Ordenanza N° 2544. Ordenanza que crea el Programa Municipal de Recompensas de la Municipalidad Metropolitana de Lima - PMRMUNLIMA
Fecha de publicación | 07 Mayo 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima;
VISTOS: En sesión ordinaria de la fecha; el Dictamen Nº 005-2023-MML-CMSCDC de la Comisión Metropolitana de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, el Dictamen Nº 024-2023-MML-CMAEO de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y el Dictamen Nº 032-2023-MML-CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales;
Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:
Artículo 1.- Objeto
La presente ordenanza tiene como objeto la creación del Programa Municipal de Recompensas de la Municipalidad Metropolitana de Lima - PMRMUNLIMA, para promover la participación de los ciudadanos en acciones que permitan disminuir la comisión de delitos llevados a cabo en el Cercado de Lima, así como identificar a sus autores y/o cómplices.
Artículo 2.- Finalidad
La presente ordenanza tiene como finalidad promover las delaciones anónimas realizadas por los ciudadanos a través del procedimiento establecido en el Reglamento para denunciar hechos delictivos, que serán puestos a conocimiento de la Policía Nacional o Ministerio Público y serán recompensadas una vez que la autoridad competente haya corroborado que los hechos denunciados permitan la detención o captura por la comisión de un delito o falta, en base a la información proporcionada por el ciudadano.
Artículo 3.- Alcance
Las disposiciones contenidas en la presente ordenanza son de obligatorio cumplimiento, así como su aplicación en la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima y estarán referidos a hechos delictivos suscitados en todo Lima Metropolitana.
La Municipalidad Metropolitana Lima se encargará de las denuncias de hechos delictivos suscitado en todo el Cercado de Lima y los distritos de Lima Metropolitana dentro del ámbito de su jurisdicción, a cargo de su propio presupuesto institucional.
Asimismo, los distritos de Lima Metropolitana están facultados, en el marco de la presente ordenanza, a dictar sus normas complementarias para la aplicación en su jurisdicción.
Artículo 4.- Creación del Programa
Créase el Programa Municipal de Recompensas de la Municipalidad Metropolitana de Lima – PMRMUNLIMA, destinado a reducir los índices de criminalidad, mediante la recepción de información por parte de los ciudadanos...
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima;
VISTOS: En sesión ordinaria de la fecha; el Dictamen Nº 005-2023-MML-CMSCDC de la Comisión Metropolitana de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, el Dictamen Nº 024-2023-MML-CMAEO de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y el Dictamen Nº 032-2023-MML-CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales;
Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:
Artículo 1.- Objeto
La presente ordenanza tiene como objeto la creación del Programa Municipal de Recompensas de la Municipalidad Metropolitana de Lima - PMRMUNLIMA, para promover la participación de los ciudadanos en acciones que permitan disminuir la comisión de delitos llevados a cabo en el Cercado de Lima, así como identificar a sus autores y/o cómplices.
Artículo 2.- Finalidad
La presente ordenanza tiene como finalidad promover las delaciones anónimas realizadas por los ciudadanos a través del procedimiento establecido en el Reglamento para denunciar hechos delictivos, que serán puestos a conocimiento de la Policía Nacional o Ministerio Público y serán recompensadas una vez que la autoridad competente haya corroborado que los hechos denunciados permitan la detención o captura por la comisión de un delito o falta, en base a la información proporcionada por el ciudadano.
Artículo 3.- Alcance
Las disposiciones contenidas en la presente ordenanza son de obligatorio cumplimiento, así como su aplicación en la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima y estarán referidos a hechos delictivos suscitados en todo Lima Metropolitana.
La Municipalidad Metropolitana Lima se encargará de las denuncias de hechos delictivos suscitado en todo el Cercado de Lima y los distritos de Lima Metropolitana dentro del ámbito de su jurisdicción, a cargo de su propio presupuesto institucional.
Asimismo, los distritos de Lima Metropolitana están facultados, en el marco de la presente ordenanza, a dictar sus normas complementarias para la aplicación en su jurisdicción.
Artículo 4.- Creación del Programa
Créase el Programa Municipal de Recompensas de la Municipalidad Metropolitana de Lima – PMRMUNLIMA, destinado a reducir los índices de criminalidad, mediante la recepción de información por parte de los ciudadanos...
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