Ordenanza Nº 217-2022-CR/GR CUSCO. Conforman el Grupo Técnico Regional de Educación Ambiental de la Región Cusco

Fecha de publicación01 Febrero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en la Vigésima Octava Sesión Extraordinaria de fecha veintiuno de setiembre del año dos mil veintidós, ha emitido la presente Ordenanza Regional; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en su Artículo 191º y 192 modificado por el Artículo único de la Ley Nº 30305 publicado el 10 de marzo de 2015, en concordancia con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, LEY Orgánica de Gobiernos Regionales. Establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y financiera en pliego presupuestal, Autonomía que es delimitada por el Artículo 8º de la Ley Nº 27783- ley de bases de la Descentralización, como el derecho y capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia.

Que, el Numeral 1) y 22) del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú, establecen que la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad, son el fin supremo de la sociedad y el Estado y que son derechos fundamentales de la persona, el derecho a la vida, a su integridad moral, psíquica y física a su libre desarrollo y bienestar, Así como a gozar de un ambiente de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 119-2016-CR/GRC.CUSCO, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de octubre del 2017, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del consejo Regional de Cusco, en su Artículo 5º establece “La función normativa o legislativa del Consejo Regional del Cusco, se ejerce mediante la aprobación, derogación, modificación e interpretación de normas de carácter regional, que regulan o reglamenten los asuntos externos e internos del Gobierno Regional, en uso de las competencias, atribuciones, derechos y obligaciones conferidas al consejo regional por normas nacionales, por lo que emana o dicta a las siguientes normas(…)b. ordenanza regional de cumplimiento obligatorio del Gobierno Regional del Cusco y de todas las instituciones Públicas, Privadas y Sociedad Civil del ámbito departamental; en concordancia con el Artículo 100º de la citada ley se establece que la Ordenanza Regional: “Es una Norma Jurídica de carácter general y de acuerdo a Normas Nacionales, que regula el conjunto de actividades y acciones sociales, económicas, técnicas, ambientales, administrativas y políticas de desarrollo de Departamento del Cusco, cuyo cumplimiento es obligatorio de todas las instituciones Públicas Privadas y Sociedad Civil(…)”;

Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 27867Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, en tal sentido en el literal a) del Artículo 15º, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos en materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; para tal efecto dictan ordenanzas y acuerdos de Consejo Regional, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del Artículo 37º de precitada norma; concordante con el Artículo 38º de la norma mencionadas, se establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la...

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