Ordenanza Nº 378-2023-GRJ/CR. Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Junín

Fecha de publicación22 Septiembre 2023
SecciónSección Única
80 NORMAS LEGALES Viernes 22 de setiembre de 2023
El Peruano
/
- Establecer canales de comunicación entre el sector
público y privado para lograr una visión conjunto sobre la
actividad turística regional.
- Emitir opinión sobre los planes, programas, proyectos
e inversiones regionales.
- Proponer acciones de facilitación turística, protección
y defensa del turista.
- Realizar el seguimiento y monitoreo en la
implementación de los instrumentos de gestión a nivel
regional.
- Otras funciones anes que se sometan a
consideración.
Artículo Quinto.- El Comité Consultivo Regional
de Turismo - CCRT Ica, a través de la mayoría de sus
miembros, podrá aceptar la inclusión o separación
de los miembros, estableciendo el procedimiento
correspondiente en su Reglamento Interno.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Dirección Regional
de Comercio Exterior y Turismo de Ica, en el plazo de 30
días contados desde la aprobación de la presente norma,
elaborar y aprobar el Reglamento Interno del Comité
Consultivo Regional de Turismo - CCRT Ica para su
respectiva aprobación mediante Resolución Directoral, así
como la elección del Consejo Directivo que lo presidirá.
Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia
de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano del
Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría General del
Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente
Ordenanza Regional en el Diario Ocial “El Peruano”, en
el Diario encargado de las publicaciones judiciales de la
Región, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de
Ica y todas sus dependencias descentralizadas.
Comuníquese al señor Gobernador de Ica para su
promulgación.
En Ica, a los nueve días del mes de junio del año dos
mil veintitrés
LUIS ALBERTO CASTRO MAKABE
Consejero Delegado
Consejo Regional de Ica.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Dado en la sede del Gobierno Regional de Ica a los 27
días del mes de junio del dos mil veintitrés.
JORGE CARLOS HURTADO HERRERA
Gobernador Regional de Ica.
2217422-1
GOBIERNO REGIONAL
DE JUNÍN
Aprueban el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) del Gobierno
Regional Junín
ORDENANZA REGIONAL
Nº 378-2023-GRJ/CR
VISTO:
Dictamen N°11-2023-GRJ-CPPPATyDI, de fecha
01.08.2023.
POR CUANTO:
De conformidad con lo previsto en los artículos 191º
y 192º de la Constitución Política del Perú modicada
por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley
de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; en la
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867
y sus modicatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley
Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y
demás normas complementarias y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del
Estado, modicado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma
Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre
Descentralización, concordante con el artículo 2° de la
Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,
que señala, los Gobiernos Regionales tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, establece que, el Consejo
Regional es el órgano normativo y scalizador del
gobierno regional; y el inciso a) del artículo 15° de la misma
norma establece: son atribuciones del Consejo Regional,
aprobar, modicar o derogar las normas que regulen o
reglamenten los asuntos y materias de competencia y
funciones del Gobierno Regional;
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1203, la
Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del
Consejo de Ministros, crea el Sistema Único de Trámite
– SUT como herramienta informática para la elaboración,
simplicación y estandarización del Texto Único de
Procedimientos Administrativos, así como el repositorio
ocial de los procedimientos administrativos y servicios
prestados en exclusividad, con su correspondiente
información sustentatoria formulados por las entidades de
la Administración Pública.
Que, mediante la Resolución de Secretaria de
Gestión Pública Nº 001-2018-PCM-SGP, se establece las
condiciones mínimas y los plazos para la implementación
y uso progresivo del Sistema Único de Trámites (SUT) en
las entidades de la Administración Pública;
Que, mediante la Resolución de Secretaria de
Gestión Pública N° 002-2019-PCM-SGP, se aprueba el
cronograma para la adecuación al Nuevo Formato del
Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA.
Que, mediante la Resolución de Secretaria de
Gestión Pública N° 006-2021-PCM-SGP, se prorrogan
plazos a las entidades a que se reere la Resolución de
Secretaria de Gestión Pública N° 002-2019-PCM-SGP
para la adecuación al Nuevo Formato del Texto Único de
Procedimientos Administrativos-TUPA.
Que, mediante Resolución de Secretaria de Gestión
Pública N° 005-2018-PCM-SGP, se aprueba los
Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto
Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), el cual
tiene por objetivo establecer los criterios técnicos–legales
que deben seguir las entidades de las administración
pública para la elaboración, aprobación y publicación de los
Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA)
que compendian los procedimientos administrativos y
servicios prestados en exclusividad;
Que, el numeral 44.1 del artículo 44º del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo
004-2019-JUS establece que, el Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por
Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional,
por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular
de organismo constitucionalmente autónomo, según
el nivel de gobierno respectivo, en ese orden de ideas
el numeral 44.2 de la norma aquí citada señala que, la
norma que aprueba el TUPA, se publica en el diario Ocial
El Peruano;
Que, mediante Decreto Supremo N°112-2021-
PCM, se aprobaron (75) procedimientos administrativos
estandarizados del sector de Energía y Minas a cargo de
los Gobierno Regionales.
Que, mediante Decreto Supremo N°047-2021-
PCM, se aprobaran (38) procedimientos administrativos
estandarizados y un servicio prestado en exclusividad
del sector Transportes y Comunicaciones a cargo de los
Gobierno Regionales.
Que, mediante Decreto Supremo N°044-2021-
PCM, se aprobaron (10) procedimientos administrativos
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 22/09/2023 00:23

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