ORDENANZA N° 192-2015-MVMT - Ordenanza que Reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo de cáracter Multianual Basado en Resultados de la Municipalidad

Fecha de disposición19 Mayo 2015
Fecha de publicación19 Mayo 2015
El Peruano
Martes 19 de mayo de 2015
552816
diversos criterios de parámetros urbanísticos y
edif‌i catorios para el distrito de Jesús María sin tener
en cuenta las competencias de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, así como los lineamientos que
aquella había desarrollado;
Que, mediante Memorándum Nº 484-2015-MDJM/
GDUyA de fecha 15 de abril del 2015, la Gerencia de
Desarrollo Urbano y Ambiental, concluye que es factible
proponer al Concejo Municipal la derogatoria y dejar sin
efecto las (15) ordenanzas que emitió la Municipalidad
Distrital de Jesús María durante los años 2007 al 2014
por contravenir normas urbanísticas metropolitanas
y haberse emitido no teniendo en cuenta su debida
competencia según lo señalado por la Ley Orgánica de
Que, mediante Memorando Nº 307-2015-MDJM-
GAJyRC, la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil,
ha emitido opinión señalando que procede derogar todas
las Ordenanzas que han sido emitidos por la Municipalidad
Distrital de Jesús María que contravengan las normas
de Zonif‌i cación de Lima Metropolitana aprobadas por
Ordenanzas 1017-MML y 1076-MML, como es el caso de
usos permitidos, área de lote mínimo, área libre mínima,
altura de edif‌i cación, dotación de estacionamientos y área
mínima de unidad de vivienda;
Que, en consecuencia al haber sido emitida las
Ordenanzas sin tener en cuenta las competencias de
la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como los
lineamientos que aquella ha desarrollado, a f‌i n de que
en ningún caso, la ordenanza distrital, pueda desvirtuar
o enervar el contenido de las ordenanzas provinciales,
reguladas y actuadas conforme a las funciones específ‌i cas
exclusivas señaladas en el artículo 79.3.1 de la Ley
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8
de Municipalidades, el concejo municipal, aprobó la
siguiente:
ORDENANZA
QUE DEROGA LAS ORDENANZAS
Nº 241-MDJM Y MODIFICATORIAS EXPEDIDAS POR
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA
Artículo Primero.- DERÓGUESE las Ordenanzas
Nº 241-MDJM, Nº 261-MDJM, Nº 293-MDJM, Nº 319-
MDJM, Nº 350-MDJM, Nº 378-MDJM, Nº 384-MDJM,
Nº 396-MDJM, Nº 412-MDJM, Nº 426-MDJM, Nº 431-
MDJM, Nº 434-MDJM, Nº 443-MDJM, Nº 450-MDJM y
Nº 451-MDJM expedidas por la Municipalidad Distrital
de Jesús María durante los años 2007 al 2014 por
contravenir las Ordenanzas de Zonif‌i cación Nº 1017-
MML y Nº 1076-MML de la Municipalidad de Lima
Metropolitana.
Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la
presente Ordenanza a todas las unidades orgánicas de
esta Corporación Edil y su publicación conforme a Ley a
la Secretaría General de esta Corporación Edil.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN
Alcalde
1238516-1
MUNICIPALIDAD DE VILLA
MARÍA DEL TRIUNFO
Ordenanza que Reglamenta el
Proceso del Presupuesto Participativo
de carácter Multianual Basado en
Resultados de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 192-2015-MVMT
Villa María del Triunfo, 15 de mayo del 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE VILLA
MARÍA DEL TRIUNFO
VISTO, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Memorándum
Nº 0314-2015-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, el
Informe Nº 109-2015-MVMT-GAJ de la Gerencia de
Asesoría Jurídica, el Informe Nº 037-2015-GPP/MVMT de
la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº
057-2015-GFSYLCP/MVMT de la Gerencia de Desarrollo
Social y Lucha Contra la Pobreza, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Artículos 197º y 199º de la Constitución
Política del Estado, modif‌i cado mediante Ley Nº 27680,
establecen que las Municipalidades como Órganos de
Gobierno Municipal, promueven, apoyan y reglamentan la
participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus
presupuestos con la participación de la población y rinden
cuenta de su ejecución bajo responsabilidad, conforme a
Ley;
Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la
Descentralización, en su Artículo 20º sobre los
Presupuestos Institucionales, dispone que los Gobiernos
Regionales y los Gobiernos Locales se sustentan y
rigen por Presupuestos Participativos Anuales como
instrumentos de administración y gestión; así también,
los Presupuestos de Inversión se elaboran en forma
concertada, sujetándose a las normas técnicas del
Sistema Nacional de Inversión Pública;
en su Artículo Nº 9º concordante con los incisos 1) y 2)
señala como atribución del Concejo Municipal la de
aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y
el Presupuesto Participativo;
Que, de conformidad con los Artículos Nº 102º y 104º de
la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Consejo
de Coordinación Local Distrital, es un órgano que tiene
como principal función la de coordinar y concertar el Plan
de Desarrollo Distrital y el Presupuesto Participativo;
Que, en concordancia con el Artículo Nº 53º de la
Ley Nº 27972, las Municipalidades se rigen por sus
Presupuestos Participativos Anuales como instrumento de
administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban
y ejecutan conforme a la Ley de Presupuesto Público y en
armonía con los Planes de Desarrollo Concertados de su
jurisdicción;
Que, mediante la Ley Nº 28056 “Ley Marco del
Presupuesto Participativo” y su reglamento aprobado
por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, se establecen las
disposiciones y lineamientos que permiten asegurar la
efectiva participación de la sociedad civil;
Que, mediante la Ley Nº 29298 - Ley que Modif‌i ca la
Ley Nº 28056 “Ley Marco del Presupuesto Participativo”,
en sus Artículos 4º y 6º se precisan las responsabilidades
de las Instancias del Presupuesto Participativo, igualmente
determina que la adecuación de Fases y Actividades serán
reguladas por Ordenanza;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010- EF
176.0, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF - 176.01
para el Presupuesto Participativo basado en Resultados,
como instrumento orientador para que los Gobiernos
Regionales y los Gobiernos Locales desarrollen
articuladamente los Procesos de Planeamiento del
Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo con
un horizonte de mediano plazo;
Que, con Ordenanza Nº 026-2007/MVMT; se aprueba
el Plan de Desarrollo Concertado 2007 al 2017 del Distrito
de Villa María del Triunfo, como instrumento de naturaleza
territorial, orientador del desarrollo integral del distrito y
documento base para la Programación del Presupuesto
Participativo;
Que, con Informe Nº 109-2015-MVMT-GAJ de fecha
27 de abril de 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina
que el proyecto de Ordenanza que Reglamenta el Proceso
del Presupuesto Participativo de Carácter Multianual
Basado en Resultados de la Municipalidad Distrital de
Villa María del Triunfo, cumple con lo establecido por el
ordenamiento jurídico vigente;
Que, mediante Acuerdo de Concejo de Coordinación
Local Distrital Nº 001-2015-CCLD-MVMT de fecha 15

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