ORDENANZA N° 362-MDA - Modifican sectores catastrales contenidos en el Artículo 8° de la Ordenanza N° 035-MDA de la Municipalidad

Fecha de disposición23 Noviembre 2014
Fecha de publicación23 Noviembre 2014
El Peruano
Domingo 23 de noviembre de 2014 538257
Coordinador Ejecutivo de Análisis Operativo del
Departamento de Análisis Operativo de la Unidad de
Inteligencia Financiera del Perú, para que participe en el
citado evento;
Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones,
mediante Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-085-17,
ha dictado una serie de Medidas Complementarias
de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014,
estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán
viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la
representación sobre temas vinculados con negociaciones
bilaterales, multilaterales, foros o misiones of‌i ciales que
comprometan la presencia de sus trabajadores, así como
para el ejercicio de funciones o participación en eventos
de interés para la Superintendencia, como el presente
caso;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje
del citado funcionario para participar en el evento indicado,
cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos
serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al
Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y,
En uso de las facultades que le conf‌i ere la Ley Nº
26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca
y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley
Nº 27619 y en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas
Complementarias de Austeridad en el Gasto para el
Ejercicio 2014 Nº SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora lo
dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el
Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor David
Cifuentes Mendoza, Coordinador Ejecutivo de Análisis
Operativo del Departamento de Análisis Operativo de la
Unidad de Inteligencia Financiera del Perú de la SBS, del
01 al 04 de diciembre de 2014, a la ciudad de Bogotá,
República de Colombia, para los f‌i nes expuestos en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro
de los 15 (quince) días calendario siguientes a su
reincorporación, deberá presentar un informe detallado
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el
cumplimiento de la presente autorización por conceptos
de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por
esta Superintendencia con cargo al Presupuesto
correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente
detalle:
Pasajes aéreos US$ 616,99
Viáticos US$ 1 110,00
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga
derecho a exoneración o liberación de impuestos de
Aduana de cualquier clase o denominación a favor del
funcionario cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
1168191-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE
Modifican sectores catastrales
contenidos en el Artículo 8º de
la Ordenanza Nº 035-MDA de la
Municipalidad
ORDENANZA Nº 362-MDA
Ate, 7 de noviembre de 2014
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión
Ordinaria de Concejo de fecha 07 de Noviembre del
2014, visto el Dictamen Nº 021-2014-MDA/CDUIP de la
Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura Publica;
y,
CONSIDERANDO
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo
194º (modif‌i cada por la Ley Nº 28607), establece que
las Municipalidades son órganos de gobierno local con
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Municipalidades, establece en sus artículos 73º, 74º, 75º,
76º, 78º, 79º, 80º, 81º, 82º, 83º, 84º, 85º, 86º, 87º, 88º
y 97º; que las Municipalidades Distritales en materia de
organización del espacio físico y uso del suelo, tienen
la función especif‌i ca de aprobar el Plan Urbano rural o
distrital, con sujeción al plan y a las normas municipales
provinciales sobre la materia, con arreglo a lo dispuesto
en la presente ley orgánica;
Que, mediante Informe Nº 1090-2014/MDA-GDU-
SGPUC, la Sub Gerencia de Planificación Urbana y
Catastro en mérito al convenio con COFOPRI – ATE,
se propone los nuevos sectores catastrales, que
se realizó en concordancia con las orientaciones y
proposiciones de la Ley Nº 28294, que crea el Sistema
Nacional Integrado de Información Catastral y de
los instrumentos técnico-normativos metropolitanos
vigentes como la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades, y considerando la dinámica urbana
de la realidad distrital producida en las ultimas cuatro
(4) décadas;
Que, mediante Memorándum Nº 454-2014/MDA-
GDU, la Gerencia de Desarrollo Urbano considera
factible la adecuación de la Ordenanza Nº 035-MDA
conforme a la propuesta de nuevos Sectores Catastrales,
específ‌i camente en el artículo 8º en lo referido únicamente
a los Sectores Catastrales que conforman las Zonas del
Distrito;
Que, mediante Informe Nº 934-2014-MDA/GAJ,
la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta
factible la adecuación de la Ordenanza Nº 035-MDA, a
la propuesta de nuevos Sectores Catastrales, conforme
a la facultad contenida en el inciso 8) del artículo 9º y
Que, mediante Dictamen Nº 021-2014-MDA/CDUIP
de la Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura
Pública recomienda aprobar la Ordenanza que Modif‌i ca
los Sectores Catastrales contenidos en el artículo 8º de
la Ordenanza Nº 035-MDA de la Municipalidad Distrital de
Ate; solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo
Municipal para su conocimiento, debate y aprobación
correspondiente;
Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de
las facultades conferidas por el inciso 8) del Artículo 9º de
la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando
con el voto por unanimidad de los señores Regidores y
con la dispensa de la lectura y aprobación de actas se ha
dado la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA LOS SECTORES
CATASTRALES CONTENIDOS EN EL ARTÍCULO
8º DE LA ORDENANZA Nº 035-MDA DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE
Artículo Primero.- APROBAR; la Adecuación de
los nuevos Sectores Catastrales en mérito al Convenio
de Delegación de Facultades y de Cooperación
Interinstitucional entre el Organismo de Formalización
de la Propiedad Informal COFOPRI y la Municipalidad
Distrital de Ate, la misma que fuera suscrita el 21 de
agosto del 2013.
Artículo Segundo.- MODIFICAR; el artículo 8º
de la Ordenanza Nº 035-MDA de fecha 7 de Julio del
2003, respecto a la adecuación de los nuevos sectores
catastrales que se realizó en concordancia con las
orientaciones y proposiciones de la Ley Nº 28294, Ley
que Crea el Sistema Nacional Integrado de Información
Catastral, de acuerdo al siguiente cuadro:

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