ORDENANZA N° 400-MDR - Modifican Ordenanza N° 398-MDR, incluyendo el margen de fechas de las multas impuestas

Fecha de disposición11 Noviembre 2014
Fecha de publicación11 Noviembre 2014
El Peruano
Martes 11 de noviembre de 2014 537353
la presente Ordenanza en la página web de la corporación
edil, cuya dirección es www.munirimac.gob.pe.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en Palacio Municipal a los veinticinco días del
mes de octubre del dos mil catorce.
ENRIQUE PERAMÁS DIAZ
Alcalde
1162123-1
Modifican Ordenanza Nº 398-MDR,
incluyendo el margen de fechas de las
multas impuestas
ORDENANZA Nº 400-MDR
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Rímac, en Sesión Ordinaria
de Concejo de fecha 03 de noviembre de 2014;
CONSIDERANDO:
Que, las municipalidades gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú,
concordante con el artículo II del Título Preliminar de la
Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, a través de la Ordenanza Nº 398-MDR se otorga
el descuento del 90% de las multas administrativas que
se encuentren pendiente de pago en la jurisdicción del
distrito del Rímac;
Que, el inciso 1) del artículo 1º de la Ordenanza
Nº 398-MDR, establece la reducción del 90% del importe
total de las multas administrativas, pero no señala el
margen de fechas de las multas impuestas que ingresan
al presente benef‌i cio;
Que, el Principio de Autonomía de acuerdo a lo
establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley
Nº 27972 en su artículo II del Título Preliminar establece
que los gobiernos locales gozan de autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia. La autonomía que la Constitución Política
del Perú establece para las municipalidades radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, en virtud a lo anteriormente señalado y
considerando el Principio de Autonomía regulado en
el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades y el artículo 194º de la Constitución
Política del Perú, resulta necesario modif‌i car la Ordenanza
Nº 398-MDR, respecto al margen de fechas de las multas
impuestas que ingresan al presente benef‌i cio;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones
conferidas en la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de
Municipalidades, el Concejo Municipal, por unanimidad y
con la dispensa de la lectura y aprobación del acta;
Aprobó la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA
Nº 398-MDR
Artículo Primero.- MODIFÍCAR, el artículo 1º inciso
1) de la Ordenanza Nº 398-MDR, incluyendo el margen de
fechas de las multas impuestas que ingresan al presente
benef‌i cio.quedando redactado de la siguiente manera:
“Redúzcase en un 90% el importe total del monto
de las multas administrativas impuesta a los vecinos
y comerciantes del distrito, únicamente a las multas
impuestas hasta el 30 de junio del año 2014”.
Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará
en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo Tercero.- Ratif‌i car la vigencia de la Ordenanza
Nº 398-MDR en lo demás de su contenido.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de
Fiscalización Administrativa, Gerencia de Rentas el
cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal,
Secretaría Municipal y a la Sub Gerencia de Informática,
disponga la publicación de la presente Ordenanza, en
la página web de la Corporación Edil, cuya dirección
electrónica es: www.munirimac.gob.pe.
Artículo Sexto.- Encargar la Publicación de la
presente Ordenanza en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo Sétimo.- Deróguese toda disposición que
sea contraria al presente dispositivo legal.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal a los tres días del mes
de noviembre del dos mil catorce.
ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ
Alcalde
1162126-1
REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
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Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales,
reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración,
actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará
un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo
electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.
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