ORDENANZA N° 404/MDR - Ordenanza que regula la provisión de estacionamientos vehiculares para establecimientos comerciales en el distrito del Rímac

Fecha de disposición13 Diciembre 2014
Fecha de publicación13 Diciembre 2014
El Peruano
Sábado 13 de diciembre de 2014 539847
dentro de un área de mayor extensión en la Partida
Matriz Nº P01073741 del Registro de Predios de Lima.
8.- Se independice el terreno de 9,529.00 m2 ubicado en
la manzana “C” de la urbanización San Felipe, inscrito
en la Ficha Matriz N° 89733 del Registro de Predios de
Lima, y de acuerdo al plano y resolución de habilitación
inserto en el titulo archivado 9767 del 13 de setiembre
de 1974, constituye un área destinado a parque. 9.- Se
independice el terreno de 14,086.92 m2 denominado área
verde de la urbanización San Felipe, inscrita en la Ficha
Matriz N° 89627 del Registro de Predios de Lima. 10.- Se
independice el terreno de 44,187.74 m2, ubicado entre
los Asentamientos Humanos Santa Rosa de Collique,
Los Claveles, Collique V Sector en el distrito de Comas,
provincia y departamento de Lima, inscrito dentro de
un área mayor en la Partida 11049870 del Registro
de Predios de Lima. 11.- Se incorpore en primera de
dominio a favor de la Municipalidad Distrital de Comas,
el terreno de 163,443.77 m2, ubicado frente al Pueblo
Joven Carmen Alto Señor de los Milagros II Etapa en el
distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, de
conformidad al certif‌i cado de búsqueda catastral emitido
por SUNARP. 12.- Se incorpore en primera de dominio a
favor de la Municipalidad Distrital de Comas, el terreno de
107,885.12 m2, ubicado frente al Pueblo Joven Pampa de
Comas en el distrito de Comas, provincia y departamento
de Lima, de conformidad al certif‌i cado de búsqueda
catastral emitido por SUNARP;
Que, mediante Informe N° 824-2014-GAJ-MDC de
fecha 22.09.2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica
señala que es posible la modif‌i cación propuesta por la
Sub Gerencia de Registro Civil y Familia en cuanto a las
áreas donde se encuentran ubicados los cementerios
municipales Mártires 19 de Julio y Paz y Libertad a través
del Acuerdo de Concejo correspondiente y que sea
aprobado por el Concejo Municipal luego de los trámites
que corresponden de conformidad con lo regulado en el
Reglamento Interno de Concejo – RIC; por lo tanto opina
que el Proyecto de Acuerdo de Concejo que modif‌i ca
el Acuerdo de Concejo N° 042-2012-MDC de fecha
19.10.2012, en cuanto a las áreas donde se encuentran
ubicados los cementerios municipales denominados
“Mártires 19 de Julio” y “Paz y Libertad”, se encuentran
acorde a la normativa vigente, por tanto se recomienda su
aprobación, debiéndose elevar los actuados al Concejo
Municipal, para que en el ejercicio de sus funciones y
previos los trámites legales que corresponda, proceda a
tal efecto;
Estando a lo expuesto y de conformidad con las
atribuciones previstas en el artículo 9º numeral 8) de la
voto Mayoritario de los señores regidores, con la dispensa
del trámite de aprobación y lectura del Acta;
ACUERDA:
Artículo Primero.- MODIFICAR y PRECISAR los
numerales 11, y 12, del Artículo Primero del Acuerdo de
Concejo Nº 042-2012-MDC, en los siguientes términos:
Artículo Primero.- Solicitar a la Of‌i cina Registral de
Lima y Callao, la inscripción a nombre de la Municipalidad
Distrital de Comas, los siguientes predios:
11. Se inscriba en primera de dominio a favor de la
Municipalidad Distrital de Comas, el terreno de 163,355.04
m2, donde se encentra ubicado el Cementerio Municipal
“Mártires 19 de Julio” de dominio por más de 40 años,
ubicado frente al Pueblo Joven Carmen Alto Señor de
los Milagros II Etapa en el distrito de Comas, provincia y
departamento de Lima, de conformidad al certif‌i cado de
búsqueda catastral emitido por Sunarp.
12. Se inscriba en primera de dominio a favor
de la Municipalidad Distrital de Comas, el terreno
de 107,595.98 m2, donde se encentra ubicado el
Cementerio Municipal “Paz y Libertad” de dominio
por más de 40 años, ubicado frente al Pueblo Joven
Pampa de Comas en el distrito de Comas, provincia y
departamento de Lima, de conformidad al certif‌i cado de
búsqueda catastral emitido por Sunarp.
Artículo Segundo.- PROCÉDASE a la publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano y en un diario de circulación
nacional, el inicio del procedimiento de saneamiento
físico legal de los terrenos descritos en los artículos
precedentes.
Artículo Tercero.- DISPONER con respecto a los
terrenos expeditos para su saneamiento la remisión del
presente Acuerdo a la Of‌i cina Registral de Lima y Callao
para su conocimiento y f‌i nes.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal
de la Municipalidad Distrital de Comas el cumplimiento del
presente acuerdo.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Administración y Finanzas disponer de un presupuesto
para la colocación de hitos en coordinación con la
Gerencia de Desarrollo Urbano para la delimitación y
reconocimiento del área perimétrica de los cementerios
en mención, a f‌i n de evitar la ocupación de asentamientos
humanos colindantes al terreno.
Dado en el Palacio Municipal a los veintinueve días del
mes de octubre del año dos mil catorce.
NICOLAS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO
Alcalde
1176791-1
MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Ordenanza que regula la provisión de
estacionamientos vehiculares para
establecimientos comerciales en el
distrito del Rímac
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 404/MDR
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RÍMAC
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RIMAC;
VISTO, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha
27 de noviembre de 2014;
CONSIDERANDO:
señala que los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia; autonomía que se encuentra reconocida
en la Constitución Política del Perú y que radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y
de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico
vigente;
Que, el artículo 62º, Norma A.010, CAPITULO XI
- ESTACIONAMIENTOS del Reglamento Nacional de
Edif‌i caciones establece que: “En los casos excepcionales por
déf‌i cit de estacionamiento, los espacios de estacionamientos
requeridos, deberán ser adquiridos en predios que se
encuentren a una distancia de recorrido peatonal cercana a la
Edif‌i cación que origina el déf‌i cit, mediante la modalidad que
establezca la Municipalidad correspondiente, o resolverse
de acuerdo a lo establecido en el Plan Urbano;.
Quer, la Subgerencia de Control Urbano y Obras
Privadas mediante Informe Nº 463-2014-SGCUOP-GDU/
MDR propone al Concejo la Ordenanza que regula la
provisión de estacionamientos vehiculares en el distrito,
estando a lo dispuesto en el artículo 10º de la Ley Nº 29461,
Ley que regula el Servicio de Estacionamiento Vehicular;
Que, la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia
de Funcionamiento regula el procedimiento para
establecimientos comerciales;

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