ORDENANZA N° 310-2015/GRP-CR - Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones -ROF - de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional Piura

Fecha de disposición11 Abril 2015
Fecha de publicación11 Abril 2015
El Peruano
Sábado 11 de abril de 2015 550437
Ayabaca, aprobado con Ordenanza Regional Nº 264-
2013/GRP-CR, que consta de mil seiscientos cinco (1605)
cargos necesarios, de los cuales mil doscientos noventa y
cuatro (1294) cargos son ocupados y trescientos once (311)
cargos son previstos, de acuerdo a los cuadros anexos que
forman parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Cuarto.- Aprobar la modif‌i cación del Cuadro
para Asignación de Personal Provisional (CAP) del Hospital
de Apoyo II – 2 Sullana, aprobado con Ordenanza Regional
Nº 264-2013/GRP-CR el cual consta de quinientos sesenta
y dos (562) cargos necesarios, de los cuales quinientos
ocho (508) cargos son ocupados y cincuenta y cuatro (54)
cargos son previstos, de acuerdo a los cuadros anexos que
forman parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Quinto.- Aprobar la modif‌i cación del Cuadro
para Asignación de Personal Provisional (CAP) de la
Dirección de Red de Salud Morropón Chulucanas,
aprobado con Ordenanza Regional Nº 264-2013/GRP-CR,
que consta de setecientos cincuenta y siete (757) cargos
necesarios, de los cuales seiscientos treinta y seis (636)
cargos son ocupados y ciento veintiuno (121) cargos son
previstos, de acuerdo a los cuadros anexos que forman
parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Sexto.- Aprobar la modif‌i cación del Cuadro
para Asignación de Personal Provisional (CAP) del Hospital
de Chulucanas, aprobado con Ordenanza Regional Nº 264-
2013/GRP-CR, que consta de cuatrocientos ocho (408)
cargos necesarios, de los cuales ciento cincuenta y cinco
(155) cargos son ocupados y doscientos cincuenta y tres
(253) cargos son previstos, de acuerdo a los cuadros anexos
que forman parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Sétimo.- Aprobar la modif‌i cación del Cuadro
para Asignación de Personal Provisional (CAP) del Hospital
de Apoyo II - 1 “Nuestra Señora de las Mercedes” de Paita,
aprobado con Ordenanza Regional Nº 264-2013/GRP-CR,
que consta de trescientos uno (301) cargos necesarios,
de los cuales ciento cuarenta y ocho (148) cargos son
ocupados y ciento cincuenta y tres (153) cargos son
previstos, de acuerdo a los cuadros anexos que forman
parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Octavo.- Aprobar la modif‌i cación del Cuadro
para Asignación de Personal Provisional (CAP) del Hospital
de la Amistad Perú Corea II-2 Santa Rosa Piura, aprobado
con Ordenanza Regional Nº 264-2013/GRP-CR, que consta
de cuatrocientos treinta y uno (431) cargos necesarios, de
los cuales doscientos veintidós (222) cargos son ocupados y
doscientos nueve (209) cargo son previstos, de acuerdo a los
cuadros anexos que forman parte de la presente Ordenanza
Regional.
Artículo Noveno.- Encargar a Gerencia General
Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de
Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial,
y Gerencia Regional de Desarrollo Social, la implementación
de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Decimo.- La presente Ordenanza entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional Piura para su promulgación.
En Piura, a los treinta y un días del mes de marzo del
año dos mil quince.
HERMER ERNESTO ALZAMORA ROMÁN
Consejero Delegado
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura,
a los siete del mes de abril del año dos mil quince.
REYNALDO HILBCK GUZMÁN
Gobernador Regional
1222220-1
Ordenanza que aprueba el Reglamento
de Organización y Funciones -ROF-
de la Dirección Regional de Energía y
Minas del Gobierno Regional Piura
ORDENANZA REGIONAL
Nº 310-2015/GRP-CR
El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura
POR CUANTO:
De conformidad con lo previsto en los Artículos 191º
y 192º de la Constitución Política del Estado, modif‌i cada
por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del
Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; la Ley
de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783; la Ley
modif‌i catorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926;
Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demás
normas complementarias.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú
de 1993, modif‌i cada por Ley de Reforma Constitucional del
Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley
Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
27867, modif‌i cada por la Ley Nº 27902, en su artículo 15º
literal a. señala como Atribuciones del Consejo Regional,
“a. Aprobar, modif‌i car o derogar las normas que regulen o
reglamenten los asuntos y materias de su competencia y
funciones del Gobierno Regional (…)”;
Que, la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización
de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en
proceso de modernización en sus diferentes instancias,
dependencias, entidades organizaciones y procedimientos,
con la f‌i nalidad de mejorar la Gestión Pública y construir
un Estado democrático, descentralizado y al servicio
ciudadano;
Que, el Decreto Ley Nº 25962, establece que el
Ministerio de Energía y Minas como organismo central
rector del sector ejecuta las políticas en materia de energía,
minas e hidrocarburo; las mismas que a nivel regional
deben ser asumidas en lo que corresponde por la Dirección
Regional Energía y Minas-Piura;
Que, con Resolución Ministerial Nº 121-2008-MEM/DM
de fecha 10 de marzo de 2008, en el artículo 1º declara
que el Gobierno Regional Piura, ha concluido el proceso de
trasferencia de funciones sectoriales en materia de energía
y minas, contenidas en el “Plan Anual de Transferencias
de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y
Locales del años 2006-2007”;
Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, aprueba los
Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento
de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades
de la Administración Pública, el artículo 10º de dicha norma
establece que el ROF es un documento de gestión que recoge
la estructura orgánica, las funciones generales y específ‌i cas de
la entidad y cada uno de sus órganos, así como las relaciones
de coordinación y control de sus organismos y unidades
orgánicas; asimismo, el artículo 11º recoge los criterios que se
deben observar para la elaboración del ROF;
Que, con Memorando Nº 740-2014/GRP-420030-DR,
de fecha 21 de noviembre de 2014, el Director Regional de
Energía y Minas, presenta a la Gerencia de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la propuesta
de ROF de su Dirección Regional. Asimismo señala que
la Ficha Técnica del ROF, contiene información general,
instrumentos de organización y funciones, resumen de
propuesta de cambio y funciones de la Dirección y de sus
unidades orgánicas;
Que, con informe Nº 181-2014/GRP-410300, de fecha 11
de diciembre de 2014, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo
Institucional, eleva el informe técnico para continuar con el
trámite de aprobación del ROF antes citado. En tal sentido
concluye que es necesaria la actualización de los documentos
técnicos normativos de gestión institucional correspondientes
a la Dirección Regional de Energía y Minas;
Que, con Informe Nº 4193-2014/GRP-460000, de
fecha 29 de diciembre del año 2014, la Of‌i cina Regional
de Asesoría Jurídica ha concluido que al amparo de la
Ordenanza Regional Nº 145-2013/GRP-CR y el Decreto
Supremo Nº 043-2006-PCM que aprueba Lineamientos
para la elaboración y aprobación del Reglamento de
Organización y funciones- ROF por parte de las Entidades
de la Administración Pública, resulta procedente la
modif‌i cación del ROF de la Dirección Regional de Energía
y Minas; y con Memorando Nº 1533-2014/GRP-400000, de
fecha 31 de diciembre de 2014, Gerencia General Regional,
eleva la propuesta al Consejo Regional para la emisión de
la Ordenanza respectiva;
Que, con Informe Nº 08-2015/GRP-200010-ACCR,
de fecha 13 de marzo de 2015, el Equipo de Apoyo
de Comisiones del Consejo Regional, recomienda la

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