Ordenanza Nº 2553. Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho aprobado por Ordenanza 1081

Fecha de publicación17 Septiembre 2023
SecciónSección Única
67
NORMAS LEGALES
Domingo 17 de setiembre de 2023
El Peruano
/
Que, la región Puno ocupa el primer lugar a nivel
nacional con el mayor número de personas con
discapacidad, según el censo nacional realizado por
el INEl, en donde la población total tiene algún tipo de
discapacidad; por tanto, dicho sector poblacional debe ser
atendido muy prioritariamente y las propuestas en materia
de discapacidad deben ser incluidos en los planes de
desarrollo de la región y el país;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1417 - Decreto
Legislativo se promueve la Inclusión de las Personas
con Discapacidad, el cual tiene por objeto establecer
disposiciones para promover y fortalecer la inclusión
de las personas con discapacidad en condiciones de
igualdad, a través de medidas especícas que garanticen
el ejercicio de sus derechos fundamentales;
Que, una de las formas de equiparar las oportunidades
e incluir socialmente a las personas con discapacidad,
es brindándoles los servicios de rehabilitación que les
permitirá potenciar al máximo la capacidad de vivir
normalmente y a reforzar la independencia y autonomía;
Que, el artículo 38° de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales establece que las Ordenanzas Regionales
norman asuntos de carácter general, la organización y
la administración del Gobierno Regional reglamentando
materias de su competencia;
Que, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional,
conforme a la estación Orden del Día se tiene agendado
el Dictamen Nº 002-2023-GRP-CR/CONJyPV-GBT;
presentado por los miembros de la Comisión Ordinaria
del Niño, Juventud y Poblaciones Vulnerables quienes
sustenta el estudio y aprobación del Dictamen, indicando
que dicha propuesta cuenta con el Informe Técnico
Nº 002-2023-GR PUNO/GRDS/OREDIS, de la Ocina
Regional de Atención a las Personas con Discapacidad,
el Informe Nº 03-2023-GRPUNO/GRDS-RWGP, de la
Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Opinión Legal
Nº 258-2023-GR PUNO-ORAJ, de la Ocina de Asesoría
Jurídica del Gobierno Regional de Puno, quienes opinan
favorablemente para la aprobación de la Ordenanza
Regional, haciendo hincapié que su aprobación se ampara
en la Carta Magna en la cual establece la protección al
discapacitado, estableciendo derechos a su salud, al
medio familiar y de la comunidad, así como al deber de
contribuir a su promoción y defensa;
Que, el Pleno del Consejo Regional, conforme a la
documentación alcanzada y al sustento correspondiente,
se procede a realizar la votación entre sus miembros
siendo aprobado con 17 votos a favor;
Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley
Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus
modicatorias Ley Nº 29053, Ley Nº 27902, Ley Nº 28013,
Ley Nº 28926, la Ley Nº 28961 y la Ley Nº 31433. El Pleno
del Consejo Regional, por mayoría legal;
ORDENA:
Artículo Primero.– DECLARAR DE NECESIDAD
PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL, la “Creación del Centro
Ocupacional Integral de Reinserción Laboral y Desarrollo
de Capacidades para las Personas con Discapacidad
de la región de Puno”, asignándosele un nanciamiento
conforme a las recomendaciones del Informe No 03-2023-
GR PUNO/GRDS-RWGP, en aplicación a lo establecido
en la Ley 29973 - Ley General de la Persona con
Discapacidad.
Artículo Segundo.– ENCARGAR, a la Gerencia
General Regional y la Gerencia Regional de Desarrollo
Social del Gobierno Regional de Puno, realizar las
acciones necesarias y pertinentes ante las entidades
correspondientes para la implementación para la creación
de centros especializados de atención médica, zonas
de confort y distracción para la población vulnerable en
la principales ciudades del ámbito de la región de Puno,
donde se instalen áreas de atención primaria de salud,
fortalecimiento de la movilidad y motricidad con apoyo
especializado, cafeterías y lugares de entrenamiento
y biohuertos, esto en coordinación con las entidades
públicas y privadas.
Artículo Tercero.– ENCARGAR a la Gerencia Regional
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial y a la Gerencia Regional de Desarrollo Social,
la asignación de presupuesto para la implementación
del Centro Ocupacional Integral de Reinserción Laboral
y Desarrollo de Capacidades para las Personas con
Discapacidad de la región Puno.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, al Gobernador
Regional, disponga la publicación de la presente
Ordenanza Regional en el Diario Ocial El Peruano, en
cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 42° de la Ley
27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; en el
Portal Institucional electrónico del Gobierno Regional de
Puno y en los medios necesarios para el cumplimiento y
ejecución de la presente, bajo responsabilidad.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Comuníquese al Señor Gobernador Regional de Puno
para su promulgación.
En Puno, a los 15 días del mes de mayo del año 2023.
ALFREDO UCHARICO URUCHI
Presidente Del Consejo Regional
Mando se publique, registre, cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de
Puno, a los 17 días del mes de mayo del año 2023.
RICHARD HANCCO SONCCO
Gobernador Regional
2215538-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza que modifica el Plano de
Zonificación del distrito de San Juan de
Lurigancho aprobado por Ordenanza 1081
ORDENANZA N° 2553
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
VISTOS: En sesión ordinaria de la fecha; el Dictamen
N° 023-2023-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana
de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura;
En uso de las facultades señaladas en el artículo 9
de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con
dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la
siguiente:
ORDENANZA
QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN
DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
APROBADO POR ORDENANZA N° 1081-MML
Artículo 1.- DECLARAR FAVORABLE el cambio
especíco de zonicación del distrito de San Juan de
Lurigancho, aprobado mediante Ordenanza 1081-MML,
publicada el 7 de octubre de 2007 en el diario ocial “El
Peruano”, de Residencial de Densidad Media (RDM) a
Otros Usos (OU) para el predio de 1,319.20 m2 ubicado
en el pueblo joven Jesús Oropeza Chonta, Mz. Q,
Lote 3, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y
departamento de Lima; solicitado por la Dirección de
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 17/09/2023 00:32

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