ORDENANZA N° 429-2015/MDB-CDB - Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Breña
Fecha de publicación | 13 Febrero 2015 |
Fecha de disposición | 13 Febrero 2015 |
El Peruano
Viernes 13 de febrero de 2015 546663
Artículo 2º.- APROBAR, el Plano Nº 084-2014-
SGHUE-GDU/MDA y su respectiva Memoria Descriptiva
que forman parte de la presente Resolución, siendo la
distribución del área del terreno cuya habilitación urbana
de ofi cio se aprueba la siguiente:
AREA BRUTA = 10,706.00 M2
AREA UTIL = 7,285.88 M2
AREA DE VIAS = 3,155.29 M2
AREA DE COMPENSACION = 291.83 M2
Artículo 3º.- PRECISAR; que el terreno materia
de esta habilitación urbano de ofi cio correspondiente al
predio constituido por el Lote 6 de la Manzana J, de la
Urbanización Barbadillo, en el distrito de Ate, provincia
y departamento de Lima, tiene asignada la Zonifi cación
de Residencial Densidad Media “RDM”, de conformidad
con el Plano de Reajusta de Zonifi cación y Usos de Suelo
para el Distrito de Ate, aprobado mediante Ordenanza Nº
1099-MML, de la Municipalidad Metropolitana de Lima
Artículo 4º.- DETERMINAR; que como resultado de
la habilitación urbana que en este acto se declara, se
obtienen setantinueve (79) Sub-Lotes, cuyos linderos
y medidas perimétricas se detallan en el Plano Nº 084-
2014-SGHUE-GDU/MDA y en la Memoria Descriptiva que
forman parte de la presente Resolución.
Artículo 5º.- DISPONER; la inscripción en el
Registro de Predios de Lima, Zona Registral IX Sede
Lima – SUNARP, el cambio de uso de Rústico a Urbano
de los sub-lotes que conforman la presente habilitación
urbana de ofi cio, por cuenta y costo de la propietaria del
inmueble.
Artículo 6º.- DISPONER; la publicación de la presente
Resolución de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, por
cuenta y costo de los propietarios del inmueble.
Artículo 7º.- ENCARGAR; el cumplimiento de la
presente resolución a la Gerencia de Desarrollo Urbano,
Gerencia de Administración Tributaria, Sub-Gerencia de
Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, Sub-Gerencia
de Fiscalización Tributaria y demás áreas pertinentes
de esta Corporación Edil, con conocimiento de la parte
interesada.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
1199627-1
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Establecen fecha de vencimiento para
el pago de los arbitrios municipales y
prorrogan vencimiento de la primera
cuota
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 001-2015-MDB
Barranco, 6 de febrero de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
BARRANCO;
VISTO, El Informe Nº 011-2015-SGFAT-GAT-MDB, de
fecha 04 de febrero del 2015, emitido por la Sub Gerencia
de Fiscalización y Administración Tributaria, el Informe
Nº 004-GAT-MDB, de fecha 04 de febrero del 2015,
emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, el
Informe Nº 054-2015-GAJ-MDB, de fecha 05 de febrero
de 2015, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica;
y el Memorando Nº 107-2015-GM-MDB, de fecha 05 de
febrero del 2015; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del
Perú, establece que las municipalidades provinciales y
distritales son órganos de gobierno local que gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, desarrollada por el artículo II
del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades;
Que, mediante Informe Nº 011-2015-SGFAT-GAT-
MDB, de fecha 04 de febrero del 2015, emitido por la
Sub Gerencia de Fiscalización y Administración Tributaria
propone establecer como fecha de vencimiento de los
arbitrios municipales correspondiente al Ejercicio 2015, el
último día hábil de cada mes y prorrogar el vencimiento
de la primera cuota de los mismos hasta el 27 de febrero
del 2015;
Que, el artículo 29º del Decreto Supremo Nº 133-
2013-EF, del Texto Único Ordenado del Código Tributario
establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria
podrá ser prorrogada con carácter general por la
Administración Tributaria;
Que, la Municipalidad Distrital de Barranco mediante
la Ordenanza Nº 414-MDB estableció el marco normativo
e importe de los Arbitrios Municipales para el Ejercicio
2015, la misma que ha sido debidamente ratifi cada por la
Municipalidad Metropolitana de Lima, con el Acuerdo de
Concejo 2167;
Que, la citada Ordenanza Nº 414-MDB, en su
Primera Disposición Final faculta al Alcalde para
que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas
complementarias necesarias para la adecuada
aplicación de la misma;
Que, el artículo 42º de la Ley 27972 – Ley Orgánica
de Municipalidades, en concordancia con su artículo
39º señala que mediante Decretos de Alcaldía se
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
Ordenanzas
Que, siendo política de la Administración Municipal
el otorgar facilidades a los vecinos del distrito para
que paguen de manera oportuna sus tributos, se hace
necesario establecer la fecha de vencimiento de los
arbitrios municipales y la prórroga respecto a la primera
cuota de vencimiento de los mismos;
Estando a lo expuesto, y ejerciendo las facultades
conferidas por el numeral 6) del artículo 20º, artículo
39º y artículo 42º, de la Ley 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades; y con la visación de la Gerencia de
Administración Tributaria, de la Gerencia de Asesoría
Jurídica y de la Gerencia Municipal;
DECRETA:
Artículo Primero.- ESTABLECER como fecha de
vencimiento para el pago de los arbitrios municipales, el
último día hábil de cada mes.
Artículo Segundo.- PRORROGAR el vencimiento de
la primera cuota hasta el 27 de Febrero del 2014.
Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Administración Tributaria, Sub Gerencia de Fiscalización
y Administración Tributaria, Sub Gerencia de Recaudación
y Ejecutoría Coactiva, Gerencia de Comunicaciones
e Imagen Institucional, Sub Gerencia de Participación
Vecinal y Social y Sub Gerencia de Sistemas y Tecnologías
de la Información, el cumplimiento de lo dispuesto en el
presente Decreto, en lo que fuera de su competencia.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG
Alcalde
1199642-1
MUNICIPALIDAD DE BREÑA
Aprueban el Reglamento de Organización
y Funciones (R.O.F.) y la Estructura
Orgánica de la Municipalidad Distrital
de Breña
ORDENANZA Nº 429-2015/MDB-CDB
Breña, 9 de febrero del 2015.
El ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA
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