ORDENANZA N° 410-2015-CDLO - Establecen prórroga del plazo de vencimiento del pago anual del Impuesto Predial 2015

Fecha de disposición28 Febrero 2015
Fecha de publicación28 Febrero 2015
El Peruano
Sábado 28 de febrero de 2015 547719
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Aprueban el Sistema de Rutas del
Servicio de Transporte Regular de
Personas en Lima Metropolitana
ORDENANZA N° 1876
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Vistos en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 26
de febrero de 2015, los Dictámenes Nos. 01-2015-MML-
CMCDCyTU y 05-2015-MML-CMAL, de las Comisiones
Metropolitanas de Comercialización, Defensa del
Consumidor y Transporte Urbano, y de Asuntos Legales,
respectivamente;
Ha dado la siguiente:
ORDENANZA
QUE APRUEBA EL SISTEMA DE RUTAS DEL
SERVICIO DE TRANSPORTE REGULAR DE
PERSONAS EN LIMA METROPOLITANA
Artículo 1°.- Del Objeto
Aprobar el Sistema de Rutas del Servicio de Transporte
Regular de Personas para Lima Metropolitana, a cargo de
la Gerencia de Transporte Urbano.
Artículo 2°.- Del Sistema de Rutas del Servicio de
Transporte Regular de Personas
El Sistema de Rutas del Servicio de Transporte
Regular de Personas, está compuesto por un total 322
rutas urbanas, 77 rutas periféricas y 15 rutas en zonas
no atendidas, cada una de estas rutas cuenta con f‌i cha
técnica.
Las f‌i chas técnicas, detallan el código, origen, destino,
itinerario y datos técnicos de la ruta, los mismos que
se encuentran descritos en el Anexo I de la presente
Ordenanza.
Artículo 3°.- De la Implementación del Sistema de
Rutas
El Sistema de Rutas del Servicio de Transporte Regular
de Personas será implementado en un período máximo
de un (01) año, para este efecto las empresas autorizadas
presentarán un “Estudio de Embarque y Desembarque
de Pasajeros en la Ruta Autorizada”, el mismo que será
supervisado por la Gerencia de Transporte Urbano, a f‌i n
de implementar el diseño operacional de cada una de las
rutas que forman parte del sistema.
Artículo 4°.- De la Autorización del Servicio
La Autorización del Servicio en las Rutas del Sistema,
será otorgada a las empresas autorizadas por un periodo
de tres (03) años, condicionado al cumplimiento de lo
dispuesto en la Ordenanza que Regula la Prestación del
Servicio de Transporte Público Regular de Personas en
Lima Metropolitana.
Artículo 5°.- De la Publicación del Anexo I
Dispóngase la publicación del Anexo I, referido a
las Fichas Técnicas del Sistema de Rutas del Servicio
de Transporte Regular de Personas, al que se ref‌i ere el
artículo 2° de la presente Ordenanza, en la Página web
de la Gerencia de Transporte Urbano www.gtumunlima.
gob.pe, así como en el Portal Web de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, www.munlima.gob.pe.
Artículo 6°.- De la vigencia
La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación, en el Diario Of‌i cial “El
Peruano”.
Artículo 7°.- De la Derogatoria
Deróguese todas las normas que se contrapongan
a la presente Ordenanza, así como el Anexo I y II de la
Ordenanza N° 1613.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Disponer la renovación automática de las
Autorizaciones del Servicio y Tarjetas de Circulación
Provisional vigentes, hasta el 30 de junio de 2015,
plazo en el que las empresas deberán adecuar sus
autorizaciones a la Ordenanza que Regula la Prestación
del Servicio de Transporte Público Regular de Personas
en Lima Metropolitana, en el marco del Sistema de Rutas
aprobado en el artículo 1° de la presente Ordenanza.
Segunda.- Dispóngase que en un período máximo
de treinta (30) días calendarios, contados a partir de
la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, la
Gerencia de Transporte Urbano publique la estructura del
“Estudio de Embarque y Desembarque de Pasajeros en
la Ruta Autorizada”.
Tercera.- Facúltese a la Gerencia de Transporte Urbano
a modif‌i car, mediante Resolución de Gerencia, el Sistema
de Rutas del Servicio de Transporte Regular de Personas,
una vez concluido el período de implementación, citado
en el artículo 3° de la presente Ordenanza.
Cuarta.- Disponer que mediante Resolución, la
Gerencia de Transporte Urbano, designe un Comité
Técnico encargado de evaluar semestralmente todas las
solicitudes de modif‌i cación de f‌i chas técnicas pendientes
de evaluación, así como todas aquellas solicitudes que
se presenten con posterioridad a la presente Ordenanza;
asimismo, mediante dicho instrumento, la Gerencia
de Transporte Urbano, determinará la composición,
organización y funcionamiento del indicado Comité.
Quinta.-Facultar a la Gerencia de Transporte Urbano a
emitir las disposiciones necesarias, para la implementación
y operatividad de la presente Ordenanza.
POR TANTO
Mando se registre, publique y cumpla.
En Lima, 26 de febrero de 2015
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
1205571-1
MUNICIPALIDAD DE
LOS OLIVOS
Establecen prórroga del plazo de
vencimiento del pago anual del
Impuesto Predial 2015
ORDENANZA N° 410-2015-CDLO
Los Olivos, 26 de febrero de 2015.
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOS OLIVOS
VISTO: El Informe Nº 021-2015/MDLO/GR/LPacheco
de la Gerencia de Rentas; Informe Nº 081-2015-MDLO/
GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº
186-2015/MDLO/SG de la Secretaria General y el Acta Nº
4 de la Reunión de la Comisión Permanente de Economía
y Presupuesto.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Artículo 194° de la Constitución
Política del Perú, se establece que las Municipalidades
son órganos de Gobierno Local, que gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia; así mismo en concordancia al Artículo
200º numeral 4 del precitado cuerpo normativo, el
Concejo Municipal cumple función normativa a través de
Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR