Pachacámac, 15 de diciembre del 2023
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO
DE PACHACÁMAC
VISTOS: en sesión ordinaria de la fecha, el informe N°510-MDP/GSCGA-SGLPAVO emitido por la Subgerencia de Limpieza Pública, Áreas Verdes y Ornato, el memorando N°479-20223-MDP/GSCGA, el oficio N°022-2023-MDP/GSCGA y el informe N°140-2023-MDP/GSCGA emitidos por la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, los informes N°269 y 385-2023-MDP/OGAJ emitidos por la Oficina General de Asesoría Jurídica, las actas de las reuniones de la Comisión Ambiental Municipal del Distrito de Pachacámac de fecha 24 de julio de 2023, el oficio N°636-2023-MINAM/VMGA/DGPIGA cursado por la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente a la entidad, y el memorando N°1630-2023-GM/MDP cursado por la Gerencia Municipal;
CONSIDERANDO:
Que, el inciso 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, consagra el derecho fundamental de la persona a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, y el inciso 7 del artículo 192 de la misma, establece que las municipalidades son competentes para promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura...