Ordenanza Nº 417/MLV. Ordenanza que aprueba el Reglamento para el desarrollo de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad de La Victoria

Fecha de publicación20 Mayo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
La Victoria, 18 de mayo de 2023

POR CUANTO:

En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 18 de mayo de 2023;

VISTO:

El Memorando N° 000066-2023-GPP/MLV, de fecha 19 de abril de 2023, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 000211-2023-GAJ/MLV, de fecha 21 de abril de 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 000075-2023-GPP/MLV, de fecha 24 de abril de 2023, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto y el Memorando N° 000388-2023-GM/MLV, de fecha 25 de abril de 2023, de la Gerencia Municipal,y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, en forma anual y bajo responsabilidad;

Que, de acuerdo con el artículo II del Titular Preliminar Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, la autonomía que la Constitución reconoce a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, mediante artículo 1 de la Ley N° 31433 “Ley que modifica la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, se modificó, entre otros, el numeral 36 del artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el cual señala que es una atribución del alcalde: “convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local;

Que, el artículo 2° de la referida Ley incorporó el numeral 119-A a la Ley Orgánica de Municipalidades, el cual establece que: “las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal”;

Que, a fin de llevar a cabo la organización y desarrollo de la audiencia pública municipal de rendición de cuentas, a la que hace referencia la norma precedente, resulta necesario precisar los procedimientos en un reglamento; el cual ha sido elaborado por la Subgerencia de Planificación, Modernización y Programación Multianual de Inversiones, denominado: “Reglamento para el Desarrollo de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de La Victoria”;

Con la opinión favorable de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; con la opinión legal procedente de la Gerencia de Asesoría Jurídica; con la conformidad de la Gerencia Municipal en el ámbito de su competencia; en uso de las atribuciones otorgadas en los artículos 9 (numeral 8) y 40 de la Ley N° 27972Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:

Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para el desarrollo de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad de La Victoria, que consta de siete (7) capítulos, veintiún (21) artículos, una (1) disposición final; el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza.

Artículo Segundo.- FACULTAR al alcalde para que, mediante decreto de alcaldía dicte las disposiciones complementarias de la presente ordenanza.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Humano, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Desarrollo Urbano, y demás áreas pertinentes, el cumplimiento de la presente ordenanza, debiendo sujetarse a los dispositivos legales vigentes.

Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO todas las disposiciones internas que se opongan a la presente ordenanza.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Gerencia de Gestión del Gobierno Digital, su publicación del mismo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Victoria: www.munilavictoria.gob.pe.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

RUBEN CANO ALTEZ

Alcalde

Artículo 1.- OBJETO

El Reglamento para el desarrollo de la audiencia pública de rendición de cuentas de la Municipalidad de La Victoria tiene como objeto establecer pautas y...

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