Ordenanza N° 425/MLV. Ordenanza que aprueba el sinceramiento de deudas tributarias, en vía ordinaria y coactiva

Fecha de publicación24 Noviembre 2023
SecciónSección Única
Aprueban ejecución de expropiación de área de inmueble afectado por la ejecución del Proyecto “Mejoramiento y ampliación del servicio de protección ante inundaciones y movimiento de masas en la quebrada Huaycoloro, distrito de San Antonio – provincia de Huarochirí – departamento de Lima”

La Victoria, 22 de noviembre de 2023


EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA


POR CUANTO:


El Concejo Distrital de La Victoria, en Sesión Ordinaria de la fecha 22 de noviembre de 2023;


VISTO: el Dictamen Conjunto N° 049-2023-MLV, de fecha 21 de noviembre de 2023, de la Comisión de Planificación, Presupuesto y Asuntos Legales y de la Comisión de Administración Tributaria y Desarrollo Económico; y de conformidad con lo establecido en los artículos y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; por UNAMINIDAD; y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta aprobó la siguiente:


Artículo Primero.- OBJETO


Establecer mecanismo de pago que promuevan el cumplimiento de las obligaciones tributarias (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales) vencidas, existentes en los saldos por cobrar de la Sub gerencia de Registro, Control y Orientación al Contribuyente y la Sub gerencia de Ejecución Coactiva, motivando a los demás deudores para el pago voluntario brindándoles facilidades para la regularización de sus obligaciones tributarias, las mismas que se desarrollarán y otorgarán en plazos de acuerdo a la ejecución de Medidas Cautelares establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva; así como la reducción del índice de morosidad de estos tributos.


Por ello, es necesario el Sinceramiento de las obligaciones tributarias, en aras de contar con una información financiera sin distorsiones.


Artículo Segundo.- ALCANCE


Esta Ordenanza es de aplicación a todas las personas naturales y/o jurídicas que mantengan deudas pendientes de pago por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, que se encuentren vencidas, y se encuentren en vía Ordinaria o en vía de Cobranza Coactiva a la fecha de publicación de la presente Ordenanza y aquellas que se generen y se trasladen a las áreas referidas, Sub gerencia de Registro Recaudación y Orientación al Contribuyente y a la Sub gerencia de Ejecución Coactiva, durante la vigencia de la misma.


Artículo Tercero.- BENEFICIOS DEL PROGRAMA EN LA VIA ORDINARIA


Los deudores o responsables solidarios cuya...

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