ORDENANZA N° 277-MDSM - Aprueban Marco Legal de los Beneficios Tributarios para las Tasas de Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, mantenimiento de Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el ejercicio 2015

Fecha de disposición01 Enero 2015
Fecha de publicación01 Enero 2015
El Peruano
Jueves 1 de enero de 2015 543857
Ordenanza que aprueba las fechas
de vencimiento para las obligaciones
tributarias de Arbitrios Municipales e
Impuesto Predial para el ejercicio 2015
en el distrito de Magdalena del Mar
Magdalena, 22 de diciembre de 2014
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA
DEL MAR
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión
Ordinaria Nº 26 de la fecha;
VISTOS:
El Informe Nº 134-2014-GATR-MDMM de la Gerencia
de Administración Tributaria y Rentas y el Informe Nº 829-
2014-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el artículo 194º de la
Constitución Política del Perú, modif‌i cado por la Ley de
Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades
provinciales y distritales son los órganos de gobierno local
y tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 15º del D.S. 156-2004-EF – TUO de la
Ley de Tributación Municipal - establece que el Impuesto
Predial podrá cancelarse al contado hasta el último
día hábil del mes de febrero de cada año o en forma
fraccionada en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose
pagar la primera cuota hasta el último día hábil del mes de
febrero y las cuotas restantes hasta el último día hábil de
los meses de mayo, agosto y noviembre;
Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar
mediante Ordenanza las fechas de vencimiento para el
pago de Arbitrios Municipales e Impuesto Predial a f‌i n que
los vecinos del distrito de Magdalena del Mar, puedan
cumplir con sus obligaciones tributarias de manera
oportuna;
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las
facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la
opinión favorable de la Gerencia Administración Tributaria
y Rentas y la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Concejo
Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del
trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE
LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y
JARDINES Y SERENAZGO
La obligación de pago de las cuotas trimestrales de los
Arbitrios Municipales para el ejercicio 2015, vencen:
a. Primera Cuota : 27 de febrero
b. Segunda Cuota : 29 de mayo
c. Tercera Cuota : 31 de agosto
d. Cuarta Cuota : 30 de noviembre
Artículo 2º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL
IMPUESTO PREDIAL
La obligación de pago del Impuesto Predial para el
ejercicio 2015 vence:
1) Pago al contado : 27 de febrero
2) Pago fraccionado
a. Primera Cuota : 27 de febrero
b. Segunda Cuota : 29 de mayo
c. Tercera Cuota : 31 de agosto
d. Cuarta Cuota : 30 de noviembre
De optar por el pago fraccionado, las cuotas (2da. 3ra. y
4ta.) estarán sujetas a las disposiciones correspondientes
al reajuste con el índice de precios al por mayor (IPM)
establecido en el inciso b) del artículo 15º del D.S. 156-
2004-EF – TUO de la Ley de Tributación Municipal.
DISPOSICIONES FINALES
Primero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración
Tributaria y Rentas y la Sub Gerencia de Informática y
Estadística, el cumplimiento de la presente Ordenanza,
en lo que sea de su competencia.
Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía, pueda prorrogar las fechas
de vencimiento, si la gestión operativa de los tributos
indicados así lo amerita.
Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
a partir del día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la
publicación de la presente Ordenanza en el Diario Of‌i cial El
Peruano y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística
la publicación de la presente Ordenanza en la página web
de la Municipalidad: www.munimagdalena.gob.pe y en el
portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE
Alcalde
1183152-8
MUNICIPALIDAD DE
SAN MIGUEL
Aprueban Marco Legal de los Beneficios
Tributarios para las Tasas de Arbitrios
Municipales de Barrido de Calles,
Recolección de Residuos Sólidos,
mantenimientos de Parques y Jardines
Públicos y Serenazgo para el ejercicio
2015
ORDENANZA Nº 277-MDSM
San Miguel, 17 de diciembre de 2014
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL
POR CUANTO:
El Concejo Municipal, en sesión ordinaria celebrada
en la fecha;
CONSIDERANDO:
Que, según lo dispuesto por el artículo 194º de
la Constitución Política del Perú, modif‌i cada por la
Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, las
municipalidades distritales tienen autonomía política,
económica y administrativa de los asuntos de su
competencia;
Que, el concejo municipal ejerce su función, entre otras
normas municipales, a través de ordenanzas, las cuales
tienen rango de ley, de conformidad con lo establecido en
del Perú y la norma IV del título preliminar del texto único
ordenado del Código Tributario;
Que, el segundo párrafo de la norma IV principio de
legalidad sobre reserva de ley del texto único ordenado del
Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 133-2013-EF, dispone que los gobiernos locales
mediante ordenanzas pueden crear, modif‌i car y suprimir
contribuciones, arbitrios, derechos y licencias y exonerar
de ellas, dentro de su jurisdicción y con los límites que
señala la ley;
Que, mediante ordenanza Nº 273-MDSM, ratif‌i cada
mediante Acuerdo de Concejo Nº 2355 de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, se prorroga para el año 2015,
las disposiciones establecidas en la ordenanza Nº 254-

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