Ordenanza Nº 339-MVMT. Aprueban el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2023 Basado en resultados del distrito de Villa María del Triunfo

Fecha de publicación16 Septiembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Villa María del Triunfo, 1 de setiembre de 2022

EL ALCALDE DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Villa María del Triunfo, en Sesión Ordinaria de la fecha; y,

VISTO: El Informe Nº 032-2022-OPPPMI/MDVMT de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, el Informe Nº 172-2022-OAJ/MVMT de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 592-2022-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, respecto a la Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2023 Basado en resultados del distrito de Villa María del Triunfo; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, según el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala que Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Asimismo, en el Artículo 112º de la Ley Nº 27972 establece que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión. Para tal fin deberá garantizarse el acceso de todos los vecinos a la información;

Que, de acuerdo a los Artículos y 42º de la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización señala que los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Esta, a su vez, se canaliza a través de los mecanismos y espacios de participación, concertación y fiscalización de la comunidad en la gestión municipal;

Que, mediante de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, define al proceso del presupuesto participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil....

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