Ordenanza N° 432-MDSJL. Ratifican el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana - 2023 del distrito de San Juan de Lurigancho

Fecha de publicación01 Abril 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
San Juan de Lurigancho, 22 de marzo de 2023

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 22 de marzo de 2022, la propuesta presentada por Juan Carlos Rodríguez Guerrero, responsable de la Secretaria Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) de la Municipalidad Distrito de San Juan de Lurigancho, para la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho 2023, en el marco de lo establecido por la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y el Memorando N° 070-2023-GAJ/MDSJL, de fecha 16 de marzo de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho es un órgano de gobierno local que cuenta con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa (...)”. Asimismo, el artículo 9 inciso 8) de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos”;

Que, mediante Ley Nº 27933, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) con la finalidad de coordinar eficazmente la acción del Estado y promover la participación ciudadana para garantizar una situación de paz social, estableciendo en su artículo 4 como componentes de este sistema a los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana - CODISEC, los cuales son encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como ejecutar los mismos en sus...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR