ORDENANZA N° 318-2015/MVES - Establecen beneficios para el pago de deudas tributarias, administrativas, sanciones generadas y regularización predial

Fecha de publicación16 Enero 2015
Fecha de disposición16 Enero 2015
El Peruano
Viernes 16 de enero de 2015
544880
de su responsabilidad, gozan de competencia de crear,
modicar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas,
arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites
establecidos por Ley;
Que, asimismo el Artículo 40° de la Ley Orgánica de
Municipalidades N° 27972, establece que las ordenanzas
de las municipalidades provinciales y distritales, en la
materia de su competencia, son las normas de carácter
general de mayor jerarquía en la estructura normativa
municipal, por medio de las cuales se aprueba la
organización interna, la regulación, la administración y
supervisión de los servicios públicos y las materias en
las que la municipalidad tienen competencia normativa.
Mediante ordenanzas se crean, modican, suprimen
o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y
contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley;
Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único
Ordenando de la Ley de Tributación Municipal, aprobado
“Las Municipalidades que brinden el servicio de emisión
mecanizada de actualización de valores, determinación
de impuestos y de recibos de pago correspondientes,
incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a
cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la UIT
vigente al 01 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso
esta valorización sustituye la obligación de presentación
de declaraciones juradas.”;
Que, la Ordenanza Municipal 1533/MML que
aprueba el procedimiento de Raticación de Ordenanzas
Tributarias Distritales en el ámbito de la Provincia
de Lima, publicada el 27 de junio de 2011 en el Diario
Ocial El Peruano, establece en la Sétima Disposición
Final – Periodicidad en la Raticación de Ordenanzas
de Derecho de Emisión, las Ordenanzas distritales que
aprueban los derechos de emisión mecanizadas deberán
ser raticadas anualmente, sin perjuicio de la anterior, el
Acuerdo de Concejo raticatorio tendrá vigencia máxima
de dos (02) años, en la medida que la Ordenanza Distrital
mantenga invariables las condiciones que originaron la
raticación;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 294-MVES de
fecha 05 de febrero de 2014, se aprobó la estructura de
costos y estimación de ingresos del servicio de emisión
mecanizada de actualización del valúo predial y arbitrios
municipales del ejercicio 2014, jándose en S/. 2.00 (Dos
y 00/100 Nuevos Soles), la tasa por el servicio de emisión
mecanizada de actualización de valores, determinación
y distribución a domicilio de la Liquidación del Impuesto
Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al
ejercicio scal 2014 y adicionalmente S/. 0.80 (Ochenta
Céntimos de Nuevo Sol) por cada predio adicional que
posean para el Autoavalúo del Predio Urbano (PU) o
Predio Rústico (PR), así como para la Liquidación de
los Arbitrios Municipales (LAM), siendo esta raticada
mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano N° 403-
2014/MML, publicándose el 13 de marzo de 2014;
Que, con Informe N° 1044-2014-SGAOT-GR/MVES,
la Sub Gerencia de Administración y Orientación
Tributaria, remite el Proyecto de Ordenanza que Prorroga
para el ejercicio 2015, la vigencia de la Ordenanza
Municipal 294-MVES, raticada con Acuerdo de
Concejo Metropolitano N° 403-2014/MML, que aprueba la
estructura de costos y estimación de ingresos del servicio
de emisión mecanizada de actualización del valúo predial
y arbitrios municipales del ejercicio 2014 y el informe
técnico correspondiente;
Que, con Informe 1083-2014-OAJ/MVES, la
Ocina de Asesoría Jurídica opina por la procedencia del
Proyecto de Ordenanza que Prorroga para el ejercicio
2015, la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 294-
MVES, raticada con Acuerdo de Concejo Metropolitano
N° 403-2014/MML, que aprueba la estructura de costos y
estimación de ingresos del servicio de emisión mecanizada
de actualización del valúo predial y arbitrios municipales
del ejercicio 2014 y su distribución, recomendando se
eleve el mismo ante el Concejo Municipal, para que
conforme a lo establecido en el artículo 9° numeral 8) de
la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades, se proceda
a su aprobación;
Que, en tal sentido, la Municipalidad de Villa El
Salvador, al amparo de las disposiciones antes expuestas
y considerando la necesidad de brindar un servicio
a la comunidad, establece el servicio de la emisión
mecanizada, actualización de valores, determinación de
impuestos y arbitrios municipales y los correspondientes
recibos de pago, así como su distribución a domicilio del
Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio
scal 2015;
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones
conferidas por los artículos 9° numerales 38°), 39°) y 40°)
de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, luego
del debate correspondiente y con dispensa del trámite
de lectura y aprobación de Acta, el Pleno de Concejo
Municipal aprobó por MAYORÍA, la siguiente:
ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO
2015, LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL
N° 294-MVES, RATIFICADA CON ACUERDO DE
CONCEJO METROPOLITANO N° 403-2014/MML,
QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA DE COSTOS Y
ESTIMACIÓN DE INGRESOS DEL SERVICIO DE
EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DEL
VALÚO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL
EJERCICIO 2014
Artículo Único.- PRORROGAR para el ejercicio
2015 la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 294-
MVES,que ja en S/. 2.00 (Dos y 00/100 Nuevos
Soles),la tasa por el servicio de emisión mecanizada de
actualización de valores, determinación y distribución
a domicilio de la Liquidación del Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio scal
2014 y adicionalmente S/. 0.80 (Ochenta Céntimos de
Nuevo Sol) por cada predio adicional que posean para
el Autoavalúo del Predio Urbano (PU) o Predio Rústico
(PR), así como para la Liquidación de los Arbitrios
Municipales (LAM).
DISPOSICIONES FINALES
Primera-La presente Ordenanza entrará en vigencia
a partir del día siguiente de la publicación en el Diario
Ocial El Peruano.
Segunda.- Facultar al Alcalde de la Municipalidad
de Villa El Salvador, para que dicte las disposiciones
complementarias y necesarias para la aplicación de la
presente Ordenanza.
Tercera.- DISPÓNGASE que la presente Ordenanza
se publique en la página web de la Municipalidad de Villa
El Salvador www.munives.gob.pe para conocimiento de
los interesados.
Cuarta.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y la
Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnología de la
Información y Estadística, el debido cumplimiento de la
presente Ordenanza; y a la Unidad de Imagen Institucional
la difusión de la misma.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
GUIDO IÑIGO PERALTA
Alcalde
1188772-1
Establecen beneficios para el pago de
deudas tributarias, administrativas,
sanciones generadas y regularización
predial
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 318-2015/MVES
Villa El Salvador, 13 de Enero de 2015
POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El
Salvador en Sesión Ordinaria de la fecha; y,
VISTO: El Informe N° 001-2015-SGAOT-GR/MVES
de la Sub Gerencia de Administración y Orientación
Tributaria, el Informe 004-2015-GR/MVES de la
Gerencia de Rentas, el Informe N° 017-2015-OAJ/MVES
de la Ocina de Asesoría Jurídica y el Memorándum N°
046-2015-GM/MVES de la Gerencia Municipal sobre
Proyecto de Ordenanza que establece Benecios para el

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