Ordenanza N° 323-2023-MDP/C. Aprueban el reglamento del proceso de Presupuesto Participativo 2024 Basado en Resultados del distrito de Pachacámac

Fecha de publicación08 Noviembre 2023
SecciónSección Única
Aceptan renuncia de Ministra de Relaciones Exteriores

Pachacámac, 2 de noviembre de 2023


EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE


PACHACÁMAC.


VISTOS: en sesión extraordinaria de la fecha, el informe Nº208-2023-OGPPM/MDP emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, anexando el reglamento del proceso de presupuesto participativo 2024 basado en resultados del Distrito de Pachacámac, la matriz de criterios priorizados, la matriz de puntajes, futuro deseado y objetivos estratégicos, solicitud de identificación y registro de agentes participantes, declaración de veracidad de documentación, carta de presentación de ficha de proyecto de inversión y acta de compromiso para el cofinanciamiento de proyectos de inversión, informe N°369-2023-MDP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y el memorando N°1559-2023-GM/MDP cursado por la Gerencia Municipal;


CONSIDERANDO:


Que, según los artículos 197 y 199 de la Constitución Política del Perú las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local y formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente, bajo responsabilidad, en concordancia con el artículo 53 de la ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que subraya que estas se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, según los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción, formando parte del sistema de planificación; al respecto, el artículo IX del título preliminar de la misma, precisa que el proceso de planeación local es un o integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos, pues tiene como principios, entre otros, la participación ciudadana, a través de aquellos y sus organizaciones vecinales, la transparencia, gestión moderna, inclusión y rendición de cuentas; y la décimo sexta disposición complementaria, prevé que los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos se regulen mediante ordenanza;


Que, numerales 17.1 del artículo 17 y 18.2 del artículo 18 de la ley N°27783, Ley de Bases de Descentralización, establecen que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR