ORDENANZA N° 440-2015-MDB/CDB - Ordenanza que Reglamenta el Otorgamiento de Condecoraciones y Distinciones de la Municipalidad

Fecha de disposición18 Junio 2015
Fecha de publicación18 Junio 2015
El Peruano
Jueves 18 de junio de 2015 555399
(PAP) documentos que garantizara las plazas y cargos de
todos y cada uno de los trabajadores empleados y obreros
de la Municipalidad de Breña. 4) Que, considera viable
la aprobación del proyecto de Cuadro de Asignación de
Personal Provisional (CAPP), el cual debe ser aprobado
por el Concejo Municipal mediante Ordenanza”;
Estando a lo expuesto y con la opinión favorable de
la Comisión de Economía, Presupuesto y Planif‌i cación
mediante el Dictamen Nº 004-2015-CEPP/MDB de
fecha 12.05.2015, el Concejo Municipal luego del debate
correspondiente y con la dispensa del trámite de la lectura
y aprobación del Acta, y con cargo a redacción, aprobó
por MAYORIA y con los votos en contra del Regidor
VÍCTOR MANUEL DE LA ROCA OLIVOS y del Regidor
LUIS ANTONIO SUITO TUESTA, la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO
PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL
(CAP PROVISIONAL) DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE BREÑA
Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para
Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de
la Municipalidad Distrital de Breña, documento de gestión
que en anexo forma parte integrante de la presente
Ordenanza.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Planif‌i cación, Presupuesto,
Racionalización, OPI y Cooperación Interinstitucional,
Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de
Recursos Humanos el cumplimiento de lo dispuesto en la
presente Ordenanza Municipal.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General
remitir copia de la presente Ordenanza y su anexo a la
Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humano
de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR).
Artículo Cuarto.- El dispositivo legal aprobado
se publicará en el Diario Of‌i cial El Peruano y el texto
íntegro del documento de gestión aprobado en el portal
Institucional de la Municipalidad Distrital de Breña (www.
munibrena.gob.pe) y en el portal del Portal del Estado
Peruano (www.peru.gob.pe).
Artículo Quinto.- DEROGAR toda norma o dispositivo
que se contrapone a la presente Ordenanza Municipal.
POR TANTO:
Mando se registre, publique, comunique y cumpla.
ANG EL A. W U HU APAYA
Alcalde
1251462-1
Ordenanza que Reglamenta el
Otorgamiento de Condecoraciones y
Distinciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 440-2015-MDB/CDB
Breña, 29 de mayo del 2015.
El ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA
POR CUANTO;
El Concejo Municipal Distrital de Breña, en Sesión
Ordinaria de la fecha,
VISTO:
El Dictamen Nº 002-2015-CESCDYR-MDB, de
la Comisión de Educación, Salud, Cultura, Deporte y
Recreación; el Dictamen Nº 001-2015-CPV-MDB de
la Comisión de Participación Vecinal y el Informe Nº
148-2015-GAJ/MDB de fecha 26.05.2015, emitido por
la Gerencia de Asesoría Jurídica; sobre proyecto de
Ordenanza que Reglamenta las Condecoraciones y
Disposiciones de la Municipalidad Distrital de Breña, y;
CONSIDERANDO:
Perú, modif‌i cado por Ley Nº 30305, Ley de Reforma de
del Perú sobre denominación y no reelección inmediata
de autoridades de los Gobiernos Regionales y de los
Alcaldes, publicado el 10.03.2015, establece que las
Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos
de gobierno local con autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia (…);
Que, conforme lo establece el artículo II del Título
Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia. La autonomía que la Constitución Política
del Perú establece para las municipalidades, radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Ley Nº 27972, señala “Las Ordenanzas de las municipalidades
provinciales y distritales, en la materia de su competencia,
son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la
estructura normativa municipal, por medio de las cuales se
aprueba la organización interna, la regulación, administración,
supervisión de los servicios públicos y las materias en las que
la municipalidad tienen competencia normativa. (…)”;
Que, mediante Ordenanza 236-2007/MDB-CDB del
08.03.2007, se aprobó el Reglamento Interno del Concejo
Municipal de Breña, el mismo que establece en su artículo
64º que son funciones de las comisiones permanentes:
Proponer los proyectos de ordenanzas, edictos, acuerdos
y resoluciones de concejo;
Que, en mérito al marco legal citado, los Regidores
de la Comisión de Educación, Salud, Cultura, Deporte y
Recreación, han presentado su proyecto de Reglamento
de Condecoraciones y Distinciones de la Municipalidad
Distrital de Breña, el mismo que tiene por objeto reconocer
los logros obtenidos y/o acciones realizadas por personas
naturales o jurídicas, nacionales y/o extranjeras que
hubiesen contribuido a los f‌i nes, objetivos, desarrollo y/o
progreso del distrito de Breña;
Que, el proyecto de Ordenanza citado, ha sido revisado
y evaluado por la Comisión de Participación Vecinal quien
ha emitido el Dictamen Nº 001-2015-CPV-MDB, por el
que aprueba la propuesta de la mencionada Ordenanza;
asimismo, la Gerencia de Asesoría Jurídica, ha emitido
el Informe Nº 148-2015-GAJ/MDB en el que opina que
resulta viable aprobar el proyecto de Ordenanza que
Reglamenta las Condecoraciones y Disposiciones de la
Municipalidad Distrital de Breña;
Estando a lo expuesto, el Concejo Municipal luego del
debate correspondiente y con la dispensa del trámite de
la lectura y aprobación del Acta, y con cargo a redacción,
aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:
ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL
OTORGAMIENTO DE CONDECORACIONES Y
DISTINCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BREÑA
Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza que
Reglamenta el Otorgamiento de Condecoraciones y
Distinciones de la Municipalidad Distrital de Breña, el mismo
que consta de quince artículos y cuatro disposiciones
f‌i nales y que en anexo forma parte integrante de la presente
Ordenanza.
Artículo Segundo.- FACULTAR al Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía, apruebe las características de
las condecoraciones señaladas en la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia a partir de la fecha de publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General
del Concejo, disponer la publicación de la Ordenanza en
el Diario Of‌i cial El Peruano y el texto íntegro con su Anexo
en el portal Institucional de la Municipalidad Distrital de
Breña (www.munibrena.gob.pe).
Artículo Quinto.- DEROGAR toda norma o dispositivo
que se contrapone a la presente Ordenanza Municipal.
POR TANTO:
Mando se registre, publique, comunique y cumpla.
ANG EL A. W U HU APAYA
Alcalde
1251456-1

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