Pachacámac, 6 de marzo del 2024
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO
DE PACHACÁMAC
VISTOS: En sesión extraordinaria de concejo de la fecha, el oficio N° 002-2024, emitido por la Comisión de Desarrollo Urbano, Rural y Transporte, el informe N° 045-2024-MDP/GDU e informe N° 206-2023-MDP/GDU emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, que hace suyo el informe N° 0469-2023-SGPUCOPHU-GDU-MDP emitido por la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Catastro, Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, el informe N° 023-2024-OGPPM/MDP emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, los informes N° 436-2023-MDP/OAJ y N° 088-2024-MDP/OAJ emitidos por la Oficina General de Asesoría Jurídica y el memorando N° 314-2024-GM/MDP cursado por la Gerencia Municipal sobre el proyecto de ordenanza que modifica la Ordenanza N° 313-2023-MDP/C;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del título preliminar de la ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la misma radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 73 de la ley, dispone que, las municipalidades se encuentran facultadas de emitir normas técnicas generales en materia de organizaciones del espacio físico y uso del suelo, así como sobre protección y conservación del ambiente puesto que las mismas ejercen funciones promotoras, normativas y reguladoras, así como las de ejecución y de fiscalización y control, en las...