ORDENANZA N° 409-MDR - Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital del Rimac

Fecha de disposición21 Enero 2015
Fecha de publicación21 Enero 2015
El Peruano
Miércoles 21 de enero de 2015
545136
MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Aprueban modificación del Reglamento
de Organización y Funciones de la
Municipalidad Distrital del Rímac
ORDENANZA Nº 409-MDR
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DEL RIMAC
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha
11 de diciembre de 2014;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los
gobiernos locales gozan de autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia. Agrega
la norma, que la autonomía que la Constitución Política
del Perú, establece para las Municipalidades radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo VIII del Título Preliminar de la citada
Ley señala que los gobiernos locales están sujetos a
las leyes y disposiciones que, de manera general y de
conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan
las actividades y funcionamiento del Sector Público; así
como a las normas técnicas referidas a los servicios y
bienes públicos y a los sistemas administrativos del Estado
que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento
obligatorio;
Que, el artículo 8º de la citada norma Municipal señala
que la Administración Municipal está integrada por los
funcionarios y servidores públicos, empleados y obreros,
que prestan servicios para la Municipalidad. Corresponde
a cada Municipalidad organizar la administración de
acuerdo con sus necesidades y presupuesto;
Que, traemos a colación todas estas normatividad
cuanto se ref‌ieren a la estructura administrativa de la
Municipalidad, toda vez que el inciso d) del artículo 3º
del Decreto Supremo Nº 043-206-PCM, que aprueba
los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del
Reglamento de Organizaciones y Funciones-ROF por
parte de las Entidades de la Administración Pública,
señala que (…) los gobiernos locales deberán aplicar los
presentes lineamientos en todos aquellos aspectos no
contemplados o que no se apongan a lo que establecen la
Ley Orgánica de Municipalidades (…). En consecuencia,
para la elaboración del Reglamento de Organización
y Funciones de la Municipalidad Distrital del Rímac se
deberá tener en cuenta dicha normatividad municipal y
las disposiciones del citado Decreto Supremo;
Que, el artículo 28º del referido Decreto Supremo
señala que el ROF debe ser aprobado, dentro de otros
motivos, para optimizar o simplif‌icar los procesos en la
Entidad con la f‌inalidad de cumplir con mayor ef‌iciencia
su misión y funciones;
Que, en ese mismo sentido el Art. 29º del decreto
rector, señala que la aprobación del ROF deberá
ampararse en un Informe Técnico Sustentatorio, el cual
deberá contener: la justif‌icación; análisis de consistencia
y efectos presupuestales;
Que, asimismo el artículo 31º del ya aludido Decreto
Supremo señala que cuando la modif‌icación del ROF
no represente cambios en la estructura orgánica o en el
presupuesto aprobado de operación y funcionamiento
para la Entidad mayores a un cinco por ciento (5%) en
el ejercicio presupuestal vigente, el Informe Técnico sólo
versará en el análisis funcional de la propuesta y el cuadro
comparativo de los gastos de operación de la estructura
vigente y la propuesta;
Estando a lo expuesto, contando con el sustento
técnico de la Gerencia de Planif‌icación y Presupuesto
y el informe legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica
con opinión favorable para su aprobación por cuanto
cumple con los lineamientos normativos señalados en la
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Decreto
Supremo Nº 043-206-PCM, que aprueba los Lineamientos
para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de
Organizaciones y Funciones-ROF por parte de las
Entidades de la Administración Pública.
Estando a los fundamentos expuestos y de
conformidad con lo dispuesto por los numerales 8) y 9)
de Municipalidades, y contando con el voto unánime del
Pleno del Concejo y con la dispensa de la lectura y trámite
de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
(ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC
Artículo Primero.- APROBAR la modif‌icación de
los artículos 35º, 36, 66°, 70º, 71º, 72, 75º, 76°, 77º y
80º del Reglamento de Organización y Funciones de la
Municipalidad Distrital del Rímac, aprobado mediante
Ordenanza N° 332-MDR, modif‌icada mediante Ordenanza
N° 357-MDR, a efectos de incluir en la estructura
Orgánica la creación y/o fusión de las unidades orgánicas
y programas conforme se detalla a continuación:
(…)
04. ORGANOS DE ASESORAMIENTO
4.2 GERENCIA DE PLANIFICACIÓN Y
PRESUPUESTO
ARTÍCULO 29º: Proponer a la Alta Dirección los Objetivos
Estratégicos, los planes, programas y presupuestos
participativos, así como los procesos de racionalización
administrativa, f‌inanciera y estadística municipal, en el marco
de las necesidades institucionales.
a) Proponer, orientar y supervisar, la elaboración y
mantenimiento actualizado del diagnóstico del Distrito del
Rímac, así como los estudios e informes técnico –económico -
f‌inancieros de base estratégica para el desarrollo del Distrito.
b) Coordinar el proceso de formulación de los planes
de desarrollo local, e institucional ya sean estos de
corto, mediano o largo plazo, integrales, urbanísticos,
ambientales, específ‌icos u otros que la gestión requiera.
c) Formular en coordinación con todos los Órganos
y Unidades Orgánicas el plan Operativo Institucional,
desarrollando y aplicando los instrumentos de monitoreo
y evaluación que correspondan.
d) Conducir el proceso técnico del Presupuesto
Participativo en coordinación con la Gerencia de
Participación Vecinal y demás relacionadas con la
formulación de los proyectos de inversión.
e) Orientar, dirigir, coordinar y controlar las fases
de programación, formulación, aprobación, ejecución y
evaluación del Presupuesto Institucional, conforme a la
normatividad presupuestaria vigente.
f) Ejecutar, supervisar y coordinar el desarrollo
de la función de programación de inversiones de la
Municipalidad (OPI), de conformidad con el Sistema
Nacional de Inversión Pública.
g) Asesorar y dar opinión en relación al manejo
económico y f‌inanciero, como a lo referido a endeudamiento
de corto o largo plazo.
h) Proponer y formular el análisis funcional
organizacional y documentos de gestión institucional, de
conformidad con la normatividad vigente.
i) Proponer y conducir la implementación de los
modelos de organización que se establezcan, así como el
mejoramiento continuo de su organización.
j) Supervisar y coordinar la elaboración y sistematización
de la información estadística básica municipal.
k) Asesorar y apoyar a los órganos de la Municipalidad
Distrital del Rímac, en lo relativo al diseño y presentación
de proyectos para su priorización.
l) Participar en la elaboración del Sistema Integrado
de Información Institucional, en el ámbito de su
competencia.
m) Coordinar la presentación de reportes estadísticos,
a la Gerencia Municipal, periódicamente y cuando le sea
requerido por la Alta Dirección.
n) Coordinar el proceso de actualización del TUPA y
elaboración del sustento técnico del mismo.
o) Coordinar con las Gerencias de Rentas y
Administración, la formulación del Texto Único de Servicios
no Exclusivos.

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