ORDENANZA N° 351-2015-MDL - Aprueban Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP) de la Municipalidad

Fecha de disposición25 Abril 2015
Fecha de publicación25 Abril 2015
El Peruano
Sábado 25 de abril de 2015 551407
Los aportes Reglamentarios aprobados se distribuyen
de la siguiente manera:
Área Bruta del terreno: 9,466.35 m2
Área de aportes: Otros Fines 2% = 189.84 m2 (aporte
de Otros Fines será 100% físico).
Educación 1% = 94.66 m2 (el aporte de Educación
será redimido en dinero).
Artículo Segundo.- Asimismo, mediante la presente
se RATIFICA en sus demás extremos la Resolución
Gerencial Nº 396/2013-godu-mdch DEL 18.12.2013 Y
SU Recti catoria Resolución Gerencial Nº 397/2013-
GODU-MDCH de fecha 19/12/2013, que resuelven:
APROBAR la Habilitación Urbana del terreno con un
área de 9, 466.35 m2, constituido por la acumulación
de los sectores 5, 6, 7, 8 y 9 cali cado como: ZONA DE
HABILITACIÓN RECREACIONAL ZHR, ubicado en la
Urbanización Country Club Villa, Distrito de Choirrillos,
Provincia y Departamento de Lima; para el desarrollo del
CONDOMINIO RESIDENCIAL VILLA.
El terreno está inscrito en la partida Nº 41962348 del
Registro de Predios.
Artículo Tercero.- Encárguese el cumplimiento de lo
resuelto, a la GERENCIA DE OBRAS Y SUBGERENCIA
DE CATASTRO Y HABILITACIONES URBANAS.
Regístrese, comuníquese y archívese.
JOSE CESPEDES CAYACA
Gerente de Obras y Desarrollo Urbano
1228825-1
MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban Cuadro de Asignación de
Personal Provisional (CAP) de la
municipalidad
ORDENANZA Nº 351-2015-MDL
Lince, 23 de abril de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE;
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Lince, en Sesión Ordinaria de
la fecha, visto el Dictamen Nº 003-2015-MDL-CAL de la
Comisión de Asuntos Legales; y de conformidad con lo
establecido en los artículos y 40º de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal
por UNANIMIDAD; y con dispensa del trámite de lectura y
aprobación del Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO DE
ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE
Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro de Asignación
de Personal Provisional (CAP) de la Municipalidad Distrital
de Lince.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría
General la publicación de la presente Ordenanza en
el Diario O cial “El Peruano” y a la Subgerencia de
Desarrollo Corporativo y Tecnología la publicación del
íntegro del texto aprobado por la presente Ordenanza en
el portal electrónico de la Municipalidad Distrital de Lince:
(www.munilince.gob.pe).
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de
Recursos Humanos, la remisión a la Autoridad Nacional
de Servicio Civil –SERVIR, el archivo digital de CAP
provisional, dentro del plazo de treinta (30) días de su
aprobación.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, la Gerencia de Administración y Finanzas y
demás unidades orgánicas competentes el cumplimiento
de la presente Ordenanza.
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
O cial “El Peruano”.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
MARTIN PRINCIPE LAINES
Alcalde
1229201-1
Aprueban Directiva para el
Mantenimiento del Registro Actualizado
de Contribuyentes de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 006-2015-MDL
Lima, 20 de abril de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de
la Constitución Política del Perú en concordancia con el
artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades los gobiernos locales tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento
jurídico;
Que, en el artículo 14° del Texto Único Ordenado de
la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto
Supremo 156-2004-EF, se establece los supuestos en
los cuales los contribuyentes están obligados a presentar
Declaración Jurada;
Que, el artículo 66° del mismo cuerpo legal, establece
que las tasas municipales son los tributos creados por los
Concejos Municipales cuya obligación tiene como hecho
generador la prestación efectiva por la Municipalidad
de un servicio público o administrativo, reservado a las
Municipalidades de acuerdo con la Ley Orgánica de
Municipalidades;
Que, por su parte, el TUO del Código Tributario,
aprobado por Decreto Supremo 133-2013-EF, otorga la
facultad de scalización de la Administración Tributaria
para que ejerza en forma discrecional, siendo así
que el ejercicio de la función scalizadora incluye la
inspección, investigación y el control del cumplimiento
de obligaciones tributarias, incluso de aquellos sujetos
que gocen de inafectación, exoneración o bene cios
tributarios;
Que, el numeral 88.1 del artículo 88° del TUO del
referido Código Tributario, establece que la declaración
tributaria es la manifestación de hechos comunicados a la
Administración Tributaria en la forma y lugar establecidos
por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o
norma de rango similar, la cual podrá constituir la base
para la determinación de la obligación tributaria;
Que, mediante Informe N° 012-2015-MDL-GSAT-
SRAC de fecha 24 de marzo de 2014, elaborado por la
Subgerencia de Registro y Atención al Contribuyente,
indica que al haberse aprobado el nuevo Reglamento
de Organización y Funciones, así como una nueva
Estructura Orgánica de la Municipalidad, resulta pertinente
actualizar el INSTRUCTIVO DE PRESENTACIÓN
DE DECLARACIONES JURADAS DE AUTOVALÚO,
aprobada mediante Decreto de Alcaldía N° 007-2007-ALC-
MDL, y el PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN, BAJAS,
RECTIFICACIÓN DE OFICIO DE DECLARACIÓN JURADA
DE IMPUESTO PREDIAL Y/O ARBITRIOS, aprobada por
Decreto de Alcaldía N° 003-2014-ALC-MDL;
Que, mediante Memorándum N° 051-2015-MDL-
GSAT de fecha 30 de marzo de 2015, la Gerencia de
Servicios de Administración Tributaria sostiene que resulta
necesario se regule el procedimiento para la inscripción,
descargo, recti caciones, actualización de datos mediante
la presentación de declaración jurada o por proceso de
scalización, así también la generación de las deudas
a los contribuyentes por los tributos (Impuesto Predial,
Arbitrios Municipales) y Multas Tributarias; por lo que se
ha elaborado la DIRECTIVA PARA EL MANTENIMIENTO
DEL REGISTRO ACTUALIZADO DE CONTRIBUYENTES
DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE, en la que se regula
cada uno de los procedimientos;

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