ORDENANZA N° 438-MPL - Ordenanza que crea el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor de Pueblo Libre CIAM

Fecha de disposición09 Mayo 2015
Fecha de publicación09 Mayo 2015
El Peruano
Sábado 9 de mayo de 2015
552328
(colas) para la realización de trámites administrativos,
disminuir el número de rechazo de expedientes
administrativos por temas de forma, implementación de
medios de tecnologías de la información para facilitar los
procesos internos, entre otros que coadyuven a brindar
el servicio que requieren los ciudadanos y ciudadanas de
Ica. Asimismo, es importante destacar la redef‌i nición de
las Gerencias Subregionales como Centros de Servicios
Subregionales, quienes ostentarán la representación del
Gobierno Regional en los ámbitos y espacios territoriales
donde se ubiquen.
Fortalecimiento de la visión corporativa del
Gobierno Regional de Ica: Se ha reforzado la visión de
una sola autoridad sobre el territorio de la región, mediante
la def‌i nición de manera clara, exclusiva y excluyente de las
competencias, funciones y atribuciones de cada una de
los órganos y unidades orgánicas propuestas, así como la
precisión de las líneas de autoridad y responsabilidad de
los mismos.
Reforzamiento de la Promoción de la Inversión
Privada y la Competitividad Regional: La constitución
de un Consejo Regional de la Competitividad, adscrito a
la Gerencia General Regional, busca que las acciones
realizadas por este Consejo sean directamente
encaminadas hacia la obtención de resultados a favor de
la Región, destacando entre sus funciones el desarrollo
de un Plan Regional de Competitividad.
Asimismo, se han potenciado las capacidades
institucionales en materia de promoción de la inversión
privada, mediante la constitución de un órgano de
segundo nivel organizacional responsable de los procesos
de inversión privada, tal como lo constituye la nueva
Gerencia Regional de Promoción de la Inversión Privada
y Cooperación Técnica.
Eliminación de duplicidades de funciones
y/o responsabilidades: La estructura del Gobierno
Regional de Ica se modif‌i ca en base a la fusión, escisión
y/o eliminación de unidades de organización respecto de
las cuales se verif‌i có que mantenían funciones af‌i nes y/o
cuyas responsabilidades eran posibles de ser cumplidas
de manera agregada al órgano al cual ahora se les
traslada. Como resultado de ello, la nueva estructura
orgánica propuesta para el Gobierno Regional de Ica pasa
de tener un total de 20 órganos, 33 unidades orgánicas
y 8 instancias de gestión a comprender 20 órganos, 29
unidades orgánicas y 7 instancias de gestión.
Ética, Transparencia y Cumplimiento de
normas nacionales: Las áreas y/o dependencias y/o
instancias de órganos desconcentrados, de Centros de
Servicios Subregionales o de Direcciones Regionales,
darán estricto cumplimiento de manera obligatoria a las
normas expedidas por los entes rectores de los sistemas
administrativos y funcionales en lo que les compete, en
respeto al principio de legalidad y del sistema jurídico
nacional.
Se emplea un enfoque orientado a la implantación de
conductas que incentiven la ética en el trabajo, sanción
de conductas corruptas y transparencia en el acceso a la
información a los ciudadanos. Sobre este último punto,
cabe precisar que la Of‌i cina de Control Institucional
tendrá a su cargo la remisión oportuna de reportes a la
Contraloría General de la República. A la fecha ya se
efectuó la designación de una representante de la Alta
Dirección responsable de la entrega de información,
encontrándose aún en proceso de aprobación la Directiva
de Lineamientos para la Atención de Solicitudes de Acceso
a la Información Pública del Gobierno Regional de Ica.
4. CONCLUSIONES
4.1. Los procesos de descentralización y
modernización de la gestión pública han generado la
necesidad de dotar al Gobierno Regional de Ica de una
organización que pueda soportar el nuevo marco de
planeamiento y su adecuación a los procesos precitados,
teniendo como f‌i nalidad el servicio al ciudadano.
4.2. Ello evidencia la necesidad de modif‌i car el
ROF del Gobierno Regional de Ica a f‌i n de que pueda
soportar el nuevo marco de planeamiento y esté acorde
a los lineamientos de los procesos de descentralización
y modernización del Estado así como la rectoría de los
sistemas administrativos respectivos.
4.3. Dicho esto, las principales modif‌i caciones que se
proponen abarcan la institucionalización de la atención
al ciudadano a nivel regional; fortalecimiento de la visión
corporativa; reforzamiento de la Promoción de la Inversión
Privada y la Competitividad Regional; eliminación de
duplicidades de funciones y/o responsabilidades; y, la
promoción de la ética, transparencia y cumplimiento de
normas nacionales, todo ello en busca del fortalecimiento
de las capacidades institucionales, mediante la
reestructuración de funciones y unidades de organización
del Gobierno Regional de Ica.
4.4. Las modif‌i caciones parciales propuestas
constituyen los requisitos mínimos para que el Gobierno
Regional de Ica opere de manera articulada con los
sistemas administrativos y funcionales nacionales,
así como promueva de manera efectiva el desarrollo
regional, considerando las necesidades de la población.
De tal forma, la aprobación de la presente Ordenanza
se hace indispensable para garantizar la sostenibilidad
de las acciones emprendidas en todas las instancias del
Gobierno Regional de Ica, orientándolas al servicio del
ciudadano.
4.5. En este contexto, el directorio de gerentes
regionales ha acordado aprobar el anteproyecto de
modif‌i cación parcial del ROF del Gobierno Regional de Ica
y la presente Exposición de Motivos, así como recomendar
al Gobernador Regional, en aras de la transparencia que
guía el accionar de la actual gestión, prepublicar el texto
íntegro de la citada modif‌i catoria en el Portal Institucional
del Gobierno Regional de Ica (www.regionica.gob.pe) a
efectos que los ciudadanos, organizaciones y demás
instituciones interesadas en aportar con el desarrollo de
la región, puedan efectuar sus consultas dentro del plazo
de siete días calendario contados desde el día siguiente a
la publicación del Decreto Regional.
1231379-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
Ordenanza que crea el Centro Integral
de Atención al Adulto Mayor de Pueblo
Libre CIAM
ORDENANZA Nº 438 -MPL
Pueblo Libre, 27 de abril de 2015.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
POR CUANTO
VISTO: en Sesión Ordinaria Nº 8 de la fecha, el
Dictamen N° 010-2015-MPL/CPL-CDSCPV, de la
Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Cultural y
Participación Vecinal; y,
CONSIDERANDO:
Perú establece que las Municipalidades Provinciales y
Distritales son órganos de Gobierno Local, que gozan
de autonomía política, económica y administrativa en
asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo
Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas,
las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del
artículo 200º de la Constitución Política del Perú;
Que, el artículo 8º de la Ley Nº 28803 – Ley de las
Personas Adultas Mayores, publicada el 21 de julio de
2006, establece que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social (MIMDES) promueve, a través de la Dirección
de Personas Adultas Mayores, la creación de Centros
Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en las
Municipalidades Provinciales y Distritales;
Que, el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 013-
2006-MIMDES, Reglamento de la Ley Nº 28803 - Ley de
las Personas Adultas Mayores, señala respecto de los

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