ORDENANZA Nº 276-MDCH - Modifican la Ordenanza N° 248-MDCH, que estableció beneficio de regularización de edificaciones ejecutadas sin licencia de edificación en el distrito de Chorrillos

Fecha de disposición26 Julio 2015
Fecha de publicación26 Julio 2015
558306 NORMAS LEGALES Domingo 26 de julio de 2015 /
El Peruano
ORDENANZA QUE MODIFICA EL CUADRO DE
SANCIONES DEL R.A.S. Y LA REGULARIZACION DEL
FORMATO DE FICHA DE INSPECCION MUNICIPAL
PREVENTIVA
Código Infracción % UIT
05.4.19 Por no presentar la autorización en el momento
de la inspección. 20
06.1.18 Por rotura de pistas y/o bermas con métodos no
autorizados por las disposiciones municipales
vigentes.
30
07.0.51 Comercializar Productos vencidos 30
07.0.52 Por prestar servicios con menajes en mal estado 30
08.0.84 Por circular sin contar con el respectivo permiso
de operaciones correspondientes. (Vehículos
Menores)
30
08.0.08 Por destruir el patrimonio municipal sin perjuicio
de la acción legal correspondiente 30
08.1.29 Por Arrojar basura fuera de lugar y horario
establecido 20
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Incorporar las modif‌i caciones descritas en
la presente ordenanza al Cuadro de R.A.S. a f‌i n de poder
ser establecidas en atención a la gravedad de las faltas
de las sanciones.
Segunda.- Quedan encargadas del cumplimiento de
la presente ordenanza la Sub Gerencia de Informática y
la Unidad de Fiscalización y Control de Multas, así como
las demás áreas de la Municipalidad en el ámbito de su
competencia.
Tercera.- Facultar al Sr. Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
complementarias que sean necesarias para la aplicación
oportuna y adecuada de la presente ordenanza.
Cuarta.- La presente ordenanza entrará en vigencia
al siguiente día de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO
Alcalde
1267512-1
Modifican la Ordenanza N° 248-MDCH, que
estableció beneficio de regularización de
edificaciones ejecutadas sin licencia de
edificación en el distrito de Chorrillos
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 276-MDCH
Chorrillos, 21 de julio del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHORRILLOS
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE
CHORRILLOS
VISTO: en sesión ordinaria de la fecha, con el voto
UNANIME de los señores regidores y con dispensa del
trámite de lectura y aprobación del Acta y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo
194º modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional
Nº 27680, establece expresamente el ejercicio de una
autonomía política, económica y administrativa para
las municipalidades Provinciales y Distritales como
órganos de los Gobiernos Locales, atributo esencial
que se encuentra del mismo modo establecido en la
Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, que en
su Artículo II del título preliminar, señala que en la
autonomía conferida, radica la facultad que tienen las
Municipalidades de poder ejercer actos de Gobierno,
actos administrativos y actos de administración, los
mismos que deben de estar impartidos con sujeción al
ordenamiento jurídico vigente
Que, la autonomía política del concejo se trasluce
en la capacidad normativa dentro de su jurisdicción,
la que se cumple, entre otros instrumentos, mediante
ordenanzas que son las normas de carácter general de
mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por
medio de las cuales se aprueba la organización interna, la
regulación, administración y supervisión de los servicios
públicos y las materias en las que en la municipalidad
tiene competencia normativa.
Que, el artículo 79º inciso 3) ítem 3.6.2 de la Ley Nº
27972 otorga funciones exclusivas a las Municipalidades
distritales en materia de organización del espacio físico y
uso del suelo, dentro de las cuales se encuentra el normar,
regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias
y realizar la f‌i scalización de habilitaciones urbanas,
construcción, remodelación o demolición de inmuebles y
declaratorias de fábrica, entre otros.
Que mediante ordenanza Nº 248-MDCH se otorgó
benef‌i cio administrativo para la regularización de
edif‌i caciones del distrito de Chorrillos a f‌i n de formalizar
las edif‌i caciones existentes de uso de vivienda unifamiliar,
multifamiliar, vivienda comercio, vivienda-taller,
comercios, servicios y locales industriales, sean estas
obras completas, ampliaciones y/o remodelaciones que se
encuentren en condiciones de habitabilidad y de acuerdo
a las normas vigentes, en aplicación a lo dispuesto en el
Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA- Reglamento
de Licencias de Habilitación Urbanas y Edif‌i cación.
Que la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano en su
Informe Nº 198-2015/GODU-MDCH, señala que resulta
necesario la ampliación de la vigencia del Artículo 4º de
la Ordenanza 248-MDCH hasta el 31 de Diciembre del
2014, que por motivos de innumerables edif‌i caciones
construidas sin la respectiva autorización Municipal en
el año 2014 y cumpliendo con la normatividad vigente
a la fecha de su construcción, así como el Reglamento
Nacional de Edif‌i caciones, siendo materia de demolición
según lo establecido en el Artículo 71º del D.S. Nº 008-
2013-VIV, por no encontrarse dentro del ámbito de
la fecha establecida para su regularización según el
Artículo 4º de la Ordenanza Nº 248-MDCH, y que siendo
una de las políticas de la gestión de la Municipalidad
de Chorrillos, garantizar el desarrollo urbano en forma
ordenada y armoniosa de la ciudad con sujeción a las
autorizaciones municipales vigentes, es que resulta
necesario la ampliación de la fecha establecida en el
Artículo 4º de la acotada Ordenanza la cual establece la
regularización para aquellas edif‌i caciones ejecutadas
hasta el 30 de Noviembre del 2013. En tal sentido y
temiendo en cuenta la normatividad vigente resulta
necesario la ampliación de las misma hasta el 31 de
diciembre del 2014, con el f‌i n de solucionar en gran
parte el problema existente y en forma progresiva
formalizar las edif‌i caciones que no cuenten con la
respectiva autorización municipal.
Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con el
voto UNANIME de los señores Regidores del Concejo
Municipal, se aprobó la siguiente:
Primera.- MODIFICAR el Artículo 4º de la Ordenanza
Nº248-MDCH respecto a las edif‌i caciones ejecutadas y
en condiciones de habitabilidad ampliando el plazo hasta
el 31 de Diciembre del 2014.
Segunda.- FACULTESE al señor Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía pueda emitir disposiciones
reglamentarias necesarias para la ejecución y
cumplimiento o prórroga de la presente ordenanza.
Tercera.- ENCARGAR a la Secretaría General de
Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO
Alcalde
1267512-2
NL20150726.pdf 40 7/30/2015 9:38:45 AM

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