Magdalena del Mar, 28 de setiembre de 2023
EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria N° 019 de la fecha, y;
VISTOS:
El Informe N° 219-2023-SGFCSS-GCSC/MDM, de la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones; el Memorando N° 471-2023-GCSC-MDMM, de la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana; el Informe N° 023-2023-SGRT-GAT/MDMM, de la Subgerencia de Recaudación Tributaria; el Informe N° 074-2023-SGEC-GATR/MDMM, de la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva; el Informe N° 004-2023-GAT-MDMM, de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 349-2023-OGAJ-MDMM, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Memorando N° 1147-2023-GM-MDMM, de la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 30305, concordado con el artículo II del título preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, potestad que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, el artículo 46 de la mencionada Ley N° 27972, establece las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes; así, las ordenanzas municipales determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, además, la norma prescribe que las sanciones que pueden aplicar los gobiernos locales pueden ser...