ORDENANZA N° 384-MDCC - Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad

Fecha de disposición07 Junio 2015
Fecha de publicación07 Junio 2015
El Peruano
Domingo 7 de junio de 2015 554593
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2016
ACTIVIDADES FECHAS HORARIOS
Preparación: Emisión de Ordenanza,
Conformación de Equipo Técnico,
Resoluciones de reconocimiento,
preparación de documentos
informativos y coordinación entre
niveles de gobierno, articulación de
cronogramas
Del
20/05/2015
al
04/06/2015
De: 08:00
am a
1:00 pm
De; 02:00
pm a
05:00 pm
ConvocatoriaPública, CCL, CVC, OSB,
otros; sensibilización y publicaciones
en medios de comunicación del PPxR
2016, Inscripción y Acreditación de
Agentes Participantes.
Del 04 al
09/06/2015 De 08:00 am
a 05:00 pm
Talleres descentralizados de
Capacitación:
Diagnóstico, información de normas,
criterios, Plani cación Estratégica,
SNIP, PDC y otros
Identi cación y Priorización de
Resultados / Proyectos de Inversión
Sede Cercado Cerro Azul:
Municipalidad
10/06/2015 5:00 p.m.
Taller Central:
Priorización de Proyectos
Formalización de Acuerdos y
Compromisos
Capacitación al Comité de Vigilancia
Sede Cercado Cerro Azul:
Municipalidad
17/06/2015 4:30 pm
1247138-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CERRO COLORADO
Aprueban el Cuadro para Asignación
de Personal Provisional de la
Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL
N° 384-MDCC
Cerro Colorado, 7 de mayo del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CERRO COLORADO
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CERRO COLORADO, en Sesión Extraordinaria de
Concejo N° 04-2015-MDCC llevada a cabo el 06 de Mayo
del 2015, trató la propuesta de Ordenanza Municipal que
contiene el Cuadro de Asignación de Personal Provisional,
y;
VISTO:
El Informe N° 121-2015-MDCC/GPPR, emitido
por el Gerente de Plani cación, Presupuesto y
Racionalización, Informe N° 034-2015-GAJ-MDCC
emitido por el Gerente de Asesoría Jurídica, sobre la
Ordenanza que contiene el Cuadro de Asignación de
Personal Provisional, y;
CONSIDERANDO:
Estado precisa que las municipalidades provinciales
y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia. La estructura orgánica del
gobierno local la conforman el Concejo Municipal como
órgano normativo y scalizador y la Alcaldía como órgano
ejecutivo, con las funciones y atribuciones que les señala
la ley;
Que, en ese sentido el artículo II del Título Preliminar
señala que los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia. La autonomía que la Constitución
Política del Perú establece para las municipalidades
radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración, con sujeción al
ordenamiento jurídico;
Que, asimismo la Cuarta Disposición Complementaria
Final de la Ley del Servicio Civil N° 30057, dispone
la creación del Cuadro de Puestos de la Entidad como
instrumento de gestión que reemplazará al Cuadro
para Asignación de Personal y al Presupuesto Analítico
de Personal; y el primer párrafo del artículo 128 del
Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, Decreto
Supremo N° 040-20145-PCM, establece que el Cuadro
de Puestos de la Entidad es el instrumento de gestión en
donde las entidades establecen los puestos, la valorización
de los mismos y el presupuesto asignado a cada uno de
ello, incluidos los puestos vacantes presupuestados, entre
otra información;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva
N° 152-2014-SERVIR la Autoridad Nacional del Servicio
Civil, emite la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC
sobre Reglas de aplicación progresiva para la aprobación
del Cuadro de Puestos de las Entidades, adicionándose
a ésta Directiva a través de la Resolución de Presidencia
Ejecutiva N° 234-2014-SERVIR, el numeral 4.8 que
precisa las entidades de nivel regional y local que no
se encuentren en proceso de tránsito al nuevo régimen
del servicio civil, podrán aprobar su CAP provisional
siguiendo los lineamientos y condiciones establecidos
en dicha Directiva; dispositivo legal que además
determina que al efectuarse la modi cación parcial o
total del Reglamento de Organización y Funciones
podrán también en un plazo máximo de tres meses,
contados a partir de la vigencia de dicha modi cación,
tramitar la aprobación de un CAP Provisional en
conformidad a la normatividad vigente, el cual una vez
aprobado deberá remitirse una copia a SERIVIR, quien
a su vez podrá realizar las observaciones sustantivas
conforme a sus atribuciones.
Que, estando a lo expuesto, estando al Informe
N° 121-2015-MDCC/GPPR, emitido por el Gerente de
Plani cación, Presupuesto y Racionalización, Informe N°
034-2015-GAJ-MDCC emitido por el Gerente de Asesoría
Jurídica, con dispensa del trámite de lectura y aprobación
del Acta, el Concejo Municipal aprobó por Unanimidad la
siguiente;
ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA
ASIGNACION DE PERSONA PROVISIONAL – CAP DE
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
CERRO COLORADO
Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para
Asignación de Personal Provisional– CAP de la
Municipalidad Distrital de Cerro Colorado, que forma parte
integrante de la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- DISPONER que el Cuadro para
Asignación de Personal Provisional– CAP aprobado en
el artículo precedente y que forma parte de la presente
ordenanza sea publicado en el Portal de la Municipalidad
Distrital de Cerro Colorado (www.municerrocolorado.
gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.
gob.pe)
Artículo Tercero.- DISPONER que de conformidad
con el artículo 04 del Reglamento de la Ley N° 29091
aprobado por Decreto Supremo N° 004-2008-PCM; la
presente ordenanza sin sus anexos, sea publicada en el
Diario O cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MANUEL E. VERA PAREDES
Alcalde
1247061-1

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