Ordenanza Nº 316-2023-MDP. Ordenanza Municipal que modifica el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones Administrativas (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Pachacámac

Fecha de publicación21 Septiembre 2023
SecciónSección Única
57
NORMAS LEGALES
Jueves 21 de setiembre de 2023
El Peruano
/
CIENEGUILLA, por 180 días calendario, contados a partir
del día siguiente de su publicación en Diario Ocial “El
Peruano”.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de
Desarrollo Urbano y Rural, a la Subgerencia de Obras
Privadas y Catastro, a la Subgerencia de Gestión del
Riesgo de Desastres e Inspecciones Técnicas de
Seguridad en Edicaciones, y otras que correspondan, el
cumplimiento del presente Decreto.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Subgerencia de
Tecnologías de la Información y Comunicación, realizar
la publicación del presente Decreto en el Portal de
Transferencia Estándar de la entidad y a la Subgerencia
de Comunicaciones e Imagen Institucional, su adecuada
difusión.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA
Alcalde
2216497-1
MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC
Ordenanza Municipal que modiica el
Régimen de Aplicación de Sanciones
Administrativas (RASA) y el Cuadro Único
de Infracciones Administrativas (CUIS) de la
Municipalidad Distrital de Pachacámac
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 316-2023-MDP
Pachacámac, 25 de agosto de 2023
VISTOS: En sesión ordinaria de concejo de la fecha,
los memorandos N°1103, 934 y 930-MDP/GSCF cursado
por la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización,
el informe N°262-2023-MDP/OGAJ emitido por la Ocina
General de Asesoría Jurídica y el memorando N°1155-
2023-GM/MDP cursado por la Gerencia Municipal;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú
concordante con el artículo II del título preliminar de la ley
N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece
que las municipalidades son órganos de gobierno
local que gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia dentro
de su jurisdicción, la misma radica en la facultad de ejercer
actos de gobierno, administrativos y de administración,
con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 46 de la norma invocada, establece que
las normas municipales son de carácter obligatorio y su
incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes,
sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las
responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar;
en tal sentido, señala que las ordenanzas determinan el
régimen de sanciones administrativas por la infracción
de sus disposiciones, jando las escalas de multas en
función de la gravedad de la falta, así como la imposición
de sanciones no pecuniarias, siendo que el concejo
municipal, según el artículo 47 de la misma, aprueba y
modica la escala de multas respectivas;
Que, mediante ordenanza N°236-2019-MDP/C
se aprueba el régimen de aplicación de sanciones
administrativas (RASA) y el cuadro único de infracciones
y sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de
Pachacámac;
Que, mediante memorandos de vistos, la gerencia de
Seguridad Ciudadana y Fiscalización detecta la ausencia
de determinadas medidas complementarias en el RASA
y en el CUIS dentro del procedimiento sancionador
que regula la ordenanza N°236-2019-MDP/C, en
concreto, la colocación de elementos de seguridad que
permitan asegurar el cumplimiento de las disposiciones
municipales ante las infracciones cometidas por los
administrados, de modo que las medidas correctivas de
clausura, provisionales o rmes, no sean burladas por los
infractores, incorporando el literal “o” en el artículo 25 de
la susodicha ordenanza, por otro parte, advierte también,
la necesidad de introducir los benecios del pago de
multa a la sola subsanación de la falta, sin necesidad de
esperar a la emisión de la resolución, pues no gura como
opción en el régimen vigente, por lo que, asimismo, urge
modicar el artículo 60, nalmente, pide se incorporen
nuevos códigos;
Que, a través del informe de vistos, la Ocina General
de Asesoría Jurídica, señala que, efectivamente, el
artículo 246 del texto único ordenado de la ley N°27444,
prevé que las entidades solo podrán dictar medidas
cautelares y correctivas siempre que estén habilitadas
por ley, mediante decisión motivada, observando el
principio de proporcionalidad; para el caso, la unidad
orgánica que ejerce la titularidad de la potestad
sancionadora dentro de la jurisdicción del distrito de
Pachacámac, con la atribución para imponer multas
administrativas y ejecutar medidas correctivas, es la
Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización,
siempre y cuando, cuente con el marco legal adecuado
y las infracciones se encuentren tipicadas en el
cuadro único de infracciones y sanciones; es así, que
el artículo 25 del régimen de aplicación de sanciones
administrativas (RASA), establece como medidas
correctivas y cautelares de carácter provisional aquellas
complementarias a la multa administrativa, entre otras,
clausura, decomiso, retención de productos y mobiliario,
paralización de obra, demolición, tapiado, revocatoria de
autorización y licencia, resarcir y reponer; no obstante,
no gura dentro del elenco, la colocación de elementos
de seguridad por persistir la conducta infractora en
desacato a la orden municipal; por otra parte, en efecto,
el benecio previsto en el artículo 60 del régimen de
aplicación de sanciones administrativas (RASA) para el
infractor que haya subsanado la multa, solo aplica dentro
de los cinco días hábiles posteriores a la emisión de la
resolución, disuadiendo al infractor con ánimo de pago
ipso facto, por lo que corresponde acceder a lo propuesto,
pues corrige la conducta infractora y restituye el daño
ocasionado, siendo que, la Gerencia de Seguridad
Ciudadana y Fiscalización, conforme prevé el numeral
72.9 del artículo 72 de la ordenanza N°306-2023-MDP/C,
Reglamento de Organización y Funciones MDP, tiene
como función proponer la modicación y actualización
del régimen de aplicación de sanciones administrativas
y el cuadro único de infracciones y sanciones, en suma,
es procedente aprobar la modicación del régimen y el
cuadro derivado del mismo;
Estando a lo expuesto, con la dispensa del trámite
de lectura y aprobación de acta, de conformidad con lo
establecido en el numeral 8 del artículo 9 y el artículo
40 de la ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
el concejo municipal, por unanimidad, aprueba la
siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL
RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES
ADMINISTRATIVAS (RASA) Y EL CUADRO ÚNICO DE
INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS (CUIS) DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC
Artículo 1.- MODIFICAR los artículos 25 y 60 de la
ordenanza N°236-2019-MDP/C, Régimen de Aplicación
de Sanciones Administrativas y Cuadro Único de
Infracciones Administrativas, como sigue:
“Artículo 25.- Medidas correctivas y cautelares de
carácter provisional
(…)
o) Colocación de elementos de seguridad. - Consiste
en la colocación de bloques de concreto, adhesión
de carteles, el uso de instrumentos y herramientas de
cerrajería, soldadura de puertas, tapiado, destinados a
impedir que la conducta infractora persista.
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 21/09/2023 00:32

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