ORDENANZA N° 320-2015/MVES - Establecen descuentos del monto total a pagar del arbitrio municipal de recolección de residuos sólidos (limpieza pública) para el ejercicio 2015
Fecha de disposición | 25 Enero 2015 |
Fecha de publicación | 25 Enero 2015 |
El Peruano
Domingo 25 de enero de 2015
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opina por la procedencia del proyecto de Ordenanza que
Establece el Descuento sobre los Arbitrios Municipales
2015 por el Pago Adelantado del Impuesto Predial y los
Arbitrios Municipales 2015, recomendando se eleve el
mismo ante el Concejo Municipal, para que conforme a
lo establecido en el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº
27972 Orgánica de Municipalidades, se proceda a su
aprobación;
Que, la Municipalidad de Villa El Salvador, al amparo
de las disposiciones antes expuestas y de las facultades
otorgadas a las municipalidades en materia tributaria,
considerando la necesidad de incentivar el cumplimiento
de las obligaciones tributarias de los contribuyentes
del distrito, establece el descuento sobre los arbitrios
municipales por el Pago Adelantado del Impuesto Predial
y los Arbitrios Municipales 2015;
Estando a lo expuesto, contando con el Informe Nº
018-2015-OAJ/MVES de la Ofi cina de Asesoría Jurídica,
el Memorándum Nº 047-2015-GM/MVES de la Gerencia
Municipal, el Informe Nº 1139-2014-SGAOT-GR/MVES de
la Sub Gerencia de Administración y Orientación Tributaria,
el Informe Nº 052-2014-GR/MVES de la Gerencia de
Rentas, y en uso de las atribuciones conferidas por los
artículos 9º numerales 38º), 39º) y 40º) de la Ley Nº
27972 Orgánica de Municipalidades, luego del debate
correspondiente y con dispensa del trámite de lectura
y aprobación de Acta, el Pleno de Concejo Municipal
aprobó POR UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de
Comisiones, la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL DESCUENTO
SOBRE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES 2015 POR
EL PAGO ADELANTADO DEL IMPUESTO PREDIAL Y
LOS ARBITRIOS MUNICIPALES
Artículo 1º.- BENEFICIO DEL PRONTO PAGO
Están comprendidos en este benefi cio los
contribuyentes, propietarios, poseedores y/o
responsables solidarios sean personas naturales
y/o jurídicas que opten por la realización del pago
adelantado del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
2015 (pago anual) hasta el vencimiento del primer
trimestre del Impuesto Predial 2015, los que obtendrán
descuento del 20% sobre el monto insoluto anual de
los arbitrios municipales por limpieza pública, parques
y jardines y serenazgo, según lo establecido en el
régimen de incentivos.
Artículo 2º.- RÉGIMEN DE INCENTIVOS
Los contribuyentes podrán optar por acogerse al
descuento bajo la siguiente modalidad:
- Por Pago Adelantado Anual del Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales 2015:
20% de descuento sobre la tasa de Arbitrios
Municipales 2015, a condición que se paguen los cuatro
trimestres del Impuesto Predial 2015 y las 12 cuotas de
Arbitrios Municipales 2015 hasta el vencimiento de la
primera cuota del Impuesto Predial 2015.
Artículo 3º.- VIGENCIA
La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El
Peruano.
Artículo 4º.- EJECUCIÓN
Encargar a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencias
de Administración y Orientación Tributaria, Recaudación,
la Ofi cina General de Administración y la Unidad de
Desarrollo Tecnológico y Estadística el cumplimiento de
la presente Ordenanza, de acuerdo a sus competencias
y atribuciones.
Artículo 5º.- FACULTADES REGLAMENTARIAS
Facúltese al Sr. Alcalde para que mediante Decreto
de Alcaldía dicte las medidas necesarias para el debido
cumplimiento de la presente norma, así como para la
prórroga de los plazos de la misma.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
GUIDO IÑIGO PERALTA
Alcalde
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Establecen descuentos del monto
total a pagar del arbitrio municipal
de recolección de residuos sólidos
(limpieza pública) para el ejercicio
2015
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 320-2015/MVES
Villa El Salvador, 13 de enero de 2015
POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El
Salvador en Sesión Ordinaria de la fecha; y,
VISTO: El Informe N° 1138-2014-SGAOT-GR/MVES
de la Sub Gerencia de Administración y Orientación
Tributaria, el Informe N° 0151-2014-GR/MVES de la
Gerencia de Rentas, el Informe N° 019-2015-OAJ/MVES
de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y el Memorándum N°
048-2015-GM/MVES de la Gerencia Municipal sobre
Proyecto de Ordenanza que establece descuentos del
monto a pagar del Arbitrio Municipal de Recolección de
Residuos Sólidos (Limpieza Pública) para el Ejercicio
2015, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en los Artículos 194°
y 195° numeral 4 de la Constitución Política del Perú,
modifi cados por la Ley de Reforma Constitucional N°
27680, en concordancia con el Artículo II del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N°
27972, establecen que los Gobiernos Locales tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y
la economía local, la prestación de los servicios públicos
de su responsabilidad, gozan de competencia de crear,
modifi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas,
arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites
establecidos por Ley;
Que, en ese sentido el Artículo 60° del Texto Único
Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 156-2004-EF, establece
que conforme a lo señalado en las normas referidas
precedentemente, así como en el Artículo 74° de la propia
Carta Magna, las Municipalidades crean, modifi can y
suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones,
dentro de los límites que fi je la ley;
Que, conforme a lo previsto en el Numeral 4) del
Artículo 200° de nuestra Carta Magna, corresponde
al Concejo Municipal, la función normativa a través de
ordenanzas, las que tienen rango de Ley;
Que, asimismo el Artículo 40° de la Ley Orgánica de
Municipalidades establece que las Ordenanzas de las
municipalidades provinciales y distritales, en la materia
de su competencia, son las normas de carácter general
de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal.
Mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen
o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y
contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley;
Que, el Artículo 41º del Decreto Supremo Nº 133-13-
EF y sus modifi catorias, establece que los Gobiernos
Locales podrán condonar, con carácter general el interés
moratorio y las sanciones respecto a los tributos que
administra;
Que, con fecha 31 de Diciembre del 2012 se
publicaron en el Diario Ofi cial El Peruano la Ordenanza
Municipales Nº 258-MVES, modifi cada por la Ordenanza
N° 263-MVES para los Arbitrios Municipales de Limpieza
Pública (Recolección de Residuos Sólidos) y Parques
y Jardines y la Ordenanza Municipal N° 259-MVES
modifi cada por la Ordenanza N° 264-MVES por el
Servicio Municipal de Serenazgo, ratifi cadas mediante
Acuerdo de Concejo N° 2373-2012/MML y 2369-2012/
MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, las
mismas que establecen el marco legal aplicable y
regulan los importes de los Arbitrios Municipales antes
mencionados para el ejercicio fi scal 2013, siendo
vigentes a partir del 01 de Enero del mismo año;
asimismo con fecha 29 de Diciembre del 2013 se publicó
en el Diario Ofi cial El Peruano la Ordenanza Municipal
Nº 289-MVES, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo
N° 2751-2013/MML de la Municipalidad Metropolitana
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