Ordenanza Nº 313-2022/MDP. Ordenanza que aprueba los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, de la Municipalidad Distrital de Pucusana

Fecha de publicación03 Noviembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Pucusana, 28 de junio de 2022

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE PUCUSANA;

VISTO: en Sesión de Concejo Ordinaria Virtual de la fecha, el Informe Nº 108-2022-GPP/MDP de fecha 16 de junio de 2022 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Memorándum Nº 382A-2022-GM/MDP de fecha 16 de junio de 2022 de la Gerencia Municipal, Informe Legal Nº 130-2022-GAJ/MDP de fecha 21 de junio de 2022 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 408-2022-GM/MDP de fecha 23 de junio de 2022 de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley, conforme al inciso 4) del artículo 200º de la Carta Fundamental.

Que, el numeral 8) del artículo 9º del precitado marco legal señala que, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas; asimismo, el artículo 40º de la misma norma prescribe la formalidad que debe revestir la potestad legislativa de las municipalidades distritales al emitir Ordenanzas en materia tributaria, disponiendo que estas sean ratificadas por Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su entrada en vigencia, procedimiento que para el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra regulado por la Ordenanza Nº 2386-2021.

Que, el numeral 40.1 del artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dispone que los procedimientos administrativos, y requisitos deben establecerse, exclusivamente en el caso de los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza Municipal, procedimientos que deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA).

Que, a través del Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, concordante con la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 003-2010-PCM-SGP, se establece la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las...

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