
Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro
Único de Infracciones y Sanciones, instrumento
normativo que en su artículo 2 establece que su ámbito
de aplicación se circunscribe a la jurisdicción del Distrito
de San Juan de Lurigancho, siendo su cumplimiento de
carácter imperativo para todas las personas naturales,
personas jurídicas cualquiera fuere la forma que adopten
las mismas aun si su domicilio scal se ubica fuera del
Distrito de San Juan de Lurigancho, e Instituciones
Privadas y Públicas”;
Que, mediante Informe N° 204-2023-SGTTV-GDE-
MDSJL, la Subgerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad
propone el proyecto de ordenanza que reglamenta
el funcionamiento y administración de los depósitos
municipales en el distrito de San Juan de Lurigancho;
Que, a través del Informe N° 663-2023-GDE-MDSJL, la
Gerencia de Desarrollo Económico opina favorablemente
respecto del informe formulado por la Subgerencia de
Tránsito, Transporte y Vialidad, corriendo traslado de éste
a la Gerencia de Asesoría Jurídica, para su revisión y
opinión pertinente;
Que, con Informe Legal N° 242-2023-GAJ-MDSJL, la
Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable
respecto de la aprobación de la ordenanza que propuso
la Subgerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad, opinión
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 24/09/2023 00:18

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