Ordenanza N° 2533. Ordenanza que aprueba la anexión al área urbana, asignación y reajuste de zonificación de los usos del suelo del distrito de Carabayllo

Fecha de publicación24 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;

POR CUANTO:

EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA

Visto en Sesión Ordinaria del 17 de marzo de 2023, el Dictamen N° 002-2023-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima;

Aprobó la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°.- Plano de Zonificación de los Usos del Suelo

Aprobar el Plano de Reajuste de Zonificación de los Usos del Suelo del distrito de Carabayllo (Plano N° 01 – Anexo N° 01), conformante del Área de Tratamiento Normativo I y IV de Lima Metropolitana. Este Plano de Zonificación no define límites distritales y será publicado en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Artículo 2°.- Anexar al Área Urbana y Asignar Zonificación

Anexar al área urbana del distrito de Carabayllo, los nuevos suelos comprendidos en la ATD 2, conforme a lo indicado en el artículo 3° de la presente Ordenanza. Asignar la Zonificación a los nuevos suelos que se anexan al ATD 2, y delimitar las áreas destinadas a la elaboración de Planes Específicos del ATD 1 y ATD 4, conforme al Plano N° 01 que como Anexo N° 01 forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo 3°.- Plano de Áreas de Tratamiento Diferenciado - ATD

Modificar el Plano de Áreas de Tratamiento Diferenciado – ATD aprobado mediante la Ordenanza N° 1849-MML publicada en el diario oficial El Peruano el 28 de diciembre del 2014, conforme al Plano N° 02, que como Anexo N° 02 forma parte integrante de la presente Ordenanza. Consta de seis (6) Áreas de Tratamiento Diferenciado - ATD, manteniendo la normativa establecida en la Ordenanza N° 1849-MML para las ATD del 1 al 5, adicionando el ATD 6 correspondiente al ámbito de aplicación de la Ordenanza N° 1651-MML que aprueba el Plan Específico de Lomas de Carabayllo, como se detalla:

3.1. ATD 1: Zona de Reajuste A (Ord. N° 1105 y N° 1849).

Comprende los predios que cuentan con Zonificación y Habilitación Urbana aprobada o en proceso, y cumplen los parámetros establecidos en la Ordenanza N° 1105-MML, denominados como “Área 1: Zona de Reajuste” en la Ordenanza N° 1849-MML. Incluye las áreas con calificación agrícola del Sector de La Molina de San Diego, parcialmente ocupadas, ubicadas entre las Avenidas Periurbana, San Pedro, Calle Tres, Cerro Laguna y Av. Puente Piedra.

3.2. ATD 2: Zona de Reajuste B (Ord. N° 1849).

Comprende los suelos denominados como “Área 2: Zona de Anexión al Área Urbana” en la Ordenanza N° 1849-MML, de usos residencial, comercial, equipamientos y ZRE (ladrilleras). Incluye como anexión al área urbana, el Sector de Punchauca, de uso predominantemente residencial en proceso de consolidación, donde se ubica la Casa Hacienda Punchauca, sujeto a la implementación de equipamientos de salud, educación y recreación de nivel sectorial, dentro del área.

3.3. ATD 3: Zona Agrícola (Suelo Rural No Urbanizable).

Corresponde a las áreas agrícolas que deben preservarse, como suelos de Protección por Función Ambiental y Recreativa, Suelo Rural de la Clasificación del Suelo Metropolitano por Condiciones Generales de Uso aprobado por la Ordenanza N° 2499-MML.

3.4. ATD 4: Zona de Riesgo de Inundación Fluvial (Ord. N° 1849).

Comprende el suelo aledaño a la margen derecha del Río Chillón, considerada como zona inundable, área de riesgo y vulnerabilidad de acuerdo a los estudios técnicos. Se incluye las áreas inundables, calificadas como Agrícolas del Sector de Santa Inés y la Cachaza, parcialmente ocupadas y encerradas en el entorno urbano, ubicadas entre las Avenidas Periurbana, San Pedro, Av. A y San Carlos.

3.5. ATD 5: Zona de Generación de Espacio Público y RDA (RDA y PZ).

Suelos calificados como Residencial de Densidad Alta (RDA) y Parque Zonal (PZ), afectos a la normativa específica de Parámetros Urbanísticos y edificatorios, y de Aportes, establecidos en los Cuadros N° 02 y 05 del Anexo N° 03, y Cuadro N° 01 de la Ordenanza N° 1849-MML.

3.6. ATD 6: Lomas de Carabayllo (Ord. N° 1651).

Corresponde al ámbito del Plan Específico Lomas de Carabayllo, con Reglamentación Especial establecida en la Ordenanza N° 1651-MML publicada en el diario oficial El Peruano el 12 de enero del 2013.

Artículo 4°.- Normas Generales de Zonificación de los Usos del Suelo

Establecer que en el distrito de Carabayllo continúan vigentes las Normas Generales de Zonificación para las ATD, aprobadas por las Ordenanzas N° 1105-MML, N° 1849-MML y N° 1651-MML, según se detalla:

1. ATD 1: Zona de Reajuste A

- Especificaciones Normativas: Anexo N° 02 de la Ordenanza N° 1105-MML.

- Normas Generales de Zonificación...

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