Ordenanza N° 288-A-2019-MDSMM. Ordenanza que regula el procedimiento para el arrendamiento por subasta pública, sobre locales municipales y/o espacios públicos, a ser destinados para fines comerciales, ubicados en el distrito de Santa María del Mar

Fecha de publicación16 Septiembre 2023
SecciónSección Única
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NORMAS LEGALES
Sábado 16 de setiembre de 2023
El Peruano
/
correspondiente al año 2023, conforme se indica a
continuación:
1. Agenda:
1.1. Logros obtenidos de mayo a agosto del año
2023.
1.2. Ejecución Presupuestal a agosto del año 2023.
1.3. Perspectiva de gestión al nalizar el año 2023.
2. Lugar, fecha y hora:
Auditorio Municipal, viernes 29 de setiembre de 2023,
a partir de las 11:00 am
3. Registro de participantes: Los vecinos y las
vecinas del distrito de San Borja, los representantes de
instituciones públicas o privadas cuya sede se encuentra
en San Borja podrán registrar su participación a la
Audiencia Pública de Rendición de Cuentas a través del
Portal Institucional de la Municipalidad, o de manera
presencial en la Ocina General de Participación Vecinal,
identicándose con sus nombres y apellidos completos;
o a través del Portal Institucional de la Municipalidad
mediante el formulario de inscripción.
4. Lugar y plazos para la inscripción de participantes
de la APRC:
4.1. Modalidad Presencial: Municipalidad de San
Borja, Ocina General de Participación Vecinal, en el
horario de 08:30 am a 05:00 pm.
4.2. Modalidad Virtual: A través del formulario de
inscripción publicado en el Portal Web y en las redes
sociales de la Municipalidad de San Borja.
4.3. Fecha plazo: 27 de setiembre de 2023, hasta las
05:00pm (ambas modalidades)
5. Pautas para la intervención de los participantes el
día del evento:
- Las intervenciones de los participantes, se realizará
al concluir la intervención de los expositores, en el orden
que lo soliciten.
- Los participantes, solo podrán intervenir en uno de
los temas de agenda.
- Las intervenciones deberán centrarse en el tema
de agenda o no referirse a otros temas que dilaten la
audiencia.
- El tiempo de intervención por participante es de un
mínimo de tres (03) minutos y un máximo de cinco (05)
minutos.
- Las intervenciones deberán ser expresadas con el
debido respeto a los asistentes, guardando siempre las
normas de conducta.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Ocina
General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización
Institucional y a la Ocina General de Participación
Vecinal de la Municipalidad de San Borja llevar a cabo
las acciones necesarias para el debido cumplimiento
del presente Decreto de Alcaldía, en el marco de
sus competencias y en coordinación con las demás
Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de San
Borja.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Ocina General
de Imagen Institucional llevar a cabo las acciones
necesarias para la difusión de la convocatoria y del día
del evento a través de las redes sociales de la Entidad.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del
presente Decreto de Alcaldía en el diario ocial El
Peruano y encargar a la Ocina General de Tecnologías
de la Información su publicación en el Portal institucional
de la Municipalidad Distrital de San Borja.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MARCO ANTONIO ÁLVAREZ VARGAS
Alcalde
2215447-1
MUNICIPALIDAD DE SANTA
MARÍA DEL MAR
Ordenanza que regula el procedimiento
para el arrendamiento por subasta
pública, sobre locales municipales y/o
espacios públicos, a ser destinados para
fines comerciales, ubicados en el distrito
de Santa María del Mar
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud
de la Municipalidad de Santa María del Mar, mediante
Ocio 068-2023-MDSMM/ALC, recibido el 14 de
setiembre de 2023)
ORDENANZA Nº 288-A-2019-MDSMM
Santa María del Mar, 23 de octubre de 2019
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SANTA MARÍA DEL MAR;
POR CUANTO:
El Consejo de la Municipalidad Distrital de Santa
Maria del Mar, en Sesión de Ordinaria 019-MDSMM,
de la fecha de 23 de octubre de 2019.
VISTO:
En Sesión Ordinaria 019-2019-MDSMM de
fecha 23 de octubre de 2019, el Informe Nº 109-
2019/MDSMM-GAF de fecha 09 de octubre de 2019,
emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas,
el Memorando Múltiple Nº 007-2019-MDSMM/SG de
fecha 15 de octubre de 2019, emitido por la Secretaría
General, el Informe Nº 079-2019-GPPI/MDSMM de
fecha 18 de octubre de 2019, emitido por la Gerencia de
Planeamiento, Presupuesto e Informática, el Memorando
Nº 063-2019-MDSMM/SG de fecha 18 de octubre de
2019, emitido por la Secretaría General, y el Informe Nº
116-2019-GAJ/MDSMM de fecha 21 de octubre de 2019,
emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo
194º, modicado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma
Constitucional, en concordancia con el artículo II del
Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, establece que los gobiernos
locales gozan de autonomía en los asuntos de su
competencia; no obstante, se encuentran sujetos a las
leyes, disposiciones y normas técnicas que regulan
las actividades y funcionamiento de los sistemas
administrativos de la Administración Pública;
Que, mediante el Informe Nº 109-2019/MDSMM-
GAF de fecha 09 de octubre de 2019, la Gerencia de
Administración y Finanzas remitió a la Secretaría
General, el proyecto de Ordenanza, que reglamenta
los lineamientos y procedimientos que permite una
eciente gestión de los bienes municipales, precisando
lo siguiente: “(…). Se recomienda la adopción de las
precisiones realizadas (…). Se recomienda derivar a la
Gerencia de Asesoría Jurídica, a n de que ésta emita
opinión legal, de acuerdo a sus competencias. (…).”;
Que, posteriormente, a través del Memorando
Múltiple Nº 007-2019-MDSMM/SG de fecha 15 de
octubre de 2019, la Secretaría General solicitó a la
Gerencia de Asesoría Jurídica, así como a la Gerencia de
Planeamiento, Presupuesto e Informática, lo siguiente:
“(…) emitir el informe correspondiente (…).”;
Que, al respecto, mediante el Informe Nº 079-2019-
GPPI/MDSMM de fecha 18 de octubre de 2019, la
Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática
comunicó a la Secretaría General, lo siguiente: “(…),
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 16/09/2023 02:38

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