Ordenanza N° 239-2023-CR/GR CUSCO. Aprueban el Plan de Desarrollo Regional Concertado del Cusco al 2033-PDRC

Fecha de publicación01 Diciembre 2023
SecciónSección Única
Autorizan viaje de funcionaria del OSIPTEL para participar en evento a realizarse en Bolivia

POR CUANTO:


El Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la Novena Sesión Ordinaria de fecha once de setiembre del año dos mil veintitrés, ha debatido y emitido la presente Ordenanza Regional; y,


CONSIDERANDO:


Que, el Artículo 1º de la Constitución Política del Perú, establece que, la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad, son el fin supremo de la sociedad y del Estado. Mientras que el Artículo 2º asegura que toda persona humana tiene derecho a la vida, a su integridad a la igualdad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar; a la igualdad ante la Ley; nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole; nadie debe ser víctima de violencia.


Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomía que es delimitada, por el Artículo 8º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, como el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; así mismo, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su Artículo 2º, señala que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y económica en asuntos de su competencia y constituye un Pliego Presupuestal para su administración económica y financiera;


Que, el Artículo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales preceptúa en el Literal b) Aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo Plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo, buscando la articulación entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinación Regional; del mismo modo el Artículo 32º de la Ley precitada establece que la gestión del gobierno regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobado de conformidad con las políticas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.


Que, el Artículo 10º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: “Los Gobiernos Regionales ejercen las competencias exclusivas y compartidas que les asigna la Constitución, la Ley de Bases de la Descentralización y la presente Ley, así como las competencias delegadas que acuerden entre ambos niveles de gobierno (…)”. El Literal c) del Artículo 35º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, entre otras establece, a los Gobiernos Regionales, la competencia exclusiva de: “Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto”.


Que, el Artículo 13º de Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala: “El Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (...)”; el Literal a) del Artículo 15º establece que es atribución de Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, y el Artículo 38º del precitado cuerpo normativo establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”.


Que, la Ordenanza Regional Nº 119-2016-CR/GRC.CUSCO, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de octubre del 2017, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, en su Artículo 100º, determina que la Ordenanza Regional “Es una norma jurídica de carácter general y de acuerdo a normas nacionales, que regula el...

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