ORDENANZA Nº 318-2015-MDA - Aprueban la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones - ROF - de la Municipalidad

Fecha de disposición01 Julio 2015
Fecha de publicación01 Julio 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Miércoles 1 de julio de 2015
556386
y/o subordinados en el mercado internacional, por una
suma total de hasta US$ 1,500’000,000.00 (mil quinientos
millones y 00/100 dólares americanos), facultando a la
Administración para aprobar los términos y condiciones
de las emisiones a ser realizadas;
Que, COFIDE ha cumplido con presentar la
documentación requerida por el Procedimiento Nº 25
“Opinión favorable sobre emisión en serie de instrumentos
nancieros para empresas del Sistema Financiero
y de Seguros”, del Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolución
SBS Nº 3082-2011, la que se encuentra conforme;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “B” y el Departamento de Supervisión
de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones, y;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
General y sus modi catorias;
RESUELVE:
Artículo Único.- Opinar favorablemente para que
la Corporación Financiera de Desarrollo emita Bonos
Senior, en el marco de la “Tercera Emisión Internacional
de Instrumentos Representativos de Deuda de COFIDE”,
hasta por un monto máximo de US$ 1,500’000,000.00 (mil
quinientos millones y 00/100 dólares americanos);
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones
1256809-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
DE ANCON
Aprueban la Estructura Orgánica
y el Reglamento de Organización y
Funciones - ROF - de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 318-2015-MDA
Ancón, 15 de junio de 2015
VISTO:
En Sesión Ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 002-
2015-MDA/CAEPP de la Comisión de Administración,
Economía, Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo
191º de la Constitución Política del Perú, el Concejo
Municipal, cumple con función normativa, a través
de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de
conformidad con lo dispuesto en el Artículo 200º numeral
4) del mencionado cuerpo normativo;
Que el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº
27972 Ley Orgánica de Municipalidades contempla
que los Gobiernos Locales representan al vecindario,
promueven la adecuada prestación de los servicios
públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y
armónico de su circunscripción, siendo que el Artículo.
X señala que promueven el desarrollo integral, para
viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la
sostenibilidad ambiental, ello con el objeto de facilitar la
competitividad local y propiciar las mejores condiciones
de vida de su población;
Que, siendo objetivo de la entidad promover la
e ciencia en la gestión a n de lograr un e caz control
de los servicios administrativos que optimice y garantice
la calidad de gestión municipal, se hace necesario
aprobar una nueva Estructura Orgánica y Reglamento
de Organización y funciones – ROF de la Municipalidad,
conforme a la propuesta emitida por el área técnica de
la entidad que atiende a la necesidad constante de
adecuación de los instrumentos de gestión y a las nuevas
disposiciones legales vigentes;
Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que
Aprueba Lineamientos para la elaboración y aprobación
del Reglamento de Organizaciones y Funciones – ROF de
las Entidades de la Administración Pública, establece en
su Artículo 33º que los citados reglamentos tiene un trámite
especial de aprobación el cual requiere de un informe
previo favorable en donde se veri que el cumplimiento
de los requisitos técnicos previstos en los lineamientos y
en la Ley de Modernización de la Gestión del Estado y
demás normas vigentes;
Que, en esencia la propuesta de Reglamento de
Organización y Funciones alcanzado implica: 1). La
creación de la Sub Gerencia de Salud Pública como unidad
orgánica dependiente funcional y administrativamente de
la Gerencia de Servicios a la Ciudad encargándose del
desarrollo e implementación de las políticas en materia de
salubridad pública; 2). El traslado de la Sub Gerencia de
Gestión de Riesgos de Desastres y Desarrollo Sostenible
que pasa por estar estructuralmente bajo la Gerencia
de Desarrollo Económico, Social, Educación, Turismo
y Deporte para depender de la Gerencia Municipal al
tratarse, en esencia, de un órgano consultivo encargado
de formular planes, políticas y estrategias; y, 3). Efectuar
ciertas correcciones existentes en la redacción del texto
vigente;
Que, mediante Informe Nº 038-2015-GPP/MDA
la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remite
el Proyecto de Reglamento de Organizaciones y
Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de
Ancón, el cual ha sido elaborado cumpliendo con lo
establecido por la Ley Nº 28175 que aprueba la Ley
Marco del Empleo Público, la Ley Nº 27658 – Ley
Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y
acorde con lo establecido por el Decreto Supremo Nº
043-2006-PCM, que aprueban los Lineamientos para
la Elaboración y Aprobación de la referida herramienta
de gestión de las entidades de la Administración
Pública;
Que, mediante Informe Nº 067-2015/GAJ/MDA la
Gerencia de Asesoría Jurídica concluye estableciendo
que el referido proyecto se encuentra legalmente
conforme recomendando se remita el mismo al
Concejo Municipal, haciéndose efectivo lo requerido
con el Memorándum Nº 481-2015-GM/MDA de la
Gerencia Municipal;
Estando en ejercicio de las facultades conferidas
por el artículo 9º numerales 3 y 8 y el artículo 40º de
la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades,
el Concejo Municipal, por MAYORÍA, aprobó la
siguiente:
ORDENANZA
QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN
Artículo Primero.- APROBAR LA ESTRUCTURA
ORGÁNICA Y REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONES - R.O.F. DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ANCÓN, que consta de cinco (5) Títulos, cien (100)
Artículos y seis (6) Disposiciones Complementarias
y Finales, las cuales como anexo forman parte de la
presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- DERÓGUESE los dispositivos
que se contrapongan con la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la GERENCIA
MUNICIPAL el cumplimiento de lo dispuesto en la
presente Ordenanza, a la SECRETARIA GENERAL su
publicación según corresponda y ORDENAR a la SUB
GERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
Y COMUNICACIONES su debida implementación y
publicación en el portal Institucional www.muniancon.
gob.pe para los fines de publicidad, conforme a Ley.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FELIPE ARAKAKI SHAPIAMA
Alcalde
1256967-1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR