ORDENANZA Nº 315-2015-MDA - Aprueban el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas Administrativas y Adecuan los Procedimientos de Fiscalización y Control de Disposiciones Administrativas Municipales y de aplicación de sanciones por su incumplimiento

Fecha de disposición02 Julio 2015
Fecha de publicación02 Julio 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Jueves 2 de julio de 2015 556449
y administrados en general, resulta imprescindible
la creación de un CUERPO DE INSPECTORES
MUNICIPALES Y VECINALES, el mismo que estaría
integrado por Servidores y Funcionarios de esta Entidad
Edil, además de los vecinos a los que se les asigne dichas
funciones mediante el procedimiento que para tal efecto
se establezca;
Que, las acciones que ha de desarrollar la
Municipalidad en este marco, no constituyen prácticas
controlistas o restrictivas que afecten la Libre Competencia
de los agentes económicos, por el contrario responde a la
necesidad de actuar en defensa del consumidor y prevenir
la competencia desleal, sin que se imponga barreras
burocráticas que impidan u obstaculice de manera ilegal o
irracionalmente el acceso o permanencia de los agentes
económicos en el mercado, en especial a las pequeñas
empresas;
Estando a lo expuesto y en ejercicio de las
atribuciones conferidas en el artículo 9º, inciso 8 y 10º de
la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, aprobó por
Unanimidad la siguiente:
ORDENANZA Nº 315-2015/MDA
QUE APRUEBA EL CUADRO DE SANCIONES Y
ESCALA DE MULTAS EN EL AMBITO DEL DISTRITO
DE ANCÓN Y ADECÚA LOS PROCEDIMIENTOS DE
FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE DISPOSICIONES
ADMINISTRATIVAS MUNICIPALES Y DE APLICACIÓN
DE SANCIONES POR SU INCUMPLIMIENTO
Artículo Primero.- APROBAR el CUADRO DE
SANCIONES Y ESCALA DE MULTAS ADMINISTRATIVAS
APLICABLES EN EL AMBITO DEL DISTRITO DE
ANCÓN mismo que consta como Anexo I de la presente
Ordenanza.
Artículo Segundo.- ADECUAR los procesos de
scalización y control del cumplimiento de disposiciones
administrativas municipales, así como el de aplicación
de sanciones administrativas ante su infracción en la
jurisdicción del Distrito de Ancón al “NUEVO RÉGIMEN
MUNICIPAL DE APLICACIÓN DE SANCIONES
ADMINISTRATIVAS DERIVADAS DE LA FUNCIÓN
FISCALIZADORA EN EL ÁMBITO METROPOLITANO DE
LIMA”, aprobados por el Concejo Metropolitano de Lima
mediante Ordenanzas Nº 984-MLM y Modi cada con
Ordenanza N° 1014-MML.
Artículo Tercero.- APROBAR, la TABLA DE
EQUIVALENCIAS POR TIPO DE INFRACCIÓN para
la determinación de las multas que correspondan a las
infracciones contenidas en el Cuadro de Sanciones y
Escala de Multas aprobado en el Artículo primero conforme
al cuadro siguiente:
TIPO DE INFRACCION FACTORES APLICABLES A
LA U.I.T.
MUY GRAVE (MG) 1.50
GRAVE (G) 0.50
LEVE (L) 0.04
OTROS (*)
(*).- Multa en proporción al valor de la obra y/o
Autorización, según lo establecido en el Cuadro de
Sanciones y Multas.
Artículo Cuarto.- APROBAR, la ESCALA DE
REBAJAS POR PAGO VOLUNTARIO, cuando el Infractor
se apersone a regularizar y cancelar la Noti cación o
Resolución de Multa dentro los plazos estipulados en el
cuadro siguiente:
DESCRIPCIÓN DIAS ÚTILES
(Plazo de Regu-
larización)
REBAJA POR
PAGO VOLUN-
TARIO
NOTIFICACIÓN 5 75% Dscto.
RESOLUCIÓN DE MULTA 15 50% Dscto.
RESOLUCIÓN DE EJECUCIÓN
COACTIVA -0
Artículo Quinto.- ESTABLECER, para efectos
de la aplicación de la presente Ordenanza, que las
funciones del órgano de scalización y control y del
órgano competente para la revocación y suspensión de
autorizaciones, recaerán sobre la Gerencia de Rentas;
así mismo las funciones del órgano encargado de la
recaudación de multas administrativas y del órgano
de absolución de recursos impugnativos contra multas
administrativas recaerán sobre la Subgerencia de
Administración Tributaria, Recaudación y Fiscalización
Tributaria.
Artículo Sexto.- ESTRABLECER, que mediante
Decreto de Alcaldía se conformará el CUERPO DE
INSPECTORES MUNICIPALES Y VECINALES DEL
DISTRITO DE ANCÓN, el mismo que se encargará de
efectuar la fiscalización, detección y notificación de las
infracciones que cometan los particulares, instituciones
y empresas en el ámbito del Distrito de Ancón; del
mismo modo se indicará el procedimiento para la
acreditación, designación del personal y de los vecinos
que integrarán el Cuerpo de Inspectores Municipales
y Vecinales, y las disposiciones complementarias para
la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Dicho
Cuerpo dependerá funcionalmente de la Gerencia
de Rentas y estará compuesto por servidores y
funcionarios de esta Entidad Edil, así como por
los vecinos acreditados a los que se les asigne
determinadas funciones mediante el procedimiento
correspondiente.
Artículo Séptimo.- ESTABLECER la entrada en
vigencia de la presente Ordenanza a partir del día
siguiente de su publicación en el Diario O cial El Peruano,
para efectos de realizar su debida difusión durante el
periodo comprendido entre la fecha de publicación de
la presente Ordenanza y su entrada en vigencia, lo que
conllevará entre otros actos, a la difusión de las misma
por medio del Portal Web de la Municipalidad de Ancón
www.muniancon.gob.pe; así mismo se procederá a la
imposición de noti caciones educativas con respecto a
las infracciones contenidas en la presente norma a n
de poner en conocimiento al universo de contribuyentes
sobre las sanciones administrativas por incumplimiento
de disposiciones municipales establecidas en la presente
norma.
Artículo Octavo.- Todo Administrado que considere
encontrarse en situación de riesgo social podrá
presentar su solicitud de exoneración por estado de
riesgo social ante la Gerencia Desarrollo Económico y
Social quién evaluará si reúne los requisitos para ser
exonerado del pago de la(s) infracción(es) determinadas
al administrado.
Artículo Noveno.- DERÓGUESE la Ordenanzas Nº
242-2011/MDA, 253-2012/CDA, 265-2013/CDA y todas
las demás disposiciones que se opongan a la presente
Ordenanza.
Artículo Décimo.- PRECISAR que los procedimientos
de scalización, ejecución e impugnación de sanciones
que se encuentren en trámite a la entrada en vigencia
de la presente Ordenanza se regirán por la normativa
establecida en la misma.
DISPOSICIONES FINALES
Y COMPLEMENTARIAS
Artículo Primera.- Facultar al señor Alcalde para
que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
reglamentarias que resulten necesarias para su mejor
aplicación.
Artículo Segunda.- Aprobar el Anexo I que Establece
la Tipi cación y Escala de Multas aplicables dentro de
la Jurisdicción del Distrito de Ancón, el Anexo II Formato
de Noti cación Preventiva y el Anexo III formato de
Resolución de Sanción, que forma parte integrante de la
presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y efectiva
difusión de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas,
Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de
Tecnología de la Información y Comunicaciones, Unidad
de Prensa e Imagen Institucional, de acuerdo a sus
competencias y atribuciones.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FELIPE ARAKAKI SHAPIAMA
Alcalde
1257000-1

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