ORDENANZA N° 441/MC - Aprueban el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Comas para el Ejercicio Fiscal 2016

EmisorMUNICIPALIDAD DE COMAS
Fecha de la disposición 8 de Julio de 2015
El Peruano
Miércoles 8 de julio de 2015
556930
el marco del Decreto Legislativo Nº 1012, Obras por
Impuestos - OXI en el marco del artículo 17º de la Ley Nº
30264, y Contratación Pública en el marco de las normas
de Contrataciones del Estado;
Que, el artículo 15º de la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, establece que es atribución del
Consejo Regional la aprobación de la concesión; y el
literal k) del artículo 21º de la citada Ley señala que
el Gobernador Regional tiene la atribución de celebrar
y suscribir, en representación del Gobierno Regional,
contratos, convenios y acuerdos relacionados con
la ejecución y concesión de obras, proyectos de
inversión, prestación de servicios y demás acciones
de desarrollo conforme a la Ley de la materia y solo
respecto aquellos, bienes, servicios cuya titularidad
corresponda al Gobierno Regional;
Que, conforme a lo establecido por el artículo 39º de la
Consejo Regional expresan la decisión de dicho órgano
Consejo Regional sobre asuntos de interés público,
ciudadano o institucional;
Que, resulta necesaria la suscripción de un
convenio con el Ministerio de Educación de encargo
de gestión y delegación de competencias a su favor, al
existir razones de índole técnica, económica, social y
territorial, para que el Ministerio de Educación pueda
ejecutar y gestionar la infraestructura definitiva de dicho
COAR; y a fin de garantizar que la implementación
de un COAR en la Región Ucayali que cuente con
los recursos financieros que permitan su expansión
a nivel nacional asegurando parámetros y niveles de
servicio educativo homogéneos con altos estándares
de calidad y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº
y sus modificatorias; y en el Reglamento Interno de
Organización y Funciones del Consejo Regional de
Ucayali, con la dispensa del trámite de la lectura del
acta; por unanimidad se acuerda:
ACUERDO:
Artículo 1º.- ENCARGAR al Ministerio de Educación
la realización de actividades carácter material,
técnico y/o de servicios para la gestión educativa,
administrativa y financiera, operación y mantenimiento
del Colegio de Alto Rendimiento de la Región Ucayali;
así como delegar a su favor la competencia para la
formulación, desarrollo, gestión, implementación,
ejecución, mantenimiento financiero y operación
integral de dicho COAR, mediante las modalidades
de contratación vigentes, en los componentes de
infraestructura definitiva, equipamiento, mobiliario y
operación de servicios complementarios y vinculados,
incluyendo Asociaciones Público Privadas - APP en
el marco del Decreto Legislativo Nº 1012, Obras por
Impuestos - OXI en el marco del artículo 17º de la Ley
Nº 30264, y contratación pública en el marco de las
normas de Contrataciones con el Estado.
Artículo 2º.- AUTORIZAR al Gobernador Regional
de Ucayali a suscribir el Convenio de Cooperación
Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Ucayali y
el Ministerio de Educación que contiene en el cargo de
gestión y delegación de competencias señaladas en el
artículo precedente.
Artículo 3º.- ENCARGAR a la O cina de
Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la
publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario
O cial El Peruano, en el Diario local de mayor circulación
Regional y la O cina de Sistemas su difusión a través
del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.
regionucayali.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
EBER PORTOCARRERO TANANTA
Consejero Delegado
Consejo Regional
1259221-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
DE COMAS
Aprueban el Reglamento del Proceso
del Presupuesto Participativo Basado
en Resultados del Distrito de Comas
para el Ejercicio Fiscal 2016
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 441/MC
Comas, 3 de Julio del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE COMAS
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de Comas en Sesión
Ordinaria de Concejo de fecha;
VISTO:
El Dictamen Nº 008-2015-CAFPyP/MC de la Comisión
Permanente de Regidores de Administración, Finanzas,
Plani cación y Presupuesto; el Informe Nº 125-2015-
GPPR/MC de fecha 12 de Junio del 2015, emitido por la
Gerente de Plani cación, Presupuesto y Racionalización
adjunto al Informe Técnico Nº 003-2015-GPPR/MC; y,
el Informe Nº 191-2015-GAJ-MDC de fecha 26 de Junio
del 2015, emitido por la Gerente de Asuntos Jurídicos,
respecto del Proyecto de Ordenanza que aprueba el
Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo
Basado en Resultados del Distrito de Comas para el
Ejercicio Fiscal 2016, y;
CONSIDERANDO:
del Perú, modi cado mediante Ley Nº 28607 (Ley
de Reforma Constitucional) en concordancia con lo
dispuesto en el artículo 11 del Título Preliminar de la
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece
que las municipalidades provinciales y distritales son
órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia, radicando dicha autonomía en la
facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de
administración;
Que, Artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº
el proceso de planeación local es integral, permanente
y participativo, articulando a las municipalidades con
los vecinos; y que los artículos 9º, 53º, 97º y la Décimo
Sexta Disposición Complementaria, se prescribe que las
municipalidades se rigen por presupuestos participativos
anuales como instrumentos de administración y gestión, los
cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia
con los planes de desarrollo concertado.; asimismo, las
municipalidades regulan la participación vecinal en la
formulación de los presupuestos participativos;
Que, los artículos 18º y 20º de la Ley Nº 27783; Ley de
Bases de la Descentralización, establecen que los Planes
y Presupuestos Participativos son de carácter territorial
y expresan los aportes y participación del sector público
y privado, de las sociedades regionales y locales y la
cooperación técnica internacional; dichas herramientas
de inversión se elaboran y ejecutan en función a Planes
de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente
concertados, con sujeción a las normas técnicas del
Sistema Nacional de Inversión Pública;
Que, mediante la Ley Nº 28056, Ley Marco del
Presupuesto Participativo y su modi catoria Ley Nº
29298, se establecen disposiciones que aseguran la
efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso
de Programación Participativa del Presupuesto de los
Gobiernos Locales; constituyendo un aspecto fundamental
para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado;

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